Si se demoró en presentar su declaración de impuestos o en pagar sus impuestos, es posible que el IRS le haya aplicado una o más multas a su cuenta. En algunos casos, el IRS elimina o reduce multas por presentar y pagar tarde. Sin embargo, usted deberá solicitar un perdón del IRS. El IRS generalmente considerará lo siguiente:
- Causa razonable (o justificada) - Tiene una razón para no presentar o pagar a tiempo, como:
- Usted ejerció el cuidado y la prudencia comunes para determinar sus impuestos.
- Usted tuvo asuntos fuera de su control que lo dejaron incapaz de presentar o determinar la cantidad de su impuesto estimado o su impuesto adeudado.
- Usted no recibió la información financiera necesaria.
- Usted no sabía que necesitaba presentar una declaración de impuestos a pesar de que hizo todo lo posible por averiguarlo.
- Usted tuvo una muerte en su familia inmediata.
- Usted o un miembro de su familia inmediata sufrió una enfermedad grave que le impidió manejar sus asuntos financieros.
- Perdió sus documentos tributarios en un incendio o algún otro desastre.
- Reducción de multa impuesta por primera vez - Es posible que califique para una exención administrativa de las multas por no presentar una declaración de impuestos, pagar o depositar pagos a tiempo, según la política de reducción de multas por primera vez del IRS si se cumple lo siguiente:
- Anteriormente, no tenía que presentar una declaración de impuestos o no tiene multas (excepto la multa por impuesto estimado) en los tres años tributarios anteriores al año tributario en el que recibió la multa.
- Presentó todas las declaraciones de impuestos requeridas o presentó una prórroga válida para presentar la declaración.
- Pagó, o ha acordado pagar, cualquier impuesto adeudado.
Esta lista no incluye todas las posibles razones. Esté preparado para explicarle al IRS qué problemas tuvo y como esto ocasionó que presentara su declaración de impuestos o pagara sus impuestos tarde. También debe estar preparado para demostrarle al IRS que ha corregido la situación y que no tendrá problemas para presentar y pagar a tiempo en el futuro.
¿Presentó una declaración de impuestos con su cónyuge y todo o parte de su reembolso se aplicó a una deuda que solo su cónyuge debe?
Usted es un cónyuge perjudicado si presentó una declaración conjunta de impuestos sobre la renta y la totalidad o parte del reembolso conjunto se aplicó (o será aplicado) a una deuda vencida. El IRS aplicó todo o parte del reembolso del contribuyente para pagar otra deuda tributaria. que pertenece sólo a su cónyuge. El monto vencido puede ser una deuda federal, una deuda estatal de impuestos sobre la renta, una deuda estatal de compensación por desempleo o pagos de manutención infantil o conyugal.
Como miembro del cónyuge perjudicado, usted puede solicitar su parte del reembolso, presentando un Formulario 8379 Injured Spouse Allocation (en inlgés). Utilice las las instrucciones para completar este formulario.
¿Debe impuestos porque su cónyuge no declaró deducciones o no incluyó ingresos en su declaración de impuestos conjunta?
Cuando presenta una declaración de impuestos conjunta, usted y su cónyuge son responsables individualmente de los impuestos, las multas y los intereses que surjan, incluso si se divorcian más tarde. En determinadas circunstancias, es posible que no tenga que pagar la cantidad adeuda al IRS.
Si usted y su cónyuge o excónyuge deben un saldo porque él o ella reportó incorrectamente deducciones o no reportó ingresos, usted puede solicitar una exención total o parcial de la deuda.
Es posible que usted califique para recibir el alivio para el cónyuge inocente si no sabía o no tenía motivos para saber que se estaba reportando mal la información en el impuesto o que hubo una omisión inapropiada de información; está divorciado, separado o ya no vive con su cónyuge; o no sería justo responsabilizarlo a usted por el impuesto dadas las circunstancias. Para solicitar el alivio para el cónyuge inocente, envie el Formulario 8857, Solicitud para alivio para el cónyuge inocente. Utilice las las instrucciones para completar este formulario.
¿El IRS auditó (examinó) su declaración de impuestos?
Si el impuesto que adeuda se debe a una auditoría de la cual usted no se enteró o para la cual usted no pudo proporcionar ninguna información, es posible que pueda pedirle al IRS que vuelva a revisar sus registros a través del proceso de reconsideración de auditoría Proceso utilizado por el IRS cuando el contribuyente no está de acuerdo con los resultados de una auditoría de una declaración de impuestos; los contribuyentes pueden solicitar una reconsideración de auditoría cuando el saldo adeudado de la auditoría permanece impago. proceso.
¿La persona que preparó su declaración de impuestos cambió la información de su declaración de impuestos sin su permiso?
El primer indicio de que ha sido víctima de un preparador. Un individuo contratado por los contribuyentes para preparar y, a veces, presentar sus impuestos. podría ser correspondencia del IRS. Por ejemplo: un aviso del IRS puede alertarlo sobre un error en su declaración de impuestos o que está siendo auditada. Otra forma de averiguarlo es si un transcripción de su cuenta no coincide con la declaración de impuestos que usted firmó.
Si es víctima de fraude de preparador de impuestos o mala conducta, deberá demostrarselo al IRS siguiendo ciertos pasos que se encuentran en nuestra página Fraude de preparador de impuestos.
¿Financieramente no puede hacer ningún pago en este momento?
Hay ocasiones en las que está de acuerdo con el IRS en que debe impuestos, pero no puede pagar debido a su situación financiera. Si el IRS acepta que usted no puede pagar sus impuestos y a la vez sus gastos básicos cotidianos, el IRS puede poner un prórroga temporal en la acción de cobro(CNC, por sus siglas en inglés) privación .
Que el IRS acepte poner su cuenta de saldo adeudado en este estado, no significa que el saldo desaparezca. Simplemente significa que el IRS no emprenderá acciones de cobro mientras su cuenta se encuentre en este estado. Desafortunadamente, por ley, las multas y los intereses continuaran acumulándose. Si pagarle algo al IRS, incluso la cantidad más pequeña, no le permitirá pagar sus gastos básicos cotidianos, hable con el IRS sobre cómo poner su cuenta en este estado. El IRS le preguntará acerca de sus ingresos y gastos, así que esté preparado para conversar con ellos sobre cuánto dinero gana u obtiene cada mes en comparación con cuánto gasta.
¿Le gustaría que el IRS considere aceptar como pago sólo una parte de lo que debe?
An Ofrecimiento de Transacción(OIC, por sus siglas en inglés) es un acuerdo entre usted y el IRS, en el que el IRS acuerda aceptar menos de la cantidad total que debe. Hay dos razones principales por las que el IRS puede aceptar aceptar menos del monto total que debe:
¿Le gustaría hacer arreglos de pago?
Lo mas conveniente para usted es pagar su deuda tributaria tan pronto sea posible, ya que pagar puede limitar las multas e intereses que puede cobrar el IRS.
Sin embargo, si actualmente no puede pagar sus impuestos en su totalidad, el IRS ofrece una serie de opciones de pago. Dependiendo del tipo de impuesto que adeude y cuánto, hay diferentes opciones disponibles, que van desde un Plan de Pagos a Corto Plazo, a un Plan de Pagos a Largo Plazo, a un Ofrecimiento de Transacción. Cada uno tiene diferentes requisitos y tarifas.