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Publicado:   | Última actualización: 12 de octubre de 2023

Aviso CP71C – Impuestos aún adeudados – Recordatorio anual – Su pasaporte puede ser denegado o revocado

Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.

Vea en hoja de ruta
Hoja de ruta del contribuyente con imagen doblada al frente

Resumen del aviso

Aviso CP71C es un aviso recordatorio anual de su saldo adeudado (impuestos que debe), incluyendo impuesto, multasy el interés. El aviso también proporciona información sobre los criterios de denegación. de su solicitud/renovación de pasaporte o revocación de su pasaporte por deuda tributaria.  

Este aviso o carta puede incluir otros temas que aún no hemos cubierto en esta página. Por favor regrese con frecuencia para ver actualizaciones.

¿Qué significa esto para mí?

Este aviso recordatorio anual se envía para recordarle su deuda tributaria e informarle sobre su saldo actual de impuestos, multas e intereses adeudados. Este aviso recordatorio se envía incluso si ya ha trabajado con el IRS para abordar su saldo a través de un plan de pagos o si el IRS ha determinado que su saldo es Prórroga temporal en la acción de cobro debido a las dificultades.  

El aviso también explica que su pasaporte solicitud o renovación podría ser negado o tu pasaporte revocado como resultado del impuesto que usted debe.  

¿Cómo he llegado hasta aquí?

Tiene un saldo adeudado en su cuenta de impuestos. Este aviso le fue enviado para recordarle el saldo adeudado. 

Ver aviso en línea:

Vea sus registros de impuestos federales y administre sus preferencias de comunicación en línea

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¿Cuáles son mis siguientes pasos?

Lo primero que debe hacer es verificar la dirección del remitente para asegurarse de que la carta es del Servicio de Impuestos Internos y no de otra agencia. 

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¿Es del IRS?

Si es del IRS, el aviso tendrá instrucciones sobre cómo responder al aviso recibido y a quién contactar. Si el aviso no es del IRS, visite Recibí un aviso del IRS fo más detalles. 

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Si no esta de acuerdo

Si discrepar con el aviso, llame al IRS al número gratuito que se encuentra en la esquina superior derecha de su aviso. Tenga su documentación (como cheques cancelados, declaración enmendada, etc.) lista cuando llame. Vea también  Publicación 5, Sus Derechos de apelación y Cómo preparar una protesta si no está de acuerdo. 

 

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Si no puedes pagar el importe total

Si no puede pagar la cantidad total  para esa fecha, debe averiguar qué Opciones de pago podría funcionar para su situación y comuníquese con el IRS para establecer un plan de pago o discutir otras formas de abordar su saldo. Si ya ha atendido su deuda tributaria a través de un Plan de pago o su saldo ha sido colocado en Prórroga temporal en la acción de cobro estado debido a dificultades, no necesita hacer nada. Esto es simplemente un recordatorio del monto que debe.  

Ser proactivo al abordar la deuda tributaria puede evitar multas e intereses adicionales y eliminar la necesidad de que el IRS tome medidas para cobrar el saldo.  

Si cree que tiene una razón aceptable para que se eliminen o reduzcan multas e intereses, puede completar el Formulario 843, Reclamación de reembolso y solicitud de reducción, o envíe una declaración firmada al IRS explicando el motivo. Para obtener instrucciones específicas, consulte el Aviso 746 Información sobre su aviso, multa e interés. 

Si necesita más información sobre denegación o revocación de pasaporte consulte Revocación o denegación de pasaporte en casos de ciertos impuestos impagos. 

¿Dónde puedo obtener ayuda adicional?

Entendiendo su aviso o carta

Temas para obtener ayuda

Explore problemas y situaciones tributarios comunes en la página de TAS Consigue ayuda

Si aún necesita ayuda

La Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando dificultades financieras, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS simplemente no funciona como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarlo.

Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777-4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de clínicas para contribuyentes de bajos ingresos. Esta publicación también está disponible en línea en www.irs.gov o llamando al IRS al 1-800-829-3676.

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