Términos de búsqueda populares:
Publicado:   | Última actualización: 27 de abril de 2023

Planes de pago

Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.

Vea en hoja de ruta
Hoja de ruta del contribuyente con imagen doblada al frente

Resumen de la estación

Los planes de pago (también conocidos como acuerdos de pago a plazos) son una de sus opciones si no pueda pagar sus impuestos en su totalidad cuando vencen. Planes de pago permitirle pagar su deuda en un tiempo. Debe estar al día con los pagos mensuales, presentar sus declaraciones de impuestos a tiempo y realizar pagos de impuestos estimados para calificar para un plan de pago. Si se acepta su plan de pago, también debe permanecer al día con las obligaciones de presentación y pago mientras esté en el plan de pago. Los reembolsos futuros se aplicarán a los impuestos no pagados hasta que el saldo de impuestos se pague por completo.

Hay dos tipos de planes de pago:

  • Plan de pago a corto plazo: El IRS ofrece tiempo adicional (hasta 180 días) para pagar su saldo en su totalidad. No es un plan de pago formal, por lo que no hay solicitud ni tarifa, pero los intereses y las multas aplicables continúan acumulándose hasta que la deuda tributaria se pague por completo. Puede solicitar un plan de pago a corto plazo por teléfono, correo, en persona o en línea.
  • Plan de pago a largo plazo (Acuerdo de pago en cuotas): El IRS ofrece planes de pago formales, también conocidos como acuerdos de pago a plazos, cuando el pago demorará más de 180 días. Más información sobre varios acuerdos a largo plazo se encuentra a continuación en la sección "cuáles son mis próximos pasos".

Esta para o carta puede incluir temas adicionales que aún no se han tratado aquí. Vuelva a consultar con frecuencia para ver las actualizaciones.

¿Qué significa esto para mí?

Tiene un saldo en su cuenta de impuestos y desea pagar el saldo dentro de los 180 días o mediante pagos mensuales al IRS.

Después de solicitar un plan de pago, es posible que reciba avisos o cartas para lo siguiente:

  • Rechazo del plan de pago/acuerdo de cuotas propuesto.
  • Confirmación de un plan de pago/acuerdo de cuotas aceptado.
  • Recordatorios mensuales de pago.

Si se le aprueba un plan de pago y luego incurre en saldos adicionales, no realiza los pagos requeridos o no presenta declaraciones de impuestos actuales, es posible que reciba avisos o cartas para lo siguiente:

  • Incumplimiento del plan de pago/acuerdo de cuotas actual.
  • Terminación del plan de pago actual/acuerdo de pago a plazos.

Es importante que lea detenidamente la carta o el aviso que recibió para que pueda responder en consecuencia o llame al número de teléfono que figura en el aviso o la carta de inmediato si tiene preguntas.

¿Cómo he llegado hasta aquí?

Tiene un saldo en su cuenta de impuestos y es posible que desee pagar su saldo a través de un plan de pago o tener un plan de pago establecido. Con un plan de pago aprobado, usted acepta mantenerse al día con todos los pagos mensuales y todos los requisitos de declaración y pago de impuestos.

Algunos tipos comunes de planes de pago a largo plazo, conocidos como acuerdos de pago a plazos (IA):

Plan de pagos a plazos garantizado

Usted tiene derecho a entrar en un plan de pagos a plazos garantizado sin tener que presentar un estado financiero si:

  • La cantidad de impuestos que debe (sin contar intereses y multas) es menos de $10,000.
  • Usted (y su cónyuge, si presentan una declaración de impuestos conjunta) ha presentado y pagado todos los impuestos adeudados durante los últimos cinco años.
  • Ni usted (ni su cónyuge, si presentaron una declaración conjunta) han tenido un acuerdo de pago a plazos con el IRS en los cinco años anteriores.
  • Puede pagar la cantidad total que adeuda en un plazo de tres años.
  • Acepta pagar la obligación antes de que se venza el período de recaudación del impuesto.
  • Usted cumple con las leyes tributarios durante el acuerdo.

Puede solicitar un acuerdo de pago garantizado en línea, por teléfono o por correo.

Plan de pagos a plazos simplificado

Hay dos tipos de acuerdos de pago a plazos simplificados, según la cantidad y el tipo de impuesto que adeude. Para ambos tipos, debe pagar la deuda en su totalidad dentro de los 72 meses (seis años) y dentro del límite de tiempo para que el IRS cobre el impuesto, pero no es necesario que presente un estado financiero.

  • Responsabilidad tributario evaluada por debajo de $ 25,000 (incluya todos los impuestos evaluados, multas e intereses al calcular el saldo adeudado). Esto está disponible para individuos, empresas que todavía están operando y solo deben impuestos sobre la renta del Formulario 1120 o multas por presentación tardía del Formulario 1065, y empresas que han cerrado y que deben cualquier tipo de impuesto.
  • Responsabilidad tributario de $ 25,001 a $ 50,000 (incluya todos los impuestos evaluados, multas e intereses al calcular el saldo adeudado). Esto está disponible para individuos y propietarios únicos fuera del negocio. Este acuerdo requiere que los pagos se realicen mediante domiciliación bancaria o descuento de nómina.

Puede solicitar un acuerdo simplificado en línea, por teléfono o por correo.

Plan de pago parcial

En esta situación, debe tener cierta capacidad para pagar sus impuestos, pero no puede pagar en su totalidad dentro del tiempo restante que el IRS tiene para cobrar. El IRS puede permitirle realizar pagos hasta que venza este período de cobro por menos del monto total adeudado. Ver Acuerdo de pago parcial para obtener más información.

Acuerdos de cuotas de rutina/regulares

Si no cumple con los criterios para las IA optimizadas o garantizadas, aún puede solicitar un acuerdo de pago a plazos del IRS. Puede solicitar un acuerdo de pago a plazos de rutina llamando al IRS o por correo, pero fuera de linea. Deberá aceptar pagar la obligación en su totalidad antes de que expire el período para recaudar el impuesto. Los acuerdos de pago a plazos permiten disposiciones adicionales, cuando se justifique:

  • La Regla de los Seis Años: Generalmente, si solo debe impuestos sobre la renta individual, puede calificar para la Regla de los Seis Años. Deberá proporcionar información financiera, pero no prueba de gastos razonables. Debe mantenerse al día con todos los requisitos de presentación y pago, incluidas las multas proyectadas y los intereses sobre la deuda tributaria, y pagar el saldo adeudado en su totalidad en seis años (72 meses) y dentro del estatuto de cobro: el tiempo que el IRS tiene para cobrar el monto que usted deber.
  • La regla de un año: si no puede pagar su deuda en su totalidad dentro de los seis años, se le puede dar hasta un año para modificar o eliminar los gastos necesarios excesivos. Al modificar o eliminar estos gastos, es posible que pueda pagar el pasivo, más los intereses y multas acumulados, dentro del límite de seis años.

Plan de pagos expreso para un fondo fiduciario de empresas

Un acuerdo expreso de fondo fiduciario dentro de la empresa puede estar disponible para empresas que adeudan hasta $25,000. Debe pagar la deuda en su totalidad en 24 meses o antes de que expire el período legal para cobrar, lo que ocurra primero. También puede reducir el pasivo a $25,000 o menos y luego solicitarlo.

Puede solicitar un acuerdo expreso de fondo fiduciario en el negocio en línea, por teléfono o por correo.

Si ninguna de estas opciones parece ajustarse a sus circunstancias, puede llamar al IRS y analizar su situación. Llamar 800-829-1040 (individuo) o 800-829-4933 (negocio), o el número de teléfono en su factura o aviso.

 

¿Cuáles son mis siguientes pasos?

1
1.

Antes de considerar un acuerdo de pago a plazos

Revise la deuda tributaria para asegurarse de que la debe. Si no cree que debe el impuesto, ahora es el momento de hablar con el IRS al respecto. Si recibió un aviso del IRS, comience por llamar al número que aparece en el aviso para hablar acerca de la cantidad que debe.

Una vez que verifiques que adeudas el saldo y antes de solicitar un plan de pago, debes saber:

  • El IRS no considerará un acuerdo de pago a plazos hasta que haya presentado todas sus declaraciones de impuestos.
  • Una vez que haya firmado un acuerdo, deberá presentar y pagar todos los impuestos futuros a tiempo o su acuerdo podría no cumplirse. Si no cumple con los pagos, el acuerdo de pago a plazos puede rescindirse y el IRS puede comenzar a tomar medidas de ejecución. Es importante seleccionar el convenio que se ajuste a tu situación personal y te permita realizar tus pagos todos los meses y a tiempo. Una fuente común de deuda tributaria es no tener suficiente dinero retenido. Si esto le sucede a usted, considere revisar su formulario del IRS W-4, Certificado de retenciones del empleado, para evitar este problema en años futuros. Si trabaja por cuenta propia, realice sus pagos estimados durante todo el año.
  • Si el IRS acepta un acuerdo de pago a plazos, aún cobrará las multas e intereses aplicables hasta que el impuesto se pague en su totalidad o se vuelva incobrable. Según el tipo de acuerdo y el monto de sus ingresos, es posible que se le cobre un cuota para establecer un acuerdo a plazos. Las tarifas pueden reducirse o no aplicarse si se determina que tiene bajos ingresos. Si cree que cumple con los requisitos para el estado de contribuyente de bajos ingresos, pero el IRS no lo identifica como contribuyente de bajos ingresos, revise Formulario 13844: Solicitud de tarifa de usuario reducida para acuerdos de pago a plazos para ayuda. Los solicitantes deben enviar el formulario al IRS a la dirección que se indica a continuación dentro de los 30 días a partir de la fecha de la carta de aceptación del acuerdo de pago a plazos para solicitar al IRS que reconsidere su estado.

Internal Revenue Service
PO Box 219236, Parada 5050
Kansas City, MO 64121-9236

  • Si el IRS aprueba un acuerdo de pago a plazos, generalmente se quedará con los reembolsos de impuestos y los aplicará a su deuda.
  • Si el IRS acepta un acuerdo de pago a plazos, aún puede presentar una Aviso de embargo tributario federal. Para más información, ver  Publicación 594, El Proceso de Cobro del IRS.
  • Si solicita un acuerdo de pago a plazos, el tiempo que la solicitud está pendiente se extiende, o se suspende , el período de recogida inicial de diez años. Generalmente, una solicitud de acuerdo de pago a plazos está pendiente hasta que se revisa; y se establece, o la solicitud es retirada por usted o rechazada por el IRS. Si la solicitud de pago en cuotas es rechazada, el transcurso del período de cobro se suspende por 30 días adicionales. De manera similar, si no cumple con los pagos de su acuerdo de pago a plazos y el IRS propone rescindir el acuerdo de pago a plazos, el transcurso del período de cobro se suspende por 30 días adicionales. Por último, si ejerce su derecho a apelar ya sea el rechazo o la terminación del contrato de pago a plazos, el período de ejecución del cobro se suspende desde el momento en que la apelación está pendiente hasta la fecha en que la decisión apelada se convierte en definitiva.
  • Si el IRS aprueba un acuerdo de pago a plazos, debe hacer su acuerdo pagos a tiempo.
  • El IRS puede pedirle documentos de respaldo de sus ingresos, gastos y otras cantidades que adeude (por ejemplo, pagos de préstamos para la vivienda y el automóvil, otras obligaciones). El IRS publica y utiliza estándares nacionales y locales que se puede utilizar para determinar los gastos mensuales permitidos y llegar al pago mensual apropiado. Si cree que se le debe permitir más que la cantidad estándar, explique las razones con su solicitud.

Es posible que desee considerar otros recursos antes de establecer un plan de pago. ¿Puedes pedir prestado a una institución financiera o a un familiar para pagar el saldo? Si es así, probablemente le costará menos dinero ya que el IRS cobra intereses y multas aunque tenga un plan de pago. También puede evitar estos costos pagando antes al IRS. Compare los costos para su situación.

2
2.

Cómo presentar tu solicitud

ONLINE

La forma más sencilla de obtener un plan de pagos a plazos es utilizando el Programa de acuerdo de pago en línea del IRS.  Si cumples con los criterios. Siga el Instrucciones para ver si calificas. El sistema le dará una respuesta inmediata. Si no califica para el programa Acuerdo de pago en línea, la OPA le proporcionará instrucciones sobre las alternativas disponibles.

Por correo

Si no puede o elige no usar el sistema en línea, puede completar el formulario del IRS Formulario 9465, Solicitud para un plan de pagos a plazos a plazos, y preséntelo con todos los documentos requeridos, y envíelo por correo a la dirección que figura en el Instrucciones.

Para un acuerdo de pago a plazos de rutina, también debe enviar otro formulario:

  • Individuos:  Formulario 433-F, Declaración de información de Cobros
  • Negocios: Formar 433-B, Declaración de información de Cobros para empresas

Por teléfono

Si prefiere aplicar por teléfono, llame al 800-829-1040 (individuo) o 800-829-4933 (negocio), o el número de teléfono en su factura o aviso.

Costos:

  • El cargo administrativo inicial para establecer un plan de pagos a plazos varía según el método de pago que usted elija. Estos cargos están sujetos a cambios y se enumeran en la página del IRS Página del acuerdo de pago a plazos en línea.
  • A los contribuyentes de bajos ingresos se les puede eximir de la tarifa al momento de celebrar el IA si eligen pagar mediante débito directo o, de lo contrario, se les puede reembolsar la tarifa una vez que cumplan con los términos del acuerdo. . Si cree que cumple con los requisitos para el estado de contribuyente de bajos ingresos, pero el IRS no lo identificó como contribuyente de bajos ingresos, revise Formulario 13844: Solicitud de tarifa de usuario reducida para acuerdos de pago a plazos  para ayuda. Los solicitantes deben enviar el formulario al IRS a la dirección que se indica a continuación dentro de los 30 días a partir de la fecha de la carta de aceptación del acuerdo de pago a plazos para solicitar al IRS que reconsidere su estado. 

Internal Revenue Service
PO Box 219236, Parada 5050
Kansas City, MO 64121-9236

3
3.

¿Qué sucede si el IRS rechaza mi solicitud, incumple o rescinde mi acuerdo de pago a plazos?

En el caso de cualquiera de las siguientes situaciones, tiene derecho a apelar. Ver Programa de Apelación Cobros (CAP) para más información:

  • Terminación o terminación propuesta de un acuerdo de pago a plazos
  • Rechazo de un acuerdo de pago a plazos
  • Modificación, o modificación propuesta, de un acuerdo de pago a plazos

¿Dónde puedo obtener ayuda adicional?

Consigue ayuda

Si aún necesita ayuda

El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.

Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777-4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos.

Formularios y cartas relacionadas

  • Formulario 433-D, Acuerdo de pago a plazos
  • Formulario 2159, Acuerdo de Deducción de Nómina
  • Formulario 9465, Solicitud para un plan de pagos a plazos
  • Instrucciones para el formulario 9465, Solicitud para un plan de pagos a plazos
  • Carta 2849, Acuerdo de pago a plazos de débito directo (DDIA) - Aceptación del acuerdo de pago a plazos
  • Carta 2850, Carta de confirmación del Acuerdo de pago a plazos (IA) de ICS
  • Carta 5977C, Carta automatizada - Acuerdo de pago a plazos (IA) aceptado; Términos explicados OPA / VBD
  • Aviso CP 523, Incumplimiento en su acuerdo de pago a plazos (IA) Aviso - Intención de rescindir su IA
  • Aviso CP 521, Recordatorio de pago del acuerdo de pago mensual (IA)
  • Carta 2273C, Acuerdo de pago a plazos (IA) aceptado; Términos explicados
  • Carta 3217C, carta automatizada: acuerdo de pago a plazos aceptado; Términos explicados.
  • Aviso CP 523H, Aviso de incumplimiento del acuerdo de pago a plazos (IA) con intención de embargo - Pago de responsabilidad compartida (SRP)
  • Carta 2272C, Acuerdo de pago a plazos (IA) no se puede considerar / extensión de pago no se puede considerar
  • Carta 0757C, Privilegio de pago a plazos rescindido
  • Carta 2975, Aviso de acuerdo de pago a plazos incumplido según el IRS 6159 (b)
  • Carta 4052, Rechazo del acuerdo de pago propuesto
  • Carta 5259, Notificación de modificación del acuerdo de pago a plazos

Esta lista no incluye todo.