Publicado: | Última actualización: 27 de abril de 2023
Planes de pago
Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.
Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.
Los planes de pago (también conocidos como acuerdos de pago a plazos) son una de sus opciones si no pueda pagar sus impuestos en su totalidad cuando vencen. Planes de pago permitirle pagar su deuda en un tiempo. Debe estar al día con los pagos mensuales, presentar sus declaraciones de impuestos a tiempo y realizar pagos de impuestos estimados para calificar para un plan de pago. Si se acepta su plan de pago, también debe permanecer al día con las obligaciones de presentación y pago mientras esté en el plan de pago. Los reembolsos futuros se aplicarán a los impuestos no pagados hasta que el saldo de impuestos se pague por completo.
Hay dos tipos de planes de pago:
- Plan de pago a corto plazo: El IRS ofrece tiempo adicional (hasta 180 días) para pagar su saldo en su totalidad. No es un plan de pago formal, por lo que no hay solicitud ni tarifa, pero los intereses y las multas aplicables continúan acumulándose hasta que la deuda tributaria se pague por completo. Puede solicitar un plan de pago a corto plazo por teléfono, correo, en persona o en línea.
- Plan de pago a largo plazo (Acuerdo de pago en cuotas): El IRS ofrece planes de pago formales, también conocidos como acuerdos de pago a plazos, cuando el pago demorará más de 180 días. Más información sobre varios acuerdos a largo plazo se encuentra a continuación en la sección "cuáles son mis próximos pasos".
Esta para o carta puede incluir temas adicionales que aún no se han tratado aquí. Vuelva a consultar con frecuencia para ver las actualizaciones.
Tiene un saldo en su cuenta de impuestos y desea pagar el saldo dentro de los 180 días o mediante pagos mensuales al IRS.
Después de solicitar un plan de pago, es posible que reciba avisos o cartas para lo siguiente:
Si se le aprueba un plan de pago y luego incurre en saldos adicionales, no realiza los pagos requeridos o no presenta declaraciones de impuestos actuales, es posible que reciba avisos o cartas para lo siguiente:
Es importante que lea detenidamente la carta o el aviso que recibió para que pueda responder en consecuencia o llame al número de teléfono que figura en el aviso o la carta de inmediato si tiene preguntas.
Usted tiene derecho a entrar en un plan de pagos a plazos garantizado sin tener que presentar un estado financiero si:
Puede solicitar un acuerdo de pago garantizado en línea, por teléfono o por correo.
Hay dos tipos de acuerdos de pago a plazos simplificados, según la cantidad y el tipo de impuesto que adeude. Para ambos tipos, debe pagar la deuda en su totalidad dentro de los 72 meses (seis años) y dentro del límite de tiempo para que el IRS cobre el impuesto, pero no es necesario que presente un estado financiero.
Puede solicitar un acuerdo simplificado en línea, por teléfono o por correo.
En esta situación, debe tener cierta capacidad para pagar sus impuestos, pero no puede pagar en su totalidad dentro del tiempo restante que el IRS tiene para cobrar. El IRS puede permitirle realizar pagos hasta que venza este período de cobro por menos del monto total adeudado. Ver Acuerdo de pago parcial para obtener más información.
Si no cumple con los criterios para las IA optimizadas o garantizadas, aún puede solicitar un acuerdo de pago a plazos del IRS. Puede solicitar un acuerdo de pago a plazos de rutina llamando al IRS o por correo, pero fuera de linea. Deberá aceptar pagar la obligación en su totalidad antes de que expire el período para recaudar el impuesto. Los acuerdos de pago a plazos permiten disposiciones adicionales, cuando se justifique:
Un acuerdo expreso de fondo fiduciario dentro de la empresa puede estar disponible para empresas que adeudan hasta $25,000. Debe pagar la deuda en su totalidad en 24 meses o antes de que expire el período legal para cobrar, lo que ocurra primero. También puede reducir el pasivo a $25,000 o menos y luego solicitarlo.
Puede solicitar un acuerdo expreso de fondo fiduciario en el negocio en línea, por teléfono o por correo.
Si ninguna de estas opciones parece ajustarse a sus circunstancias, puede llamar al IRS y analizar su situación. Llamar 800-829-1040 (individuo) o 800-829-4933 (negocio), o el número de teléfono en su factura o aviso.
Revise la deuda tributaria para asegurarse de que la debe. Si no cree que debe el impuesto, ahora es el momento de hablar con el IRS al respecto. Si recibió un aviso del IRS, comience por llamar al número que aparece en el aviso para hablar acerca de la cantidad que debe.
Una vez que verifiques que adeudas el saldo y antes de solicitar un plan de pago, debes saber:
Internal Revenue Service
PO Box 219236, Parada 5050
Kansas City, MO 64121-9236
Es posible que desee considerar otros recursos antes de establecer un plan de pago. ¿Puedes pedir prestado a una institución financiera o a un familiar para pagar el saldo? Si es así, probablemente le costará menos dinero ya que el IRS cobra intereses y multas aunque tenga un plan de pago. También puede evitar estos costos pagando antes al IRS. Compare los costos para su situación.
en Línea
La forma más sencilla de obtener un plan de pagos a plazos es utilizando el Programa de acuerdo de pago en línea del IRS. Si cumples con los criterios. Siga el las instrucciones para ver si calificas. El sistema le dará una respuesta inmediata. Si no califica para el programa Acuerdo de pago en línea, la OPA le proporcionará instrucciones sobre las alternativas disponibles.
Por correo
Si no puede o elige no usar el sistema en línea, puede completar el formulario del IRS Formulario 9465, Solicitud para un plan de pagos a plazos a plazos, y preséntelo con todos los documentos requeridos, y envíelo por correo a la dirección que figura en el las instrucciones.
Para un acuerdo de pago a plazos de rutina, también debe enviar otro formulario:
Por teléfono
Si prefiere aplicar por teléfono, llame al 800-829-1040 (individuo) o 800-829-4933 (negocio), o el número de teléfono en su factura o aviso.
Costos:
Internal Revenue Service
PO Box 219236, Parada 5050
Kansas City, MO 64121-9236
En el caso de cualquiera de las siguientes situaciones, tiene derecho a apelar. Ver Programa de Apelación Cobros (CAP) para más información:
Consigue ayuda
Explore problemas y situaciones tributarios comunes en la página de TAS Consigue ayuda
Si aún necesita ayuda
El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.
Haz www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777-4778.
Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos.
Formularios y cartas relacionadas
Esta lista no incluye todo.
(también conocido como acuerdos de pago a plazos)