Publicado: | Última actualización: 5 de diciembre de 2023
Carta 5972C
Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.
Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.
La Carta 5972C se le envía por correo porque hay un saldo adeudado (dinero que le debe al IRS) en una de sus cuentas de impuestos.
Este aviso o carta puede incluir otros temas que aún no hemos cubierto en esta página. Por favor regrese con frecuencia para ver actualizaciones.
La carta 5972C le informa que hay un saldo adeudado (dinero que le debe al IRS) en una de sus cuentas de impuestos y le indica cuánto debe, cuándo vence y cómo pagarlo.
Si no puede pagar la cantidad total para esa fecha, debe averiguar qué opciones de pago podría funcionar para su situación y actuar para establecer un plan de pago o discutir otras formas de liquidar su saldo. Ser proactivo al abordar la deuda tributaria puede evitar multas e intereses adicionales y eliminar la necesidad de que el IRS tome medidas para cobrar el saldo. Para obtener información específica, consulte Recibí un aviso del IRS.
Si decide no responder a la Carta 5972C, el IRS puede enviarle más avisos de cobro al contribuyente solicitando el pago del saldo de impuestos adeudado. El IRS también puede presentar un Aviso de gravamen por impuesto federal o emitir un embargo.
Fo detalles específicos en su aviso, visite Entienda su aviso o carta del IRS.
Tiene un saldo adeudado en su cuenta de impuestos. Le enviamos esta carta para informarle cuánto debe, cuándo vence y cómo pagarlo.
Lo primero que debe hacer es verificar la dirección del remitente para asegurarse de que la carta es del Servicio de Impuestos Internos y no de otra agencia.
Si es del IRS, el aviso tendrá instrucciones sobre cómo responder al aviso recibido y a quién contactar. Si el aviso no es del IRS, visite Recibí un aviso del IRS para más información.
A continuación, debes leer la carta con atención. Explica cuánto debe, cuándo vence su pago o declaración de impuestos y sus opciones de pago.
Si es de otra agencia, como un departamento de impuesto estatal, deberá llamar a esa oficina para obtener una explicación.
Si no está de acuerdo con la carta, llame al IRS al número gratuito que se encuentra en la esquina superior derecha de su aviso. Tenga a mano su documentación (como cheques cancelados, copias de declaraciones presentadas, etc.) cuando llame. Ver también Publicación 5 Sus derechos de apelación y cómo preparar una protesta si no está de acuerdo.
Si no puede pagar la cantidad total para esa fecha, debe averiguar qué opciones de pago podría funcionar para su situación y comunicarse con el IRS para establecer un plan de pago o analizar otras formas de abordar su saldo.
Ser proactivo al abordar la deuda tributaria puede evitar multas e intereses adicionales y eliminar la necesidad de que el IRS tome medidas para cobrar el saldo.
Si cree que tiene una razón aceptable para que se eliminen o reduzcan multas e intereses, puede completar el Formulario 843, Reclamo de reembolso y Solicitud de reducción, o envíe una carta firmada al IRS explicando el motivo. Para obtener instrucciones específicas, consulte Aviso 746, Información sobre su aviso, multa e interés.
Entienda su aviso o carta
Para obtener más detalles sobre su aviso, visite Cómo entender su carta o aviso del IRS en el sitio web IRS.gov
Temas para obtener ayuda
Explore problemas y situaciones tributarios comunes en la página de TAS Consigue ayuda
Si cree que tendrá problemas para pagar sus impuestos, es útil saber cuáles son sus opciones para resolver su deuda tributaria.
Si aún necesita ayuda
El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.
Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777 4778.
Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de las clínicas para contribuyentes de bajos ingresos.
Formularios y correos relacionados con el IRS