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Publicado:   | Última actualización: 6 de septiembre de 2024

Carta 5100

Carta de decisión del Programa de Apelación Cobros (CAP)

¿Dónde estoy en la hoja de ruta?

Resumen

Usted solicitó una apelación CAP de una actividad de cobro o advertencia de actividad de cobro o propiedad sujeta a acción de cobro. Esta carta le informa que se llevó a cabo la revisión y la Oficina Independiente de Apelaciones (Apelaciones) del IRS llegó a una determinación sobre la decisión del IRS de que la actividad de cobro o la advertencia de actividad de cobro o la propiedad sujeta a acción de cobro se mantiene o no.

Necesito más información

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¿Qué significa esta carta para mí?

Las cartas asesora Le informamos de la decisión de Apelaciones sobre su caso y la decisión es definitiva. El caso se devuelve al Departamento de Cumplimiento para que lleve a cabo la determinación. 

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¿Cómo he llegado hasta aquí?

Tiene un saldo adeudado en nuestra cuenta de impuestos o tiene bienes sujetos a una acción de cobro. Apeló una de las siguientes acciones:

  1. Impuesto o incautación acción que se ha tomado o se tomará;
  2. ntfl que será o ha sido archivada;
  3. Una condición especial presentada NFTL que embarga la propiedad del contribuyente mantenida a nombre de un tercero (es decir, un representante, alter ego, cesionario, etc. NFTL);
  4. denegaciones de solicitudes para emitir certificados de gravamen, como subordinación, exoneración o liberación de embargo, así como denegaciones de solicitudes para retirar una NFTL;
  5. Rechazado, propuesto para modificación, modificado, propuesto para terminación o terminado acuerdo de pago a plazos;
  6. Denegación de la solicitud del contribuyente de devolver la propiedad gravada según IRC § 6343(d); o
  7. Desestimación del reclamo de un tercero propietario de la propiedad por la devolución de recaudado injustamente propiedad bajo IRC § 6343(b)
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¿Cuáles son mis siguientes pasos?

Su caso se devuelve a Cobros o a la división operativa que originó la acción.

Recursos Generales

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Temas para obtener ayuda

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Si aún necesita ayuda

El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.

Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777 4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos.

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