¿Qué significa esto para mí?
La carta indica el motivo de la decisión del IRS, la fecha de la decisión y el año o período tributario por el cual se deniega el reclamo. Además, la carta le da un horario en el que debe presentar una demanda si desea impugnar la denegación en la corte.
¿Cómo he llegado hasta aquí?
Se denegaron los créditos o deducciones que se reclamaron en su declaración. Su cuenta se ajustará, posiblemente resultando en un reembolso reducido o en el saldo adeudado, o ningún reembolso.
Presentó su reclamo tarde o llegó a tiempo, pero la cantidad de un reembolso o crédito es limitado. En general, para ser oportuno, un reclamo de crédito o reembolso debe presentarse dentro de los tres años posteriores a la fecha en que presentó su declaración, o dos años después de la fecha en que pagó el impuesto. Para obtener más información sobre cuándo presentar un reclamo de crédito o reembolso y los límites de la cantidad del crédito o reembolso, consulte la Publicación 556, Revisión de declaraciones, Derechos de apelación y Reclamaciones de reembolso.
No ha respondido o no ha proporcionado un acuerdo firmado que consienta los cambios propuestos por el IRS. Sin su consentimiento, el IRS no puede evaluar ninguna deficiencia propuesta sin primero brindarle la oportunidad de impugnar estos ajustes presentando una petición ante el Tribunal Tributario de los Estados Unidos.