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Publicado:   | Última actualización: 31 de octubre de 2024

Aviso de rechazo de reclamo

 

¿Dónde estoy en la hoja de ruta?

Resumen

El IRS “Rechazo de reclamo” Carta 105C or Carta 106C Es su aviso legal de que el IRS no está permitiendo el crédito o reembolso que usted solicitó.

Necesito más información

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¿Qué significa esto para mí?

La carta indica el motivo de la decisión del IRS, la fecha de la decisión y el año o período tributario por el cual se deniega el reclamo. Además, la carta le da un horario en el que debe presentar una demanda si desea impugnar la denegación en la corte.

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¿Cómo he llegado hasta aquí?

Se denegaron los créditos o deducciones que se reclamaron en su declaración. Su cuenta se ajustará, posiblemente resultando en un reembolso reducido o en el saldo adeudado, o ningún reembolso.

Si bien el motivo por el cual se rechazó su reclamo es específico para su reclamo, una de las razones más comunes es que el IRS determinó que el reclamo no se presentó a tiempo. En general, para que se presente a tiempo, un reclamo de crédito o reembolso debe presentarse dentro de los tres años posteriores a la fecha en que presentó su declaración o dos años a partir de la fecha en que pagó el impuesto, lo que ocurra más tarde. Para obtener más información sobre cuándo presentar un reclamo de crédito o reembolso y los límites en el monto del crédito o reembolso, consulte Publicación 556Revisión de devoluciones, derechos de apelación y reclamos de reembolso. La carta debe incluir el motivo por el cual el IRS niega el reclamo.

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¿Cuáles son mis siguientes pasos?

Si está de acuerdo con el IRS por las razones que se indican en la carta, no necesita hacer nada más. Si no está de acuerdo y aún cree que tiene derecho al crédito o al reembolso, puede:

  1. Envíe una explicación de por qué cree que tiene derecho al crédito o reembolso (por ejemplo, tiene un recibo de correo que muestra que presentó su declaración de impuestos original a tiempo o tuvo una extensión de tiempo para presentarla) junto con la documentación que pruebe su posición.
    1. Esta información debe enviarse a la dirección que figura en la carta o a la oficina del IRS donde presentó la declaración original.
  2. Solicite que su caso sea enviado a la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS la cual decidirá si el reclamo debe ser permitido.
  3. Si no está de acuerdo con la decisión del IRS, puede presentar una demanda ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos que tenga jurisdicción o ante el Tribunal de Reclamaciones Federales de los Estados Unidos.

Nota: Estos tribunales son parte de la rama judicial del gobierno federal y no tienen conexión con el IRS.

Cuando se emiten las cartas de denegación de reclamo, comienza un período de dos años para que usted resuelva su reclamo con el IRS. El período comienza dos años a partir de la fecha de estas cartas. Si decide pedirle a Apelaciones o al IRS que reconsideren su decisión, el período de dos años no Detenerse. Si bien puede continuar intentando resolver el reclamo con el IRS, a medida que se acerca el final del período de dos años especificado en la carta, es posible que desee presentar una demanda oportuna para protegerse. Incluso si Apelaciones o el IRS finalmente deciden que su reclamo era correcto, es posible que no reciba un reembolso o crédito después de que haya finalizado el período para presentar una demanda.

Si tiene derecho a un reembolso, el IRS lo enviará entre seis a ocho semanas desde el momento en que el IRS reciba su respuesta y ajuste su cuenta. Si el ajuste a su cuenta da como resultado un saldo adeudado, el IRS le enviará un aviso de saldo adeudado y usted debe pagar la cantidad adeudado antes de la fecha de vencimiento que figura en el aviso. Si no puede pagar la cantidad total adeudado, pague todo lo que pueda para limitar las multas y los intereses y visite Hacer un pago para considerar opciones de pago en línea. Si necesita ayuda adicional, llame al IRS al número gratuito que se encuentra en la esquina superior derecha de su aviso.

¿Dónde puedo obtener ayuda adicional?

Publicación 5

Sus derechos de apelación y cómo preparar una protesta si no está de acuerdo 

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