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Publicado:   | Última actualización: 11 de abril de 2024

Consejos sobre impuestos de TAS: ¿Necesita opciones para cuando debe impuestos federales, pero no puede pagarlos en su totalidad?

¿Necesita opciones para cuando debe impuestos federales, pero no puede pagarlos en su totalidad?

El mejor escenario es paga tus impuestos en su totalidad según la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos porque de lo contrario tanto una falta de pago de la multa y intereses podrá continuar siendo evaluado hasta que esté totalmente pagado.

Si no puede pagar sus impuestos en su totalidad, el IRS tiene varias opciones que puede considerar basado a su situación financiera.

Aquí hay un resumen de algunas de las opciones disponibles y enlaces para obtener más información y cómo iniciar el proceso para realizar el tipo de solicitud que elija.

  • Planes de pago – El IRS ofrece una variedad de opciones de planes de pago, incluyendo la posibilidad de solicitar en línea un plan de pago. El beneficio de presentar la solicitud en línea es que una vez que complete su solicitud en línea, recibirá una notificación inmediata sobre si su plan de pago ha sido aprobado. Además, si tiene problemas, esta opción le permite chatear en línea con un asistente del IRS para ayudarlo a finalizar el proceso u obtener orientación sobre otras opciones. Las tarifas de instalación pueden ser más altas si solicita un plan de pago por teléfono, correo o en persona. También puede solicitar y mantener fácilmente un plan de pago utilizando su Cuenta en línea del IRS.

La disponibilidad de un plan de pago dependerá de sus ingresos, el monto adeudado y el tiempo que tomará pagar. En algunos casos, hay opciones disponibles tanto a corto como a largo plazo, dependiendo de la cantidad que adeude. En algunos casos, puede configurar un plan de pago para deducir automáticamente los pagos de cuentas bancarias, cheques de pago, o puede realizar pagos electrónicamente o por correo usted mismo. En la mayoría de los casos, también puedes elegir tu fecha de pago.

 

  • ¿No puedes pagar ahora? – Si el IRS determina que no puede pagar nada de su deuda tributaria en este momento, pueden reportar su cuenta como actualmente no coleccionable (CNC, por su abreviatura en inglés) y retrasar temporalmente el cobro hasta que mejore su situación financiera. Ser designado como CNC no significa que la deuda desaparezca, significa que el IRS ha determinado que usted no puede pagar la deuda en este momento. Antes de aprobar su solicitud para retrasar el cobro, el IRS puede pedirle que complete una Declaración de información de Cobros (Formulario 433-F PDF, Formulario 433-A PDF or Formulario 433-B PDF y proporcionar prueba de su estado financiero (esto puede incluir información sobre sus activos y sus ingresos y gastos mensuales).

Debe saber que si el IRS se demora en cobrarle, su deuda aumentará porque se seguirán cobrando multas e intereses hasta que pague el monto total. Durante un retraso temporal, el IRS volverá a revisar su capacidad de pago, generalmente anualmente. El IRS también puede presentar un Aviso de gravamen por impuesto federal para proteger el interés del gobierno en sus activos.

También deberías revisar nuestra Página de TAS actualmente no coleccionable y video, antes de iniciar el proceso. Además, asegúrese de presentar todas las declaraciones de impuestos del año anterior (si se le pidió que presentara una declaración), incluso si no puede pagar la cantidad que adeuda en ninguna declaración en este momento, antes de solicitar esta opción. También puede encontrar opciones de ayuda para la presentación en nuestra página anterior.

Si el IRS decide que puede realizar algún tipo de pago y aún no está de acuerdo, tiene opciones.

  • Oferta en compromiso - Una duda sobre la cobrabilidad o una administración tributaria eficaz oferta en compromiso (OIC, por su abreviatura en inglés) le permite liquidar su deuda tributaria por menos del monto total que debe. Puede ser una opción legítima si no puede pagar la totalidad de su obligación tributaria o si hacerlo crea una dificultad financiera.

El proceso de OIC no es para todos y generalmente requiere una tarifa no reembolsable, así que explore todas las demás opciones de pago antes de enviar un OIC. Si contrata a un profesional de impuestos para que lo ayude a presentar una oferta, asegúrese de verificar sus calificaciones.

Revisa nuestra Página de TAS OIC y video sobre OIC antes de iniciar el proceso. También puedes leer la Oferta del IRS en el folleto de compromiso y utilice el IRS Offer in Compromise Pre-Qualifier Tool (en inglés) para ver si puede ser elegible para hacer una oferta, y vea los enlaces en la sección "Recursos" a continuación, para obtener información adicional sobre los OIC.

¿Necesita más ayuda?

  • Actividades de Cobros suspendidas: El IRS generalmente tiene prohibido el cobro forzoso siempre que esté pendiente una solicitud de un plan de pago o un OIC. Además, el tiempo del IRS para cobrar se suspende o prolonga siempre que esté pendiente una solicitud de un plan de pago o un OIC. Referirse a Tema Tributario 204.
  • Asistencia de Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por su siglas en inglés) - Las LITC pueden potencialmente representarlo ante el IRS o ante los tribunales en auditorías, apelaciones, asuntos de recaudación de impuestos y otras disputas tributarias. Los servicios se proporcionan de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para calificar para la asistencia de un LITC, generalmente los ingresos de un contribuyente deben estar por debajo de un cierto umbral, y la cantidad en disputa con el IRS suele ser menos de $ 50,000.
  • Servicio del Defensor del Contribuyente - si su problema le está causando dificultades financieras a usted, su familia o su empresa, o si usted o su empresa se enfrentan a una amenaza inmediata de acción adversa, utilice la herramienta TAS Qualifier para ver si califica para la asistencia de TAS.

Más recursos

Herramienta

TAS

  • Centro de pago de impuestos (incluido "Necesito ayuda para resolver mi saldo adeudado", acuerdos de pago, ofrecimiento de transacción, demora temporal en el cobro y más).
  • La Carta de Derechos del Contribuyente (Todos los contribuyentes tienen ciertos derechos que se aplican en sus relaciones con el IRS. Los Derechos del Cotribuyente agrupan los derechos existentes en el código tributario en diez derechos fundamentales y los hacen claros, comprensibles y accesibles).