Si actualmente tiene un Acuerdo de Pago a Plazos de Débito Directo, el IRS puede considerar el retiro del NFTL si se cumplen los siguientes criterios:
- Usted es un contribuyente que reúne los requisitos (es decir, personas físicas, empresas con obligación tributaria únicamente y entidades fuera de la empresa con cualquier tipo de deuda tributaria)
- Debe $25,000 o menos (si debe más de $25,000, puede pagar el saldo a $25,000 antes de solicitar el retiro del Aviso de gravamen por impuestos federales)
- Su Acuerdo de Cuotas de Débito Directo debe pagar la cantidad que adeuda en su totalidad dentro de los 60 meses o antes de que expire el plazo para que el IRS cobre el cobro, lo que ocurra primero
- Cumple plenamente con otros requisitos de presentación y pago
- Ha realizado tres pagos domiciliados consecutivos
- No ha incumplido su Acuerdo de Cuotas de Débito Directo actual o anterior.
El IRS puede permitir el retiro de su Aviso de gravamen tributario federal después de la liberación del gravamen. La elegibilidad general incluye:
- Su obligación tributaria ha sido satisfecha y su gravamen ha sido liberado y:
- Ha cumplido durante los últimos tres años en la presentación: todas las declaraciones individuales, declaraciones comerciales y declaraciones informativas
- Está al día con sus pagos de impuestos estimados y depósitos de impuestos federales, según corresponda
Para solicitar que el IRS considere su solicitud de retiro de la NFTL, complete Formulario 12277, Solicitud de retirar el Aviso de Gravamen por el Impuesto Federal, Formulario 668 (Y)(Sección 6323 (j) del Código de Rentas Internas.
Si se toma la determinación de retirar el NFTL, el IRS presentará un Formulario 10916(c), Retiro del Aviso Presentado de Gravamen por Impuestos Federales, en la oficina de registro donde se presentó el NFTL original y proporcionarle una copia del documento para sus registros.
Si se deniega la solicitud de retiro, recibirá la Carta 4711, Carta de decisión de retiro. La carta incluirá sus derechos de apelación bajo la programa de apelaciones de cobro (CAP, por sus siglas en inglés).
Ver Alivio de gravamen opciones adicionales para abordar la NFTL.