Términos de búsqueda populares:
Publicado:   | Última actualización: 18 de diciembre de 2023

CP 24 – Discrepancia de créditos tributarios estimados – Cambiamos su declaración para que coincida con sus créditos o pagos publicados en su cuenta. Es posible que tenga un crédito o un pago en exceso

 

Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.

Vea en hoja de ruta
Hoja de ruta del contribuyente arrugada

Resumen de la estación

Cambiamos su declaración porque encontramos una diferencia entre el monto de los pagos de impuestos estimados en su declaración de impuestos y el monto que registramos en su cuenta. Es posible que tenga un crédito debido a estos cambios. El aviso también puede cubrir otros cambios que realizamos mientras procesamos su devolución. 

Esta estación puede incluir temas adicionales que aún no se han cubierto aquí. Vuelva a consultar con frecuencia para ver las actualizaciones.

¿Qué significa esta carta o aviso para mí?

El IRS recibió su declaración de impuestos y descubrió, al procesarla, que los pagos de impuestos estimados publicados en su cuenta no coinciden con el monto que se muestra en su declaración de impuestos. 

¿Cómo he llegado hasta aquí?

El IRS recibió su declaración de impuestos y descubrió, al procesarla, que los pagos de impuestos estimados publicados en su cuenta no coinciden con el monto que se muestra en su declaración de impuestos. 

¿Cuáles son mis siguientes pasos?

Compare el monto de los pagos de impuestos estimados, si corresponde, que se muestran en su declaración de impuestos con los pagos que se muestran en sus registros financieros. Si este aviso muestra correctamente los pagos en su cuenta, no necesita realizar ninguna acción. ISi no está de acuerdo con este aviso, llame al IRS al número que figura en su aviso o envíe por correo una copia de su aviso y una explicación de cualquier cambio necesario en su cuenta.

Comunicarse con el IRS por correo puede retrasar la resolución del problema de su cuenta.

¿Dónde puedo obtener ayuda adicional?

Entienda su aviso o carta

Temas para obtener ayuda

Explore problemas y situaciones tributarios comunes en la página de TAS Consigue ayuda

Si aún necesita ayuda

El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.

Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777 4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de las clínicas para contribuyentes de bajos ingresos.

ícono

¿Sabías que existe una Carta Derechos del Cotribuyente?

La Declaración de Derechos del Contribuyente está agrupada en 10 categorías fáciles de entender que describen los derechos y protecciones del contribuyente incorporados en el código tributario.

También es lo que guía el trabajo de promoción que hacemos para los contribuyentes.

Lea más sobre sus derechos