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Publicado:   | Última actualización: 6 de marzo de 2024

Crédito para cuidado infantil proporcionado por el empleador 

Si usted es un empleador que brinda servicios de cuidado infantil a sus empleados, podría ser elegible para el Crédito para cuidado infantil proporcionado por el empleador. El crédito es un incentivo para que los contribuyentes proporcionen servicios de cuidado infantil a sus empleados.

Para ser elegible para el crédito, un empleador debe haber pagado o incurrido en gastos cualificados de cuidado infantil durante el año tributario para brindar servicios de cuidado infantil a los empleados.

Los gastos cualificados de cuidado infantil son:

  1. Costos asociados con la adquisición, construcción, rehabilitación o ampliación de propiedad utilizada como instalación de cuidado infantil calificada.
  2. Gastos cualificados en instalaciones de cuidado infantil son gastos operativos realizados por el contribuyente, incluidos los montos pagados para apoyar a los trabajadores de cuidado infantil a través de capacitación, programas de becas y proporcionar una mayor compensación a los empleados con niveles más altos de capacitación en cuidado infantil.
  3. Gastos en virtud de un contrato con una instalación de cuidado infantil calificada para proporcionar servicios de cuidado infantil a los empleados.
  4. Gastos de recursos cualificados y referencias que incluye cualquier monto pagado o incurrido bajo un contrato para proporcionar recursos de cuidado infantil y servicios de referencia a un empleado.

Para reclamar el crédito, utilice el Formulario 8882, Crédito para instalaciones y servicios de cuidado infantil proporcionados por el empleador.

El monto del crédito reclamado no podrá exceder los $150,000.

Para obtener más información sobre los recursos y gastos cualificados, visite irs.gov.