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Publicado:   | Última actualización: 8 de febrero de 2024

A pesar de operar legalmente en muchos estados, las empresas relacionadas con la marihuana enfrentan importantes desafíos en la ley del impuesto federal sobre la renta

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Como Defensor Nacional del Contribuyente, soy la voz de *todos* los contribuyentes dentro del IRS. Como tal, mi oficina ayuda a muchos tipos diferentes de contribuyentes a resolver problemas de impuestos con el IRS. Si bien generalmente nos enfocamos en asuntos de impuestos individuales, nuestro alcance también incluye a los contribuyentes comerciales. Una de esas clases de contribuyentes involucra negocios relacionados con la marihuana. Quiero arrojar algo de luz sobre las frustraciones que enfrenta un segmento cada vez mayor de la población de contribuyentes comerciales (los cultivadores, distribuidores y minoristas de productos relacionados con la marihuana) y educarlos sobre la ley tributaria federal.

Todos menos cuatro estados han legalizado consumo de marihuana en alguna forma (es decir, para uso recreativo o medicinal). por el Economista Jefe para la Asociación Nacional de la Industria del Cannabis, se emitieron 35,329 licencias médicas o de uso para adultos en los EE. UU. a partir de octubre de 2021, frente a las 29,604 licencias de este tipo a principios de 2021. Se prevé que los ingresos de la industria de la marihuana con licencia crezcan a casi $ 30 millones de dólares anuales por 2025.

A pesar de poder operar legalmente bajo la ley estatal, en los EE. UU., el tráfico de marihuana sigue siendo un delito federal. Específicamente, el Ley de Sustancias Controladas (CSA) hace que sea ilegal según la ley federal fabricar, distribuir o dispensar marihuana, que está clasificada como una sustancia controlada de "Lista I". Sustancias controladas de la Lista I son aquellas drogas con un alto potencial de abuso, sin uso médico actualmente aceptado en el tratamiento en el Estados Unidos, y para los que existe una falta de seguridad aceptada para el uso del droga u otra sustancia bajo supervisión médica. Las sustancias controladas de la Lista I incluyen drogas como la heroína y el LSD. Debido a que la marihuana está clasificada en esta categoría de sustancias controladas según la CSA, la la venta de marihuana sigue siendo una violación de la ley federal, incluso si está permitido en un número creciente de estados.

Varios proyectos de ley (incluido el Ley de Oportunidad, Reinversión y Eliminación de Marihuana de 2020, que fue aprobada por la Cámara en diciembre de 2020 con una votación de 228 a 164, y la Ley de Administración y Oportunidades de Cannabis, un proyecto de ley presentado por los senadores Booker, Schumer y Wyden en julio de 2021) que buscan eliminar la marihuana de la definición de sustancia controlada de la Lista I según la CSA. El 1 de abril de 2022, la Cámara aprobó legislación despenalizar la marihuana a nivel federal. Si bien el Departamento de Justicia no ha dado prioridad a enjuiciar a las empresas que cumplen con la ley estatal, la mera posibilidad de un enjuiciamiento federal, por mínima que sea, puede disuadir a las empresas de ingresar y/o participar en la industria de la marihuana.

Existen importantes consecuencias relacionadas con los impuestos federales para las empresas involucradas en el “tráfico” de marihuana, incluso en los estados que han legalizado (o despenalizado) su uso. La sección 61(a)(2) del Código de Rentas Internas establece que, con el fin de calcular el ingreso sujeto a impuestos, el “ingreso bruto” de una persona o empresa incluye “todos los ingresos de cualquier fuente derivados”, incluidos los “ingresos derivados de negocios”. ” Esto incluye ingresos de fuentes ilegales. Los tribunales federales han ratificado sistemáticamente las determinaciones del Servicio de Impuestos Internos de que los negocios relacionados con la marihuana, incluidos los dispensarios de marihuana que cumplen con los requisitos del estado, han Ingreso imponible. Estas empresas también deben pagar impuestos sobre el empleo.

Si bien las empresas generalmente pueden deducir de sus ingresos brutos “todos los gastos ordinarios y necesarios pagados o incurridos durante el año tributario al realizar [la] industria o negocio” de conformidad con la sección 162(a), existen excepciones. La Sección 280E, promulgada en 1982, prohíbe que las empresas deduzcan gastos de sus ingresos brutos si la empresa consiste en el "tráfico" ilegal de sustancias controladas de la Lista I o II. Debido a que la marihuana todavía está clasificada como una sustancia controlada de la Lista I según la ley federal, todos los negocios de cannabis entran en la categoría de tráfico de drogas y tienen prohibido cancelar gastos comerciales legítimos. (Del mismo modo, debido a que la marihuana no es un curso de tratamiento médico reconocido a nivel federal, los contribuyentes individuales están prohibido reclamar gastos asociados como deducciones detalladas en el Anexo A de su declaración de impuestos del Formulario 1040).

Hay una excepción para el costo de los bienes vendidos (COGS); las empresas de marihuana pueden compensar sus ingresos brutos por su COGS, incluso para productos considerados sustancias controladas según la ley federal. Aun así, los negocios relacionados con la marihuana terminan pagando impuestos federales sobre beneficio bruto más bien que los ingresos netos.

Revisiónple. Un minorista de marihuana tiene ingresos brutos de $1,000,000. Gastó $750,000 en COGS e incurrió en otros $200,000 en gastos comerciales (que no son deducibles según la Sección 280E). Suponiendo una tasa impositiva efectiva del 30 por ciento, el minorista de marihuana tiene una carga impositiva federal de $75,000 250,000 ($0.30 200,000 de ingresos imponibles x 15,000). Si se le hubiera permitido a la empresa deducir los otros $50,000 0.30 en gastos comerciales, su carga tributario se habría reducido a $XNUMX XNUMX ($XNUMX XNUMX de ingresos imponibles x XNUMX).

En el ejemplo anterior, el minorista de marihuana incurrió en una carga tributario cinco veces mayor que su contraparte comercial no relacionada con la marihuana debido a la Sección 280E. El minorista de marihuana no solo está efectivamente gravado con una tasa más alta, sino que un negocio relacionado con la marihuana puede tardar más en recuperar sus gastos iniciales y obtener ganancias que otros negocios.

Además, en parte porque las leyes federales limitan significativamente el acceso a las instituciones financieras para los negocios relacionados con la marihuana, muchos de estos negocios operan solo en efectivo. Si la empresa recibe un pago en efectivo de más de $10,000, debe presentar una Formulario 8300 con el IRS. Dichos negocios tienen la necesidad de pagar impuestos federales en efectivo, y esto solo se puede lograr en las oficinas designadas donde el IRS puede aceptarlo. La legislación diseñada para brindar a las empresas relacionadas con la marihuana un acceso más directo a los servicios bancarios facilitaría que el IRS recaude los impuestos que deben esas empresas, Secretaria del Tesoro, Janet Yellen reconoció durante una audiencia en el Congreso el 1 de diciembre de 2021.

Conclusión

Independientemente de sus puntos de vista personales o políticos, o si este tratamiento dispar es justo o no, los contribuyentes involucrados en la producción, distribución o venta de marihuana deben ser conscientes de que existen importantes desafíos de impuestos federales sobre la renta que se aplican a esta industria y comprender el consecuencias tributarios. Para su crédito, el IRS publicó recientemente una guía aquí and on IRS.gov/marihuana, educando e informando a los dueños de negocios relacionados con la marihuana sobre los desafíos específicos que pueden enfrentar. Hasta que el Congreso cambie la ley eliminando la marihuana de la definición de sustancia controlada de la Lista I según la CSA, estas empresas no tienen derecho a reclamar deducciones y gastos como otras empresas y deben comprender las consecuencias tributarios federales al realizar sus negocios.

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Las opiniones expresadas en este blog son únicamente las del Defensor del Contribuyente Nacional. El Defensor del Contribuyente Nacional presenta una perspectiva independiente del contribuyente que no refleja necesariamente la posición del IRS, el Departamento del Tesoro o la Oficina de Administración y Presupuesto.

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