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MSP # 20: DETECCIÓN DE FRAUDE

El IRS ha realizado mejoras en sus sistemas de detección de fraudes, pero estos sistemas aún seleccionan incorrectamente a un número significativo de contribuyentes legítimos, lo que genera retrasos en los reembolsos

Recomendaciones de TAS y respuestas del IRS

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RECOMENDACIÓN TAS # 20-1

Amplíe la Cumbre de Seguridad al incluir participantes del sector financiero, el sector bancario, el sector comercial y los sectores de defensa de la privacidad y el consumidor.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: La recomendación tal como está redactada se ha aplicado plenamente. La Cumbre de Seguridad actualmente incluye socios en los sectores financiero y bancario, software de impuestos comerciales y nómina.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: Esta respuesta no aborda completamente la recomendación del Defensor del Contribuyente Nacional. La Cumbre de Seguridad no incluye representantes de los sectores de consumidores y defensores de la privacidad. Al considerar cómo detectar y prevenir el fraude de reembolsos, es fundamental que las organizaciones de diversos orígenes tengan un lugar en la mesa, asegurando así el libre intercambio de ideas y perspectivas. Incluir grupos de defensa de la privacidad y del consumidor en la Cumbre de Seguridad sería otra voz que aboga por la protección de la información de los contribuyentes y cómo esa información se utiliza para detectar y prevenir el fraude. La relevancia y el éxito de la Cumbre de Seguridad serán limitados si no se incluye a una amplia gama de participantes. TAS seguirá abogando por la inclusión de representantes de estos grupos.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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RECOMENDACIÓN TAS # 20-2

Revisar los estatutos de la Cumbre de Seguridad para ampliar su alcance e incluir el fraude de reembolsos no relacionados con el robo de identidad.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: El IRS no planea implementar la recomendación. Después de una discusión significativa con nuestros socios al inicio de la Cumbre de Seguridad en 2015, hubo un acuerdo para enfocarse estrictamente en IDT. El fraude por robo de identidad no es un concepto mucho más amplio que podría incluir temas tan variados como lavado de dinero, abusos de créditos reembolsables, criptomonedas, fraude comercial, deducciones falsas o la economía sumergida.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: El éxito y la relevancia de la Cumbre de Seguridad seguirán siendo limitados si los participantes no tienen la libertad de discutir los problemas y las soluciones que rodean el fraude de reembolsos no relacionados con IDT. La inclusión del fraude de reembolsos no relacionados con IDT en el estatuto de la Cumbre de Seguridad podría definirse de manera más estricta que lo que el IRS estableció en su respuesta aquí. Parece probable que los departamentos de ingresos estatales estén interesados ​​en discutir el fraude de reembolsos no relacionado con IDT con otras partes interesadas, ya que continúa afectando a esas agencias, así como al IRS. Es fundamental para el éxito de la Cumbre de Seguridad y para los esfuerzos de prevención del fraude del IRS que la Cumbre esté diseñada de una manera que promueva el libre intercambio de ideas y soluciones para combatir una variedad de fraudes, no solo el fraude IDT.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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RECOMENDACIÓN TAS # 20-3

Restablezca el proceso de 11 semanas, lo que requiere que el IRS libere el reembolso o tome alguna otra acción en la cuenta, como solicitar información adicional al contribuyente o enviar un aviso de rechazo.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: “En 2015, el Inspector General del Tesoro para la Administración Tributaria (TIGTA) realizó una revisión de los procesos de Operación de Verificación e Integridad (IVO) del IRS para garantizar que los reembolsos de impuestos no se liberen por error (Número de referencia de TIGTA: 2016-40-006, Se necesitan mejoras para garantizar mejor que los reembolsos reclamados por declaraciones de impuestos potencialmente fraudulentas no se realicen por error). La revisión de TIGTA identificó reembolsos fraudulentos para las declaraciones de impuestos del año 2013 que se publicaron sistemáticamente debido al vencimiento de la retención de reembolso de 11 ciclos, a pesar de que IVO tenía controles establecidos para colocar marcadores de reembolso vigentes en declaraciones cuestionables. Para abordar este problema, TIGTA recomendó que el IRS coloque un marcador de retención de reembolso vigente en la cuenta del contribuyente hasta que se complete la revisión de IVO para evitar reembolsos erróneos. El IRS implementó esta recomendación el 29 de octubre de 2015, mediante el desarrollo de un marcador que genera un congelamiento de reembolso vigente y permite la liberación sistémica cuando se verifican los ingresos y las retenciones.

Esta decisión de política de implementar un congelamiento de reembolsos vigente no cambió ninguno de los procesos de IVO implementados para garantizar que las acciones de detección y verificación se tomen a tiempo. De hecho, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) está comprometido a equilibrar una mayor detección de fraude en los reembolsos y la protección de los ingresos con las preocupaciones sobre la carga de los contribuyentes. Según la legislación promulgada recientemente, la fecha límite para informar la compensación de empleados y no empleados a la Administración del Seguro Social (SSA) se ha acelerado efectivamente hasta el 31 de enero, comenzando en el año calendario 2017. Mejoras a los sistemas del IRS que permiten que se procese la información de ingresos recibida de la SSA y, a su vez, el aprovechamiento de los ingresos sistémicos y la verificación de retenciones permiten la liberación de reembolsos relacionados con devoluciones legítimas con mayor rapidez. Como resultado, las consultas sobre reembolsos que requieren remisión a IVO en el Formulario 4442, Remisión de consultas, de otras funciones del IRS se redujeron en más del 50% al comparar del 1 de enero al 30 de septiembre de 2016 con el 1 de enero al 30 de septiembre de 2017. Solicitudes de asistencia operativa de Los Servicios de Defensa del Contribuyente referidos al IVO también se redujeron en más del 35% para el mismo período.

Revisamos los resultados de la programación y los procesos implementados a lo largo de cada temporada de presentación. Durante una revisión del año de procesamiento 2016, IVO se dio cuenta de que había limitaciones que impedían que el Aviso CP05, Información sobre su reembolso - Reembolso en espera de una revisión más exhaustiva, se generara sistemáticamente en cada declaración enviada para verificación de ingresos. Como resultado, para el año de procesamiento 2017 generamos la Carta 4464C, Carta de notificación de terceros de reembolso cuestionable, a través de un proceso por lotes para todas las declaraciones enviadas para verificación para garantizar que todos los contribuyentes sean notificados del retraso en el reembolso. La Carta 3C también proporciona al contribuyente un plazo previsto para recibir el reembolso u otra correspondencia del IRS solicitando documentación adicional para corroborar el ingreso o la retención reclamada en la declaración; "

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: La respuesta del IRS no aborda la recomendación del Defensor del Contribuyente Nacional. Los pasos articulados en la respuesta anterior se enfocan en notificar a los contribuyentes que su reembolso se ha retrasado, pero no implementa plazos en los que se deben tomar acciones, como un período de tiempo de 11 semanas, y luego permite excepciones si existen razones importantes para por qué ese período de tiempo debe extenderse. El hecho de que más de un tercio de las devoluciones seleccionadas en el programa IVO se mantuvieran más allá de las 11 semanas ilustra la necesidad de una garantía sobre cuánto tiempo se puede retener un reembolso. Además, los resultados de la temporada de presentación de impuestos de este año son bastante diferentes a los datos del IRS establecidos anteriormente y muestran que los contribuyentes se ven afectados por las demoras en los reembolsos. Los casos de IVO han aumentado y superado cualquier otro problema en TAS. Específicamente, en el año tributario (AF) 2018, la verificación de salario previo al reembolso es actualmente el problema número uno entre los recibos de casos de TAS (con un aumento del 180 por ciento desde el año anterior, hasta mayo), reemplazando el robo de identidad como el problema principal por primera vez. tiempo desde 2011.5 El IRS reitera en su respuesta que está preocupado por la carga sobre los contribuyentes en este programa, sin embargo, una y otra vez parece dispuesto a aceptar altos FPR y largas demoras en los reembolsos como daño colateral en sus esfuerzos por combatir el fraude de reembolsos.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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4.

RECOMENDACIÓN TAS # 20-4

Establezca una línea telefónica directa a la unidad IVO y proporcione información a través de la aplicación “¿Dónde está mi reembolso?” A aquellos contribuyentes cuyos reembolsos se retienen debido a sospecha de fraude.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Actualmente, el IVO utiliza múltiples métodos para realizar la verificación de ingresos y la retención de declaraciones potencialmente fraudulentas, que pueden incluir llamadas telefónicas de entrada a los empleadores para verificar los ingresos declarados en la declaración de contribuyentes. Todas las declaraciones enviadas para verificación durante el año de procesamiento 2017 generarán una Carta 4464C para garantizar que todos los contribuyentes sean notificados sobre la demora en el reembolso y la posible verificación de terceros. La Carta 4464C también proporciona al contribuyente un plazo previsto para recibir el reembolso u otra correspondencia del IRS solicitando documentación adicional para corroborar el ingreso o la retención reclamada en la declaración, como parte de los flujos de tratamiento de desautorización correspondientes. Los contribuyentes pueden recibir ayuda llamando al número gratuito regular (1-800-829-1040), que figura en la Carta 4464C. Los asistentes telefónicos asignados para responder llamadas en este número están capacitados para responder a consultas sobre retenciones de reembolsos y reenviar referencias a IVO de manera rápida, si es necesario. Debido a que los ingresos y las retenciones deben ser verificados y corroborados por el empleador o con documentación adicional del contribuyente, el contacto telefónico directo con el contribuyente dentro de IVO no aceleraría la resolución.

El IRS tiene la intención de actualizar la aplicación "¿Dónde está mi reembolso?" (WMR) para aquellos contribuyentes cuyos reembolsos se retienen debido a sospecha de fraude, cuando los recursos lo permitan.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: La respuesta del IRS no aborda las preocupaciones del Defensor del Contribuyente Nacional. Los contribuyentes son informados en el aviso inicial de IVO de los plazos previstos en los que se resolverá el asunto, aproximadamente sesenta días. Pero como se mencionó anteriormente, aproximadamente un tercio de las declaraciones seleccionadas en el programa IVO durante la temporada de presentación de 2017 se llevaron a cabo más allá del plazo establecido en el aviso. Una forma en que el IRS podría mejorar el servicio al cliente y eliminar la necesidad de que los contribuyentes llamen al IRS es ser más informativo en la Carta inicial 4464C, Carta de notificación de terceros de reembolsos cuestionables. Por ejemplo, la carta debe indicarle al contribuyente que verifique sus documentos de ingresos con lo que se informó en la declaración para asegurarse de que no haya inexactitudes en la presentación. Si se cometió un error, la carta también debe indicar al contribuyente que presente una declaración enmendada. Esto aliviaría la necesidad de que el contribuyente se comunique con el IRS para determinar cómo corregir el problema cuando se cometió un error inadvertido. Además, el IRS debe incluir instrucciones de procedimiento para que los representantes de servicio al cliente proporcionen esta información cuando los contribuyentes se comuniquen con el IRS.

Cuando el reembolso se haya retenido más allá de ese plazo, es razonable que el contribuyente llame al número 1-800 que figura en el aviso para solicitar información sobre el reembolso. Sin embargo, el asistente en la otra línea no puede determinar qué información de devolución está causando la demora, ya que no tiene acceso al sistema de administración de casos de IVO o instrucciones sobre cómo corregir los errores de notificación. Hacer que el asistente se comunique con el programa IVO con respecto a la demora provoca un intercambio innecesario entre el IRS y el contribuyente y coloca al asistente de servicio al cliente en la posición de determinar si la consulta del contribuyente es digna o no de una remisión de IVO. Es importante notar cuán drásticamente diferente es esta interacción de las interacciones que el contribuyente puede tener con un asistente cuando la declaración está bajo auditoría, donde el asistente podría proporcionar detalles sobre qué artículo se está examinando y qué debe proporcionar el contribuyente. para resolver el problema. Aunque el IRS no caracteriza una retención de reembolso como parte de la verificación de ingresos y la retención como una auditoría, para el contribuyente, la experiencia se siente como una auditoría y, por lo tanto, el Defensor Nacional del Contribuyente la ha calificado de “auditoría irreal”. Este es un servicio al cliente deficiente y conduce a la frustración de parte del contribuyente y está muy por debajo de los derechos del contribuyente a estar informado y a un servicio de calidad.

El Defensor del Contribuyente Nacional se complace de que el IRS esté dispuesto a hacer ajustes a su función ¿Dónde está mi reembolso? Pero encuentra que su respuesta es demasiado vaga para ser significativa. Si brindar un servicio al cliente adecuado a los contribuyentes es realmente una prioridad, junto con el derecho del contribuyente a estar informado, habría identificado y asegurado los recursos necesarios para realizar este cambio y habría proporcionado una fecha de finalización esperada. Debido a la vaguedad de esta respuesta, la recomendación solo puede considerarse "no aprobada".

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A