La legislación de la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica por el Coronavirus (CARES por sus siglas en inglés) permite una primera ronda de pagos de impacto económico, distribuidos durante el año 2020 antes del 31 de diciembre, por el Servicio de Impuestos Internos como anticipo del Crédito de recuperación de reembolso (RRC). Estos pagos se emitieron automáticamente, excepto para los contribuyentes que normalmente no están obligados a presentar una declaración de impuestos. A los contribuyentes que normalmente no están obligados a presentar una declaración se les dio la oportunidad hasta el 21 de noviembre de 2020 de presentar una declaración de impuestos simplificada o usar un formulario especial. Personas que no presentan declaraciones: ingrese la información de pago aquí del IRS para reclamar un pago.
Esta ronda de EIP para contribuyentes con información de depósito directo existente en el declarar impuestos comenzó la semana del 13 de abril de 2020 y, en la mayoría de los casos, los pagos continuaron emitiéndose hasta el 31 de diciembre de 2020.
La Ley de Apropiaciones Suplementarias de Respuesta y Alivio del Coronavirus de 2021 permite una segunda ronda de EIPs pagos (EIP2). Estos pagos estuvieron disponibles a partir del 4 de enero de 2021 y se emitieron hasta mediados de enero.
Los pagos de EIP2 también fueron automáticos para los contribuyentes elegibles que presentaron una declaración de impuestos de 2019, aquellos que reciben beneficios de jubilación, sobreviviente o discapacidad (SSDI) del Seguro Social, beneficios de jubilación ferroviaria, así como Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) y beneficiarios de Asuntos de Veteranos que no presentar una declaración de impuestos. Los pagos también fueron automáticos para cualquier persona que se registró con éxito para el primer EIP en línea en IRS.gov utilizando la herramienta Non-Filers de la agencia antes del 21 de noviembre de 2020, o que presentó una declaración de impuestos simplificada que había sido procesada por el IRS.
Visite IRS.gov para ver las páginas pagos de impacto económico , esta Declaración del IRS sobre los segundos Pagos de impacto económico o la página Preguntas y respuestas sobre el segundo pago de impacto económico para ver más información.
¿Quién es elegible y por qué monto?
Primera ronda de los EIPs (abril a diciembre del 2020)
Basado en la información de la declaración de impuestos del 2018 o del 2019, los contribuyentes elegibles podrían calificar para un monto de hasta $1,200 cada uno, o hasta $2,400 si presentan una declaración conjunta, y hasta $500 por cada hijo calificado.
Un hijo calificado es aquel que fue reclamado como dependiente en la última declaración de impuestos presentada, bien sea para el año tributario 2019 o para el año tributario 2018, y que no cumplirá los 17 años para el 31 de diciembre del 2020. Este es el mismo criterio que se usa para determinar la elegibilidad para el Crédito tributario por hijos.
La cantidad bruta del pago, basada en las declaraciones de impuestos del 2018 o del 2019, se reduce en $5 por cada $100 ganados por encima de $75,000 para contribuyentes solteros, $112,500 para contribuyentes jefes de hogar y $150,000 para contribuyentes que presentan declaraciones conjuntas. Los contribuyentes solteros con ingresos superiores a $99,000, $136,500 para contribuyentes jefes de hogar y $198,000 para contribuyentes que presentan declaraciones conjuntas sin hijos cualificados, no son elegibles y no recibirán pagos.
Segunda ronda de los EIPs (enero del 2021)
Por lo general, los ciudadanos estadounidenses y los residentes extranjeros que no son elegibles para ser reclamados como dependientes en la declaración de impuestos sobre la renta de otra persona, son elegibles para este segundo pago hasta $600 para individuos o $1,200 para parejas casadas que presentan una declaración conjunta y hasta $600 por cada hijo calificado.
Similar al primer EIP, pero basado en la declaración de impuestos del 2019, si tiene un ingreso bruto ajustado que no excede los $ 75,000 para individuos, $ 112,500 para contribuyentes que declaran como cabeza de familia o $ 150,000 para parejas casadas que presentan declaraciones conjuntas y cónyuges sobrevivientes, recibirá el monto total del segundo pago. Para los contribuyentes con ingresos superiores a estas cantidades, el monto del pago se reduce en un 5 por ciento del monto por el cual el ingreso bruto ajustado excede el umbral aplicable mencionado anteriormente.
¿Quién no es elegible?
Los contribuyentes inelegibles son aquellos:
- Contribuyentes que fueron declarados dependientes en la declaración de impuestos de 2019 de otra persona. Esto incluiría, por ejemplo, a un hijo, estudiante o un dependiente mayor que se pueda reclamar en la declaración de impuestos de los padres.
- Contribuyentes que se consideran extranjeros no residentes que presentan o presentarían el Formulario 1040-NR o el Formulario 1040NR-EZ.
- Contribuyentes que no tienen un SSN válido para trabajar que haya sido emitido antes de la fecha de vencimiento de su declaración de impuestos del 2019 (incluyendo cualquier extensión).
- Personas que murieron antes del 2020.
- Un patrimonio o fideicomiso.
Contribuyentes que residen en Samoa Americana, Guam, Puerto Rico, las Islas Vírgenes y las Islas Marianas Septentrionales.
En general, las autoridades tributarios de estos cinco territorios de los Estados Unidos de Norteamerica, proporcionarán el Crédito de recuperación de reembolso (RRC) a residentes elegibles. Los residentes del territorio deben dirigir sus preguntas sobre los EIPs recibidos en el 2020, enero del 2021 o el RRC del 2020 a las autoridades tributarios de los territorios donde residen.