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Instrucciones

El Estimador se divide en cinco pasos:

  1. El año tributario,
  2. Informacion del empleador,
  3. Información del empleado,
  4. Planes que ofreces y un
  5. Resumen de su crédito potencial.

Cuando haya terminado con cada paso, haga clic en "Siguiente" para continuar. Alternativamente, puede ir a cualquiera de los pasos haciendo clic en Pasos en el lado izquierdo del estimador.

Si cumple con los requisitos que verifica el estimador, el último paso mostrará un resumen de su crédito potencial. Recuerde, el crédito potencial es una estimación solo con fines de planificación tributario. Para determinar el monto real del crédito, debe completar Formulario 8941 y adjúntelo junto con cualquier otro formulario apropiado y preséntelo junto con su declaración de impuestos.

Paso uno: año tributario

El estimador comienza preguntando por el año tributario para el que está reclamando el crédito.

Paso dos: su información

Este paso le pedirá su información:

  • Su parte de las primas. Ingrese solo las primas que pagó por la cobertura de seguro médico según un acuerdo de calificación para sus empleados elegibles.
    • Programas de bienestar. Si paga parte o todo el costo de la participación de un empleado en un programa de bienestar, incluya la cantidad que pagó.
    • Recargos por tabaco. Si paga una parte o la totalidad del recargo por tabaco de un empleado, Rechazar incluya la cantidad que pagó.
    • Cobertura de dependientes. Si paga una parte o la totalidad de la cobertura de dependientes de un empleado, incluya la cantidad que pagó.
    • Acuerdo de reducción de salario bajo un plan de cafetería de la sección 125. Las primas pagadas a través de este acuerdo son no tratada como una prima pagada por el empleador. No incluir esta cantidad.
  • Los subsidios estatales o los créditos tributarios que recibió (si no recibió ninguno, déjelo en blanco).
    • Ingrese cualquier crédito tributario estatal o subsidio estatal a la prima que se le pague directamente a usted o directamente a su proveedor de seguros.
  • Impuestos sobre la nómina para empleadores elegibles exentos de impuestos.

Si es un empleador elegible exento de impuestos, el crédito no puede exceder la cantidad de ciertos impuestos sobre la nómina. Para este propósito, los impuestos sobre la nómina significan solo los siguientes impuestos:

  • Los impuestos federales sobre la renta que debió retener de los salarios de los empleados durante el año calendario,
  • Los impuestos al Medicare que debió retener de los salarios de los empleados durante el año calendario, y
  • Los impuestos de Medicare que debía pagar por el año calendario.

Paso tres: sus empleados

Este paso solicitará información sobre sus empleados: la cantidad de empleados que trabajaron al menos 2,080 horas durante el año, el total de horas que trabajaron sus otros empleados y el salario total que pagó.

Deje en blanco los campos que no le corresponden.

Empleados elegibles

Incluya solo la información para su elegible empleados. La información sobre empleados elegibles y excluidos está disponible en El credito sección y en los Términos clave.

Paso cuatro: planes que ofrece

Este paso le pedirá que ingrese el nombre de cada plan, el estado donde se ofrece, las primas para cada nivel de cobertura y cuánto paga por la cobertura.

  • Programa de bienestar. Si un plan ofrece un programa de bienestar, Rechazar incluir el monto atribuible al programa.
  • Recargos por tabaco. Si un plan tiene un recargo por tabaco, Rechazar incluir el monto atribuible al recargo.
  • Cobertura para dependientes y planes dentales independientes. Si un plan ofrece cobertura solo para dependientes o si ofrece planes dentales independientes, incluya esos planes.

Puede encontrar más información sobre los montos a ingresar en el Instrucciones para el Formulario 8941.

Puede especificar la cantidad en dólares que paga o el porcentaje de cada nivel.

Deje en blanco los campos que no le corresponden.

Para cada plan, ingrese el número de sus empleados inscritos en cada nivel. Cuando esté completo, haga clic en "Agregar" para agregar el plan a la lista. Haga esto para cada plan que ofrezca.

El estimador enumerará cada plan que agregó y verificará cada uno de sus planes para conocer los requisitos de uniformidad y mostrará si cumple con los requisitos bajo el encabezado "Uniforme". Solo puede reclamar el crédito para los planes que cumplan con este requisito, por lo que debe tener al menos un plan que lo haga.

Paso cinco: resumen

Si es elegible para el crédito, esto le mostrará un resumen de su crédito y cómo se determinó.

Si no es elegible, esto le mostrará el motivo.

Recuerde

Este estimador solo proporcionará una estimación de su crédito potencial para fines de planificación tributario. No calcula su crédito real. Para determinar el monto real del crédito, debe completar Formulario 8941 y adjúntelo junto con cualquier otro formulario apropiado y preséntelo junto con su declaración de impuestos.

TÉRMINOS CLAVE

Empleados elegibles

En general, todos los empleados que prestan servicios para usted durante el año tributario se tienen en cuenta para determinar sus FTE, los salarios anuales promedio y las primas pagadas.

Por lo general, puede calcular sus FTE sumando las horas de servicio de todos sus empleados y luego dividiendo eso por 2,080 (que es un empleado de tiempo completo, 40 horas a la semana a 52 semanas al año).

Ex empleados

Las primas pagadas en nombre de un ex empleado sin horas de servicio pueden tratarse como pagadas en nombre de un empleado a los efectos de calcular el crédito siempre que, si se trata así, el ex empleado también sea tratado como un empleado a los efectos del uniforme requisito de porcentaje.

Empleados arrendados

No use las primas pagadas por la organización de arrendamiento para calcular su crédito. Además, un empleado arrendado que no es un empleado de derecho consuetudinario se considera un empleado a efectos crediticios si hace todo lo siguiente:

  • Le brinda servicios bajo un acuerdo entre usted y una organización de arrendamiento,
  • Ha realizado servicios para usted (o para usted y una persona relacionada) sustancialmente a tiempo completo durante al menos 1 año, y
  • Realiza servicios bajo su dirección o control principal.

Pero no utilice las horas, los salarios o las primas pagadas con respecto al año inicial de servicio en el que se basa el estado del empleado arrendado.

Empleados de temporada

Los empleados que realizan labores o servicios de forma estacional y realizan labores o servicios para usted durante 120 días o menos durante el año tributario no se consideran empleados para determinar los FTE y los salarios anuales promedio. Pero las primas pagadas en su nombre se cuentan para determinar el monto del crédito.

Los trabajadores estacionales incluyen a los trabajadores minoristas empleados exclusivamente durante las temporadas de vacaciones. Los trabajadores estacionales también incluyen a los trabajadores empleados exclusivamente durante el verano.

Empleados domésticos y otros empleados no comerciales

Los empleados domésticos y otros empleados que no prestan servicios en su oficio o negocio se consideran empleados si cumplen con los requisitos mencionados anteriormente. Un propietario único debe incluir empleados comerciales y no comerciales para determinar los FTE, los salarios anuales promedio y las primas pagadas.

Ministros

Un ministro que preste servicios en el ejercicio de su ministerio es tratado como trabajador por cuenta propia a los efectos del Seguro Social y Medicare.

Sin embargo, a los efectos del crédito, si un ministro es un empleado o un trabajador autónomo se determina mediante la prueba del derecho consuetudinario para determinar el estado del trabajador. Los ministros autónomos no se consideran empleados.

Empleados excluidos

Las siguientes personas no se consideran empleados cuando calcula este crédito. Las horas y los salarios de estos empleados y las primas pagadas por ellos no se cuentan cuando calcula su crédito.

  • El propietario de una empresa unipersonal.
  • Un socio en una sociedad.
  • Un accionista que posee (después de aplicar las reglas de propiedad constructivas de la sección 318) más del 2% de una corporación S.
  • Un accionista que posee (después de aplicar las reglas de propiedad constructiva de la sección 318) más del 5% de las acciones en circulación o las acciones que poseen más del 5% del poder de voto combinado total de todas las acciones de una corporación que no es una corporación S.
  • Una persona que posee más del 5% del capital o participación en las ganancias en cualquier otro negocio que no sea una corporación.
  • Miembros de la familia o un miembro del hogar que no es un miembro de la familia pero que califica como dependiente en la declaración de impuestos sobre la renta individual de una de las personas mencionadas anteriormente. Los miembros de la familia incluyen:
    • Un niño (o descendiente de un niño),
    • Un hermano o hermanastro,
    • Un padre (o antepasado de un padre),
    • Un padrastro,
    • Una sobrina o sobrino,
    • Una tía o un tío,
    • Un yerno, nuera, suegro, suegra, cuñado o cuñada.
    Un cónyuge también se considera un miembro de la familia para este propósito.

Empleadores elegibles exentos de impuestos

Un pequeño empleador exento de impuestos es un pequeño empleador elegible descrito en la Sección 501 (c) que está exento de impuestos según la Sección 501 (a). Un empleador exento de impuestos que no se describe en la Sección 501 (c) generalmente no es elegible para reclamar este crédito. Sin embargo, una cooperativa de agricultores exenta de impuestos sujeta a impuestos bajo la Sección 1381 puede reclamarlo como un crédito comercial general.

Horas de servicio

Cuente tanto el tiempo que sus empleados trabajaron para usted como el tiempo que usted les pagó (y se suponía que debía pagarles) por tiempo libre, como vacaciones, días festivos, enfermedad, incapacidad (incluida la discapacidad), despido, servicio de jurado, servicio militar, o excedencia.

Además, si alguno de sus empleados se tomó más de 160 horas de tiempo libre remunerado continuo (como se describe arriba), solo necesita contar las primeras 160 horas. Si sus empleados tienen más de 2,080 horas, solo cuente las primeras 2,080.

Pagos de primas netas

En el caso de que un empleador reciba un crédito tributario estatal o un subsidio estatal para proporcionar seguro médico a sus empleados, los pagos de primas netas son el exceso de los pagos de primas reales del empleador sobre el crédito tributario estatal o el subsidio estatal recibido por el empleador.

En el caso de un pago estatal directamente a una compañía de seguros (u otra entidad autorizada bajo la ley estatal para participar en el negocio de seguros), los pagos netos de la prima del empleador son los pagos de la prima real del empleador.

Si un programa administrado por el estado (como Medicaid u otro programa que realiza pagos directamente a un proveedor de atención médica o compañía de seguros en nombre de las personas y sus familias que cumplen con ciertas pautas de elegibilidad) realiza pagos que no dependen del mantenimiento de un empleador -proporcionado plan de salud grupal, esos pagos no se tienen en cuenta para determinar los pagos netos de la prima del empleador.

Limitación del impuesto sobre la nómina para pequeños empleadores exentos de impuestos

Si es un empleador exento de impuestos elegible, su crédito no puede exceder la cantidad de ciertos impuestos sobre la nómina. Los impuestos sobre la nómina, para este propósito, significan solo lo siguiente:

  • Los impuestos federales sobre la renta y los impuestos al Medicare que debía retener de los salarios de los empleados durante el año calendario.
  • Los impuestos de Medicare que debía pagar por el año calendario.

Estado

El estado es donde su empleado está inscrito en la cobertura. Se utiliza para determinar si se aplica la Limitación de la prima promedio estatal.

Limitación de la prima promedio estatal

El monto de los pagos de la prima que se tienen en cuenta al calcular el crédito se limita a los que habría realizado con el mismo acuerdo si se hubiera sustituido por la prima promedio para el mercado de grupos pequeños en el área de calificación en la que sus empleados se inscriben para la cobertura. la prima real.

Subsidios estatales y créditos tributarios

Su crédito puede reducirse si tiene derecho a un crédito tributario estatal o un subsidio de prima estatal por el costo de la cobertura de seguro médico que proporciona en virtud de un acuerdo de calificación a las personas consideradas empleados. El crédito tributario estatal puede ser reembolsable o no reembolsable y el subsidio estatal de la prima se le puede pagar a usted o directamente a su proveedor de seguros.

Aunque un crédito tributario estatal o un subsidio de prima que se le pague directamente a usted no reduce el monto de las primas pagadas por su empleador, y aunque un subsidio de prima estatal pagado directamente a un proveedor de seguros se trata como una prima del empleador que usted pagó, el monto de su crédito no puede ser más que los pagos netos de la prima. Los pagos de primas netas son las primas pagadas por el empleador menos la cantidad de los créditos tributarios estatales que recibió o recibirá y cualquier subsidio estatal de primas pagadas a usted o directamente a su proveedor de seguros por las primas de la cobertura de seguro de salud que usted proporciona en virtud de un acuerdo calificado a las personas consideradas empleados.

Salarios totales

Salarios, para este propósito, significan salarios sujetos a retención de impuestos del Seguro Social y Medicare determinados sin considerar ningún límite de base salarial. Si una persona no se considera un empleado o es un empleado excluido, su salario no cuenta. Esto incluye:

  • Salarios pagados a los empleados de temporada que trabajaron 120 días o menos durante el año tributario; y
  • Salarios pagados con respecto al año inicial de servicio en el que se basa la condición de empleado arrendado.

Los salarios o compensaciones pagados a los ministros que son empleados de derecho consuetudinario por los deberes desempeñados en el ejercicio de su ministerio no están sujetos a impuestos FICA y no son salarios como se define en § 3121 (a). Por tanto, no se tienen en cuenta los salarios de un ministro que es un empleado de derecho consuetudinario.

Año contributivo corto Si un empleador tiene un año contributivo corto, los salarios deben prorratearse (o anualizarse) al calcular el crédito. Por ejemplo, si un pequeño empleador ha estado en el negocio (y ha pagado primas) durante 6 meses durante su primer año contributivo, debe prorratear los salarios devengados para reflejar los 6 meses que el empleador ha estado en funcionamiento.