En general, todos los empleados que prestan servicios para usted durante el año tributario se tienen en cuenta para determinar sus FTE, los salarios anuales promedio y las primas pagadas.
Por lo general, puede calcular sus FTE sumando las horas de servicio de todos sus empleados y luego dividiendo eso por 2,080 (que es un empleado de tiempo completo, 40 horas a la semana a 52 semanas al año).
Ex empleados
Las primas pagadas en nombre de un ex empleado sin horas de servicio pueden tratarse como pagadas en nombre de un empleado a los efectos de calcular el crédito siempre que, si se trata así, el ex empleado también sea tratado como un empleado a los efectos del uniforme requisito de porcentaje.
Empleados arrendados
No use las primas pagadas por la organización de arrendamiento para calcular su crédito. Además, un empleado arrendado que no es un empleado de derecho consuetudinario se considera un empleado a efectos crediticios si hace todo lo siguiente:
- Le brinda servicios bajo un acuerdo entre usted y una organización de arrendamiento,
- Ha realizado servicios para usted (o para usted y una persona relacionada) sustancialmente a tiempo completo durante al menos 1 año, y
- Realiza servicios bajo su dirección o control principal.
Pero no utilice las horas, los salarios o las primas pagadas con respecto al año inicial de servicio en el que se basa el estado del empleado arrendado.
Empleados de temporada
Los empleados que realizan labores o servicios de forma estacional y realizan labores o servicios para usted durante 120 días o menos durante el año tributario no se consideran empleados para determinar los FTE y los salarios anuales promedio. Pero las primas pagadas en su nombre se cuentan para determinar el monto del crédito.
Los trabajadores estacionales incluyen a los trabajadores minoristas empleados exclusivamente durante las temporadas de vacaciones. Los trabajadores estacionales también incluyen a los trabajadores empleados exclusivamente durante el verano.
Empleados domésticos y otros empleados no comerciales
Los empleados domésticos y otros empleados que no prestan servicios en su oficio o negocio se consideran empleados si cumplen con los requisitos mencionados anteriormente. Un propietario único debe incluir empleados comerciales y no comerciales para determinar los FTE, los salarios anuales promedio y las primas pagadas.
Ministros
Un ministro que preste servicios en el ejercicio de su ministerio es tratado como trabajador por cuenta propia a los efectos del Seguro Social y Medicare.
Sin embargo, a los efectos del crédito, si un ministro es un empleado o un trabajador autónomo se determina mediante la prueba del derecho consuetudinario para determinar el estado del trabajador. Los ministros autónomos no se consideran empleados.