La La fecha de vencimiento del estatuto de evaluación (ASED) es el final del período de tiempo en el que el IRS puede evaluar impuestos con respecto a un año tributario en particular. La regla general es que la liquidación del impuesto debe hacerse dentro de tres años desde la fecha de recepción de una declaración de impuestos original o tres años a partir de la fecha de vencimiento de la declaración original, lo que ocurra más tarde.
El tiempo para evaluar impuestos puede extenderse
Si no presenta su declaración de impuestos voluntariamente, entonces el IRS puede evaluar el impuesto bajo el programa Declaración Sus (SFR, por sus siglas en inglés). Si su declaración se presentó bajo el programa SFR, no establece el límite de tiempo de tres años para que el IRS evalúe cualquier impuesto adicional. Esto significa que el IRS puede evaluar impuestos e impuestos adicionales en cualquier momento. Si decide presentar su declaración de impuestos, se establece un límite de tiempo de tres años y el IRS puede evaluar los impuestos durante este período. Puedes referirte al Tema 153.
El tiempo que el IRS puede evaluar el impuesto puede extenderse si está de acuerdo con el IRS al firmar una renuncia legal, o acuerdo de prórroga. Si el IRS propone una exención para extender el ASED, puede negociar el límite de tiempo propuesto para evaluar o negarse a firmar la exención.
Si omitió más del 25% de su ingreso bruto de una declaración de impuestos, el tiempo que el IRS puede evaluar aumentos de impuestos adicionales de tres a seis años a partir de la fecha en que presentó su declaración de impuestos.
Si presenta una declaración falsa o fraudulenta con la intención de evadir impuestos, el IRS tiene una cantidad ilimitada de tiempo para evaluar los impuestos.
El IRS no puede evaluar el impuesto después de que haya expirado el período de limitación de tiempo para la evaluación.
Puede encontrar información adicional sobre el vencimiento del tiempo para determinar el impuesto y la duración de las prórrogas en la Publicación 1035.