El Libro Púrpura 2025 presenta un resumen conciso de 69 recomendaciones legislativas que, según la Defensora Nacional del Contribuyente, fortalecerán los derechos de los contribuyentes y mejorarán la administración tributaria. La mayoría de las recomendaciones se han hecho en detalle en informes anteriores, pero otras se presentan en este libro por primera vez. La Defensora Nacional del Contribuyente considera que la mayoría de las recomendaciones presentadas en este volumen son reformas no controvertidas y de sentido común que los miembros del Congreso y sus comités de redacción de impuestos pueden encontrar útiles.
Destacamos las siguientes recomendaciones legislativas para atención particular, sin orden específico:
- Autorizar al IRS a establecer estándares mínimos de competencia para los preparadores de declaraciones de impuestos federales y revocar los números de identificación de los preparadores sancionados (Recomendación #4). El IRS recibe más de 160 millones de declaraciones de impuestos sobre la renta de personas individuales cada año, y la mayoría son preparadas por preparadores de declaraciones de impuestos remunerados. Si bien algunos preparadores de declaraciones de impuestos deben cumplir con los requisitos de licencia (por ejemplo: documentación que demuestre copropiedad de bienes, residencia compartida, recursos económicos combinados, declaraciones juradas de personas que lo conocen y que puedan dar fe de su relación y vida compartida, decretos o certificados de adopción, constancia de custodia legal de un niño adoptado durante un período de dos años, contadores públicos certificados, abogados y agentes registrados), la mayoría de los preparadores de declaraciones de impuestos no están acreditados. Numerosos estudios han descubierto que los preparadores no acreditados preparan desproporcionadamente declaraciones inexactas, lo que hace que algunos contribuyentes paguen de más sus impuestos y otros paguen de menos, lo que los somete a multas y cargos por intereses. Los preparadores no acreditados también impulsan gran parte de la alta tasa de pagos indebidos atribuible a reclamos incorrectos del EITC. En el año tributario 2023, se estimó que el 33.5 por ciento de los pagos del EITC, por un monto de $21.9 mil millones, fueron indebidos, y entre las declaraciones de impuestos que reclamaban el EITC preparadas por preparadores de declaraciones de impuestos pagados, el 96 por ciento del monto total en dólares de los ajustes de auditoría del EITC fue atribuible a declaraciones preparadas por preparadores no acreditados. Las leyes federales y estatales generalmente requieren que los abogados, médicos, corredores de valores, planificadores financieros, actuarios, tasadores, contratistas, operadores de vehículos de motor y barberos y esteticistas obtengan licencias o certificaciones y, en la mayoría de los casos, aprueben pruebas de competencia. Las administraciones de Obama, primero Trump y Biden han recomendado que el Congreso autorice al Departamento del Tesoro a establecer estándares mínimos de competencia para los preparadores de declaraciones de impuestos federales. Para proteger a los contribuyentes y al erario público, también recomendamos que el Congreso proporcione esta autorización, así como la autorización para que el Departamento del Tesoro revoque los números de identificación tributario de los preparadores (PTIN, por sus siglas en inglés) de los preparadores que hayan sido sancionados por conducta indebida.
- Ampliar la jurisdicción del Tribunal Tributario de Estados Unidos para conocer casos de reembolso (Recomendación #43). Según la legislación actual, los contribuyentes que deseen impugnar un ajuste de impuestos adeudados por el IRS pueden presentar una petición en el Tribunal Tributario de los Estados Unidos, mientras que los contribuyentes que hayan pagado sus impuestos y soliciten un reembolso deben presentar una demanda en un tribunal de distrito de los Estados Unidos o en el Tribunal de Reclamaciones Federales de los Estados Unidos. Litigar en un tribunal de distrito de los Estados Unidos o en el Tribunal de Reclamaciones Federales es generalmente más complicado: las tasas de presentación son relativamente altas, las normas de procedimiento civil son complejas, los jueces no suelen tener experiencia en materia tributario y es difícil proceder sin un abogado. Por el contrario, los contribuyentes que litigan sus casos en el Tribunal Tributario se enfrentan a una tasa de presentación baja de 60 dólares, pueden seguir normas procesales menos formales, por lo general se les asegura que sus posiciones serán consideradas de manera justa incluso si no las presentan bien debido a la experiencia tributario de los jueces del Tribunal Tributario y pueden representarse a sí mismos con mayor facilidad. Por estas razones, el requisito de que las reclamaciones de reembolso se litiguen en un tribunal de distrito de los Estados Unidos o en el Tribunal de Reclamaciones Federales priva de hecho a muchos contribuyentes del derecho a la revisión judicial de una denegación de reembolso del IRS. En el año tributario 2023, aproximadamente el 97 por ciento de todos los litigios relacionados con impuestos se resolvieron en el Tribunal Tributario. Recomendamos que el Congreso amplíe la jurisdicción del Tribunal Tributario para darles a los contribuyentes la opción de litigar todas las disputas tributarios, incluidas las reclamaciones de reembolso, en ese foro.
- Habilitar el programa de Clínica para Contribuyentes de Bajos Ingresos para ayudar a más contribuyentes en controversias con el IRS (Recomendación #65). El programa de Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) ayuda a los contribuyentes de bajos ingresos y a los contribuyentes que hablan inglés como segunda lengua. Cuando se estableció el programa LITC como parte de la Ley de Reestructuración y Reforma del IRS de 1998, la ley limitó las subvenciones anuales a no más de $100,000 por clínica. La ley también impuso un requisito de “equivalencia” del 100 por ciento, de modo que una clínica no pueda recibir más fondos de subvención de los que recauda de otras fuentes. La naturaleza y el alcance del programa LITC han evolucionado considerablemente desde 1998, y esos requisitos impiden que el programa amplíe la asistencia a un universo más amplio de contribuyentes elegibles. Recomendamos que el Congreso elimine el límite por clínica y permita que el IRS reduzca el requisito de contrapartida al 25 por ciento, en caso de que al hacerlo se amplíe la cobertura a más contribuyentes.
- Exigir al IRS que procese oportunamente las solicitudes de reembolso o crédito (Recomendación #2). Millones de contribuyentes presentan cada año solicitudes de reembolso al IRS. Según la legislación actual, no existe ningún requisito de que el IRS las pague o las niegue. Puede simplemente ignorarlas. La solución de los contribuyentes es presentar una demanda en un tribunal de distrito de los EE. UU. o en el Tribunal de Reclamaciones Federales de los EE. UU. Para muchos contribuyentes, esa no es una opción realista ni asequible. La ausencia de un requisito de procesamiento es un ejemplo de un gobierno que no responde. Si bien el IRS generalmente procesa las solicitudes de reembolso, estas pueden pasar meses e incluso años en un limbo administrativo dentro del IRS (y, a veces, lo hacen). Recomendamos que el Congreso exija al IRS que actúe sobre las solicitudes de crédito o reembolso en el plazo de un año e imponga ciertas consecuencias al IRS por no hacerlo.
- Permitir que expire la limitación a las deducciones por pérdidas por robo en la Ley de Empleos y Reducción de Impuestos para evitar estafas Las víctimas no pagan impuestos por las cantidades que les roban (Recomendación #54). Muchas estafas financieras implican el robo de activos de jubilación. En una estafa típica, un estafador puede hacerse pasar por un agente de la ley, convencer a la víctima de que sus ahorros de jubilación están en riesgo y persuadirla de que transfiera sus ahorros de jubilación a una cuenta que el estafador controla. Luego, el estafador se fuga con los fondos. Según el código tributario, el retiro de fondos de la cuenta de jubilación por parte de la víctima se considera una distribución sujeta al impuesto sobre la renta y, si la víctima tiene menos de 59 años y medio, también a un impuesto adicional del diez por ciento. Por lo tanto, la víctima no solo puede perder los ahorros de toda su vida, sino que también deba pagar una cantidad significativa de impuestos sobre los fondos robados. Antes de 2018, las víctimas de estafas generalmente podían reclamar una deducción por pérdida por robo para compensar las cantidades robadas incluidas en el ingreso bruto, pero la TCJA eliminó esta deducción. Recomendamos que el Congreso permita que expire esta limitación de la TCJA para que la deducción por robo vuelva a estar disponible en estas circunstancias.
- Extender la defensa de causa razonable para la multa por no presentar la declaración a los contribuyentes que dependen de preparadores de declaraciones para presentar electrónicamente sus declaraciones (Recomendación #31). La ley tributaria impone una multa de hasta el 25 por ciento del impuesto adeudado por no presentar una declaración de impuestos a tiempo, pero la multa se exime cuando el contribuyente puede demostrar que el incumplimiento se debió a una "causa razonable". La mayoría de los contribuyentes pagan a los preparadores de declaraciones de impuestos para que preparen y presenten sus declaraciones por ellos. En 1985, cuando todas las declaraciones se presentaban en papel, la Corte Suprema sostuvo que la confianza de un contribuyente en un preparador para presentar una declaración de impuestos no constituía una "causa razonable" para excusar la multa por incumplimiento de la presentación si la declaración no se presentó a tiempo. En 2023, un Tribunal de Apelaciones de EE. UU. sostuvo que la "causa razonable" tampoco es una defensa cuando un contribuyente confía en un preparador para presentar una declaración de impuestos electrónicamente. Por varias razones, a menudo es mucho más difícil para los contribuyentes verificar que un preparador de declaraciones ha presentado una declaración electrónicamente que verificar que una declaración se ha presentado en papel. Lamentablemente, muchos contribuyentes no están familiarizados con el proceso de presentación electrónica y no tienen los conocimientos tributarios necesarios para solicitar el documento correcto o la prueba de presentación. Penalizar a los contribuyentes que contratan a preparadores y hacen todo lo posible por cumplir con sus obligaciones tributarias es sumamente injusto y socava la política del Congreso de que el IRS fomenta la presentación electrónica de declaraciones. Según el fallo del tribunal, los contribuyentes astutos harían bien en pedir a sus preparadores que les entreguen copias en papel de sus declaraciones preparadas y luego las envíen ellos mismos por correo certificado para poder garantizar el cumplimiento. Recomendamos que el Congreso aclare que confiar en un preparador para presentar electrónicamente una declaración de impuestos puede constituir una "causa razonable" para la exención de la multa y ordenamos al Secretario que emita reglamentos que detallen lo que constituye el cuidado y la prudencia comerciales normales a los efectos de evaluar las solicitudes de causa razonable.
- Promover la coherencia con la decisión de la Corte Suprema. Böchler decisión estableciendo los límites de tiempo para Sujetar todos los litigios tributarios a doctrinas judiciales equitativas (Recomendación #45). Los contribuyentes que buscan una revisión judicial de determinaciones adversas del IRS generalmente deben presentar peticiones en la corte dentro de los plazos impuestos por la ley. Los tribunales están divididos sobre si los plazos de presentación pueden ser eximidos en circunstancias extraordinarias. La mayoría de los litigios tributarios se llevan a cabo en el Tribunal Tributario de los EE. UU., donde los contribuyentes deben presentar peticiones de revisión dentro de los 90 días a partir de la fecha de un aviso de deficiencia (150 días si está dirigido a una persona fuera de los Estados Unidos). El Tribunal Tributario ha sostenido que carece de la autoridad para eximir el plazo de presentación de 90 días (o 150 días) incluso, para dar un ejemplo claro, si el contribuyente tuvo un ataque cardíaco el día 75 y permaneció en coma hasta después de la fecha límite de presentación. Boechler, PC contra el ComisionadoEn las audiencias de debido proceso de Cobros, la Corte Suprema sostuvo que los plazos de presentación están sujetos a una “suspensión equitativa”. Recomendamos que el Congreso armonice las resoluciones judiciales contradictorias al disponer que todos los plazos de presentación para impugnar al IRS en los tribunales estén sujetos a una suspensión equitativa cuando la presentación oportuna sea imposible o poco práctica.
- Eliminar el requisito de que los recibos escritos que reconozcan las contribuciones caritativas deben ser “contemporáneo” (Recomendación #60). Para reclamar una contribución caritativa, el contribuyente debe recibir un acuse de recibo por escrito de la organización beneficiaria antes de presentar una declaración de impuestos. Por ejemplo, si un contribuyente aporta $5,000 a una iglesia, sinagoga o mezquita, presenta una declaración de impuestos reclamando la deducción el 1 de febrero y recibe un acuse de recibo por escrito el 2 de febrero, la deducción no es admisible, incluso si el contribuyente tiene recibos de tarjetas de crédito y otra documentación que justifiquen inequívocamente la deducción. Este requisito puede perjudicar a los contribuyentes con conciencia cívica que no se dan cuenta de lo estrictos que son los requisitos de tiempo y socava la política del Congreso para fomentar las donaciones caritativas. Recomendamos que el Congreso modifique las normas de justificación para exigir un acuse de recibo por escrito fiable, pero no necesariamente por adelantado, de la organización beneficiaria.
- Exigir que los avisos de error matemático describan los motivos del ajuste con especificidad, informen a los contribuyentes que pueden solicitar la reducción dentro de los 60 días y se envíen por correo certificado o registrado (Recomendación n.° 9). Cuando el IRS se propone evaluar un impuesto adicional, normalmente debe emitir un aviso de deficiencia al contribuyente, que le da la oportunidad de solicitar una revisión judicial en el Tribunal Tributario de los EE. UU. si el contribuyente no está de acuerdo con la posición del IRS. Sin embargo, en los casos en que un contribuyente comete un "error matemático o administrativo", el IRS puede pasar por alto los procedimientos de deficiencia y emitir un aviso de "error matemático" que evalúa sumariamente el impuesto adicional. Si un contribuyente no responde a un aviso de error matemático dentro de los 60 días, la evaluación se vuelve definitiva y el contribuyente habrá perdido el derecho a impugnar la posición del IRS en el Tribunal Tributario. Los avisos de error matemático a menudo no explican claramente el motivo del ajuste y no explican de manera destacada las consecuencias de no responder dentro de los 60 días. Recomendamos que el Congreso requiera que el IRS describa con especificidad el error que dio lugar al ajuste e informe a los contribuyentes que tienen 60 días (o 120 días si el aviso está dirigido a una persona fuera de los Estados Unidos) para solicitar que se elimine una evaluación sumaria, o perderán su derecho a la revisión judicial.
- Disponer que las sanciones evaluables estén sujetas a procedimientos de deficiencia (Recomendación #14). El IRS normalmente debe emitir un aviso de deficiencia que otorgue a los contribuyentes el derecho de apelar una determinación adversa del IRS en el Tribunal Tributario de los Estados Unidos antes de que pueda evaluar el impuesto.24 Sin embargo, en situaciones limitadas, el IRS puede evaluar multas sin emitir primero un aviso de deficiencia. Estas multas generalmente están sujetas a revisión judicial solo si un contribuyente primero paga las multas y luego demanda un reembolso. Las multas evaluables pueden ser sustanciales, a veces alcanzando los millones de dólares. Según la interpretación del IRS, estas multas incluyen, entre otras, las multas por presentación de información internacional según los artículos 6038, 6038A, 6038B, 6038C y 6038D del Código de Rentas Internas. La incapacidad de los contribuyentes de obtener una revisión judicial sobre una base previa a la evaluación y el requisito de que los contribuyentes paguen las multas en su totalidad para obtener una revisión judicial sobre una base posterior a la evaluación pueden privar efectivamente a los contribuyentes del derecho a una revisión judicial. Para garantizar que los contribuyentes tengan la oportunidad de obtener una revisión judicial antes de que se les exija pagar multas a menudo sustanciales que no creen que deben, recomendamos que el Congreso exija al IRS que emita un aviso de deficiencia antes de imponer multas evaluables.