Informe completo
El Código de Rentas Internas requiere que el Defensor del Contribuyente Nacional presente dos informes anuales al Comité de Medios y Arbitrios de la Cámara de Representantes y al Comité de Finanzas del Senado. Se requiere que el Defensor del Contribuyente Nacional presente estos informes directamente a los Comités sin ninguna revisión o comentario previo del Comisionado de Rentas Internas, el Secretario de Hacienda o la Oficina de Gerencia y Presupuesto. El primer informe, que debe presentarse antes del 30 de junio de cada año, debe identificar los objetivos de la Oficina del Defensor del Contribuyente para el año tributario que comienza en ese año calendario.