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Defensor del Contribuyente Nacional identifica temas prioritarios para el próximo año; Informes sobre inquietudes relacionadas con la revisión de organizaciones exentas

IR-2013-63SP, 26 de junio de 2013

WASHINGTON - La Defensora Nacional del Contribuyente Nina E. Olson publicó hoy su informe de mitad de año obligatorio por ley al Congreso que identifica los problemas prioritarios que el Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) abordará durante el próximo año tributario. El informe expresa una preocupación particular sobre el impacto de los recortes presupuestarios en la capacidad del IRS para satisfacer las necesidades de los contribuyentes, la falta de voluntad del IRS para emitir reembolsos completos a las víctimas de fraude en los preparadores de declaraciones de impuestos y las deficiencias en los procedimientos del IRS para ayudar a las víctimas de robo de identidad relacionado con los impuestos.

Además, Olson publicó un informe especial que examina el uso que hace el Servicio de Impuestos Internos de criterios cuestionables para seleccionar a los solicitantes para el estado exento de impuestos. El informe especial analiza las fuentes del problema y hace recomendaciones preliminares para abordarlas.

“Hoy, el IRS es una institución en crisis”, escribió Olson. “En mi opinión, sin embargo, la crisis real no es la que genera titulares. La verdadera crisis que enfrenta el IRS, y por lo tanto los contribuyentes, es una misión radicalmente transformada junto con una financiación inadecuada para cumplir esa misión. Como consecuencia de esta crisis, el IRS da una consideración limitada a los derechos de los contribuyentes o los principios fundamentales de la administración tributaria mientras lucha por hacer su trabajo ”.

Áreas de enfoque de TAS

El informe identifica los temas prioritarios en los que se enfocará la Defensoría del Contribuyente durante el próximo año tributario. El informe describe numerosos desafíos que enfrenta el IRS, que incluyen:

  • Aliviar el daño financiero sufrido por las víctimas del fraude de preparadores de declaraciones de impuestos.
  • Llevar a cabo una supervisión adecuada de la industria de preparación de declaraciones de impuestos.
  • Brindar un alivio efectivo, oportuno y centrado en el contribuyente a las víctimas de robo de identidad.
  • Utilizar alternativas de recaudación efectivas y oportunas para minimizar la carga de los contribuyentes mientras se reduce la cantidad y el monto en dólares de las cuentas de saldo adeudado.
  • Llevar a cabo educación y divulgación a los contribuyentes sobre sus responsabilidades bajo la Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio.
  • Resolver revocaciones erróneas del estado de exención de impuestos de pequeñas organizaciones bajo la sección 501 (c) (3) y no proporcionarles una apelación administrativa previa a la revocación.
  • Establecer “iniciativas de liquidación” menos draconianas y más razonables para los millones de contribuyentes que tienen razones legítimas para tener cuentas bancarias y financieras en el extranjero y cuya falla en presentar informes fue meramente negligente.
Olson expresa una preocupación particular por el impacto de los recortes al presupuesto del IRS en los servicios al contribuyente, los derechos del contribuyente y la recaudación de ingresos. Ella recomienda que el Congreso proporcione fondos suficientes para que el IRS satisfaga las necesidades de los contribuyentes. En particular, recomienda que se restauren los fondos para la capacitación de los empleados, que se ha reducido en un 83 por ciento desde el año tributario 2010, para que los empleados del IRS obtengan la educación y las habilidades profesionales que necesitan para administrar el sistema tributario de una manera que respete los derechos de los contribuyentes. “Lo último que un contribuyente con dificultades financieras debería tener que enfrentar es un aparato de recaudación del IRS poco capacitado”, escribió.
Informe especial sobre inquietudes relacionadas con la revisión de organizaciones exentas
Al abordar los problemas de la organización exenta (EO), la oficina del Defensor no tiene autoridad investigadora y no buscó duplicar otras investigaciones en curso. El informe analiza ampliamente los factores que contribuyeron al uso de criterios de selección cuestionables y retrasos en el procesamiento y ofrece 16 recomendaciones para abordarlos. El informe agrupa los factores contribuyentes en cuatro categorías: (1) falta de orientación y transparencia; (2) ausencia de controles y contrapesos adecuados; (3) fallas administrativas y de gestión; y (4) la “dificultad cultural” de EO con TAS.
Entre otras cosas (y como se indica a continuación), Olson recomienda que el Congreso promulgue un Derechos del Cotribuyente. En su prefacio al informe, detalla cómo las demoras en el procesamiento de la revisión de EO violaron 8 de esos 10 derechos de los contribuyentes.
Falta de orientación y transparencia
El estándar legal "principalmente" es vago y no desarrollado. La sección 501 (c) (4) del código tributario establece que una organización puede calificar para el estatus de exención de impuestos si es “operada exclusivamente para la promoción del bienestar social” (énfasis agregado). Las regulaciones del Tesoro estipulan que una “organización se opera exclusivamente para la promoción del bienestar social si se dedica principalmente a promover de alguna manera el bien común y el bienestar general de la gente de la comunidad” (énfasis agregado).
Dejando a un lado la pregunta de cómo "exclusivamente" llegó a definirse como "principalmente" (que es visto por algunos comentaristas como simplemente el 51%), hay muy poca orientación para guiar a los empleados del IRS a determinar si una organización está operando "principalmente" para las redes sociales. fines de bienestar o qué nivel de actividad de campaña política es permisible. Entre las preguntas abiertas:
  • ¿Existe un porcentaje fijo que deba usarse para medir si una entidad se dedica “principalmente” a actividades de bienestar social (por ejemplo, 51 por ciento)?
  • ¿Qué factor o factores controlan? Al tratar de medir si una entidad se dedica "principalmente" a actividades de bienestar social, uno podría centrarse en el porcentaje de los gastos de la entidad, el porcentaje del tiempo de la entidad, el porcentaje de correos electrónicos masivos o anuncios publicitarios de la entidad u otros factores.
  • Si el IRS considera múltiples factores, ¿deberían todos los factores recibir la misma ponderación y, de no ser así, cómo debería determinarse la ponderación relativa?
La ley no proporciona una guía directa para responder a estas preguntas. Para permitir que la función EO del IRS evalúe a los solicitantes para el estatus de la Sección 501 (c) (4) de manera consistente, el Defensor recomienda que el Congreso o el Departamento del Tesoro proporcionen estándares más claros.
No hay revisión judicial disponible para solicitantes de la Sección 501 (c) (4) rechazados o sin respuesta. Si la solicitud de una organización para el estado de la Sección 501 (c) (3) es rechazada o no se responde después de 270 días, la organización puede acudir a los tribunales para solicitar una sentencia declaratoria. Los solicitantes del estado de la Sección 501 (c) (4) no tienen ese derecho. El informe de The Advocate recomienda que el Congreso autorice el recurso judicial para los solicitantes de la Sección 501 (c) (4). Hacerlo les daría a las organizaciones que creen que han sido tratadas injustamente por el IRS el derecho a una revisión independiente, y permitiría a los tribunales ayudar a desarrollar pautas que ayudarían al IRS a aplicar el estándar “principalmente”.
El formulario de solicitud para organizaciones bajo la Sección 501 (c) (4) no formula preguntas clave. Los solicitantes del estado exento de impuestos según la Sección 501 (c) (4) deben completar el Formulario 1024 del IRS, Solicitud de reconocimiento de exención según la Sección 501 (a). Este formulario se actualizó por última vez en 1998, mucho antes de que el IRS comenzara a recibir una cantidad significativa de solicitudes de organizaciones que tienen la intención de participar en alguna actividad de campaña política. The Advocate recomienda que el IRS revise las preguntas en el Formulario 1024 para obtener la información necesaria al momento de la solicitud. Hacerlo reduciría la necesidad de que el IRS sobrecargue a las organizaciones con solicitudes posteriores de información y eliminaría la apariencia de partidismo, ya que las preguntas se plantearían a todos los solicitantes que participen en cualquier actividad de campaña política.
El IRS rara vez audita las operaciones de las organizaciones de la Sección 501 (c) (4) para determinar si, de hecho, operan "principalmente" para fines permitidos. Si se espera que el IRS se asegure de que las organizaciones a las que se les ha concedido el estado de la Sección 501 (c) (4) operen como dicen que lo harán, debe tener la capacidad de realizar auditorías periódicas. Para garantizar que las decisiones del IRS sobre qué organizaciones auditar sean objetivas, el Defensor recomienda que el IRS lleve a cabo una pequeña muestra de revisiones y luego desarrolle un modelo de riesgo para usar en las revisiones de cumplimiento de las organizaciones después de que hayan comenzado sus operaciones. El IRS puede utilizar la información desarrollada en estas auditorías para mejorar la orientación y crear campañas de divulgación y educación.
La función EO no publicó sus procedimientos en Internet, lo que potencialmente viola la ley y contribuye al problema. El IRS debe publicar en su sitio web todas las "instrucciones para el personal que afecten a un miembro del público", a menos que se aplique una exención. Incluso si se aplica una exención, las funciones del IRS deben aclarar la mayor parte de la orientación internamente con los propietarios de programas afectados y los “revisores especializados” como TAS. EO no aclaró con TAS ni publicó en Internet, ni siquiera en forma redactada, materiales de capacitación relevantes, cartas modelo utilizadas para solicitar información adicional, la hoja de verificación de selección utilizada por los empleados de EO en el proceso de determinaciones y otros documentos clave. El hecho de que EO no aclarara sus procedimientos con TAS y otras partes interesadas pasó por alto una importante salvaguarda de los derechos de los contribuyentes.
Si estos documentos hubieran sido examinados por TAS, TAS habría tenido la oportunidad de plantear inquietudes antes de la implementación. Si estos documentos se hubieran publicado en Internet, los miembros del público habrían tenido acceso a ellos, lo que les habría brindado una mayor transparencia y les habría permitido plantear inquietudes sobre prácticas indebidas. Los documentos clave de EO aún no se publican en Internet y TAS no ha podido ubicarlos en la intranet del IRS. La División de Entidades Gubernamentales y Exentas de Impuestos (TE / GE), de la cual EO forma parte, ha acordado compartir su orientación con TAS. The Advocate recomienda que el IRS adopte políticas de divulgación más amplias tanto en TE / GE como en todo el IRS.
Ausencia de controles y balances adecuados
El procesamiento del IRS de las solicitudes de la Sección 501 (c) (4) violó los derechos fundamentales del contribuyente. El Defensor del Contribuyente Nacional ha recomendado durante mucho tiempo que el Congreso promulgue un Derechos del Cotribuyente (TBOR). Siguiendo el modelo de la Declaración de Derechos de la Constitución de los Estados Unidos, incluirían lo siguiente: (1) el derecho a ser informado; (2) el derecho a ser asistido; (3) el derecho a ser escuchado; (4) el derecho a pagar no más de la cantidad correcta de impuestos; (5) el derecho de apelación; (6) el derecho a la certeza; (7) el derecho a la privacidad; (8) el derecho a la confidencialidad; (9) el derecho a la representación; y (10) el derecho a un sistema tributario justo y equitativo. La intención de un Derechos del Cotribuyente no es principalmente crear nuevos derechos, sino agrupar las docenas de derechos de los contribuyentes existentes en categorías que tanto los miembros del público como los empleados del IRS puedan entender y recordar. En su prefacio al informe, Olson detalla cómo el procesamiento del IRS de las solicitudes de la Sección 501 (c) (4) violó 8 de estos 10 derechos. “Si estos derechos fueran promulgados y publicitados. . . los solicitantes de exención pueden haberse quejado más rápidamente y las violaciones podrían haberse abordado más rápidamente ”, dice el informe.
Los solicitantes de estatus exento (y otros contribuyentes) no tienen un recurso fácilmente disponible por la violación de sus derechos. Varios otros países, en particular Australia y el Reino Unido, han autorizado “pagos de disculpas” (o un equivalente) como remedio por la violación de los derechos de los contribuyentes. El Defensor del Contribuyente Nacional ha propuesto previamente que el Congreso autorice al Defensor a realizar un pago de hasta $ 1,000 a un contribuyente en los casos en que la acción o inacción del IRS causó un gasto excesivo o una carga indebida y el contribuyente ha experimentado una "dificultad significativa" dentro de el significado de la Sección 7811 del código tributario. El total estaría limitado, tal vez a $ 1 millón por año. Los pagos de disculpas servirían como un gesto simbólico para mostrar que el gobierno reconoce su error y la carga del contribuyente. The Advocate recomienda que el Congreso promulgue esta propuesta.
El Congreso ya no realiza audiencias anuales conjuntas de supervisión para revisar los desafíos y el desempeño del IRS. Después de que el Congreso aprobó la Ley de Reestructuración y Reforma del IRS de 1998, celebró audiencias de supervisión anuales para revisar el desempeño del IRS. Cada audiencia fue conducida conjuntamente por miembros mayoritarios y minoritarios de los Comités de la Cámara sobre Medios y Arbitrios, Apropiaciones y Reforma y Supervisión del Gobierno y los Comités del Senado sobre Finanzas, Apropiaciones y Asuntos Gubernamentales. La última audiencia de supervisión conjunta se celebró hace unos 10 años. The Advocate recomienda que el Congreso restablezca las audiencias de supervisión anuales conjuntas para ayudar a identificar y abordar áreas problemáticas, con un enfoque específico en cómo el IRS está satisfaciendo las necesidades de segmentos particulares de contribuyentes, incluidos individuos, pequeñas empresas y organizaciones exentas, y cómo protege a los contribuyentes. derechos.
Fallos administrativos y de gestión
La gestión de EO no mantuvo un sistema de gestión de inventario adecuado. Aparentemente, EO no tenía las medidas de desempeño significativas requeridas para una supervisión administrativa efectiva, como cuánto tiempo lleva, en promedio, procesar las aplicaciones que no se pueden eliminar durante la selección inicial y qué porcentaje del inventario estaba sobre-envejecido. The Advocate recomienda que EO adopte mejores métricas para permitir que la administración identifique problemas más rápidamente.
La administración de EO no se aseguró de que las solicitudes de orientación recibieran una respuesta oportuna. El informe reciente del Inspector General de Hacienda para la Administración Tributaria (TIGTA) encontró que “la Unidad de Determinaciones esperó más de 20 meses (de febrero de 2010 a noviembre de 2011) para recibir una guía escrita preliminar de la Unidad Técnica para procesar posibles casos políticos”. Parece que la administración de EO no tenía un sistema para garantizar que la administración hiciera un seguimiento de las solicitudes de orientación o asistencia que no se cumplieron a tiempo. El Defensor recomienda que EO rastree las solicitudes de orientación o asistencia de la Unidad Técnica de EO para que la gerencia pueda evaluar la puntualidad y la calidad de la orientación y asistencia que brinda tanto a los empleados de la Unidad de Determinaciones como al público.
Dificultad cultural de EO con TAS
Los ejecutivos de EO se resistieron a la autoridad de TAS para ordenar el procesamiento acelerado de las solicitudes de exención de impuestos y, por lo tanto, aislaron a EO de TAS. El Congreso ha otorgado al Defensor Nacional del Contribuyente la autoridad para emitir Órdenes de Asistencia al Contribuyente (TAO) que le indiquen al IRS que tome una acción o se abstenga de tomar una acción con respecto a los contribuyentes que han experimentado una "dificultad significativa" según lo define la ley. Cuando la acumulación de solicitudes pendientes de EO para el estado de exención creció alrededor de 2007, TAS emitió TAO que indicaban a EO que procesara ciertos casos de “dificultades importantes” rápidamente. La dirección de EO rechazó, argumentando que la autoridad del Defensor para emitir TAO no se aplicaba a los casos de EO. La actitud de que EO no tiene que responder a TAS ha impregnado a EO y persiste hasta el día de hoy, dice el informe. El Defensor ha recomendado y el nuevo liderazgo de TE / GE ha acordado que TAS brinde capacitación a los empleados de EO con respecto a la autoridad de TAS para ordenar el procesamiento acelerado de las solicitudes de exención.
Los empleados de EO no remitieron los casos de personas mayores a TAS. El código tributario establece que el Defensor Nacional del Contribuyente "desarrollará una guía que se distribuirá a todos los funcionarios y empleados del Servicio de Impuestos Internos que describan los criterios para la derivación de las consultas de los contribuyentes a las oficinas locales de los defensores del contribuyente". Un criterio es que “[e] l contribuyente ha experimentado una demora de más de 30 días [más allá del tiempo de procesamiento normal del IRS] para resolver un problema de cuenta de impuestos”. Aunque otras divisiones del Servicio de Impuestos Internos (IRS) refieren habitualmente los casos a TAS y aunque todos los casos identificados por TIGTA se retrasaron mucho más de 30 días, EO no remitió ninguno de estos casos a TAS. El Defensor ha recomendado y el nuevo liderazgo de TE / GE ha acordado que TAS brinde orientación y capacitación a los empleados de EO sobre cuándo remitir los casos a TAS.
Los empleados de EO no informaron los retrasos sistémicos en el procesamiento de EO a TAS. TAS mantiene un sistema conocido como Systemic Advocacy Management System (SAMS) a través del cual los empleados del IRS y los miembros del público pueden informar problemas sistémicos del IRS. TAS recibe cientos de presentaciones cada año, incluidas muchas de los empleados del IRS. Sin embargo, ningún empleado de EO (ni nadie más) alertó a TAS sobre este problema mientras los casos estaban en espera. Si se hubiera alertado a TAS, probablemente habría descubierto los retrasos significativos y la confusión en el procesamiento de estas solicitudes durante la tramitación del problema. The Advocate recomienda que TAS brinde orientación y capacitación a los empleados de EO con respecto a cuándo remitir problemas sistémicos a TAS.
Casos TAS
Después de la publicación del informe TIGTA, TAS buscó en sus bases de datos para el período comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 17 de mayo de 2013. Identificó 19 casos que pueden haber involucrado el criterio de selección de “Be on the Lookout” (BOLO) de más de 915,000 recibos totales de casos durante ese período. Los 19 casos fueron recibidos por diez oficinas del TAS en nueve estados. Once organizaciones obtuvieron el estatus de exención, tres retiraron sus solicitudes, tres casos se cerraron porque los solicitantes no respondieron a las solicitudes de información adicional y dos casos aún están abiertos en EO y están asignados a un revisor.
El informe dice que frente a un promedio de más de 270,000 casos al año, es difícil para TAS identificar los problemas sistémicos que surgen en un pequeño número de casos. Sin embargo, el informe dice que se pueden tomar medidas para aumentar las probabilidades de una identificación temprana del problema. Como se describió anteriormente, el liderazgo de EO ha acordado permitir que TAS capacite a sus empleados con respecto a las remisiones de casos y las presentaciones de SAMS. Si TAS hubiera recibido una cantidad significativa de referencias de casos de EO o si cualquier empleado de EO que estuviera al tanto del problema hubiera informado sobre las demoras en el procesamiento sistémico, TAS probablemente habría identificado el problema antes. Además, el Defensor Nacional del Contribuyente brindará capacitación adicional a los empleados de TAS con respecto a los problemas de EO, y TAS participará en un grupo de trabajo con TE / GE para identificar y abordar los problemas de EO sistémicos en el futuro.
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El Defensor del Contribuyente Nacional está obligado por ley a presentar dos informes anuales al Comité de Medios y Arbitrios de la Cámara de Representantes y al Comité de Finanzas del Senado. El estatuto requiere que estos informes se presenten directamente a los Comités sin ninguna revisión o comentario previo del Comisionado de Rentas Internas, el Secretario del Tesoro, la Junta de Supervisión del IRS, cualquier otro funcionario o empleado del Departamento del Tesoro o el Oficina de Gerencia y Presupuesto. El primer informe vence el 30 de junio de cada año y debe identificar los objetivos de la Oficina del Defensor del Contribuyente para el año tributario que comienza en ese año calendario. El segundo informe, que debe presentarse el 31 de diciembre de cada año, debe identificar al menos 20 de los problemas más serios que enfrentan los contribuyentes, discutir los diez asuntos tributarios más frecuentemente litigados en los tribunales y hacer recomendaciones administrativas y legislativas para resolver los problemas de los contribuyentes.
Acerca del Servicio del Defensor del Contribuyente

El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS. Los empleados de TAS ayudan a los contribuyentes que atraviesan dificultades financieras, como no poder cubrir necesidades como vivienda, transporte o comida; contribuyentes que buscan ayuda para resolver problemas con el IRS; y contribuyentes que creen que un sistema o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si cree que es elegible para la asistencia de TAS, llame al 1-877-777-4778 (sin cargo). Para obtener más información, vaya a www.TaxpayerAdvocate.irs.gov or www.irs.gov/advocate. Puede obtener actualizaciones sobre temas tributarios en www.facebook.com/TuVoiceAtIRS, Twitter.com/YourVoiceatIRSy www.youtube.com/TASNTA.

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