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Publicado:   | Última actualización: 22 de octubre de 2024

Contribuyente presenta una solicitud del Programa de Apelaciones de Cobros (CAP)

¿Dónde estoy en la hoja de ruta?

Resumen

Estas cartas le dan derecho a solicitar una apelación del Programa de Apelaciones de Cobros (CAP) porque tiene bienes sujetos a acción de cobro y recibió un aviso de acción de cobro o una advertencia de acción de cobro.

Necesito más información

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El CAP está disponible para las siguientes acciones:

  • antes o después de que el IRS presente un Aviso de Gravamen por Impuesto Federal;
  • antes o después de que el IRS embargue o confisque su propiedad;
  • terminación, o terminación propuesta, de un acuerdo de pago a plazos;
  • denegación de un acuerdo de pago a plazos; y
  • modificación, o modificación propuesta, de un plan de pago a plazos.
  • Después de la denegación de una solicitud de liberación de propiedad de un gravamen. 
  • Después de la denegación de la subordinación de un gravamen. 
  • Después de la denegación del retiro de un NFTL. 
  • Después de la denegación de la expedición de un certificado de no embargo. 
  • Después de la desestimación de la solicitud de un contribuyente para la devolución de la propiedad embargada bajo IRC 6343(d). 
  • Después de la desestimación de la solicitud del propietario de una propiedad de terceros para la devolución de la propiedad gravada indebidamente en virtud del IRC 6343(b). 
  • Reclamaciones de propiedad de terceros, incluido el alter ego y gravámenes nominales.
    • Puede apelar a la gerente de empleados y el gerente generalmente tendrá una conferencia con usted.

Un CAP está disponible para una amplia gama de acciones de cobro completando el Formulario 9423 Solicitud de Apelaciones de Cobros. Una apelación de CAP se refiere a una acción de cobro específica propuesta o tomada por el IRS. Los casos de CAP generalmente se resuelven rápidamente por la Oficina de Apelaciones.

Vea la publicación 594 del IRS El Proceso de Cobro del IRS y Publicación 1660Derechos de apelación de Cobros, para obtener una explicación completa de los programas CDP y CAP.

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¿Qué significa esto para mí?

Estas cartas le informa que se ha llevado a cabo o se está proponiendo una determinada acción. Por lo tanto, tiene derecho a ejercer sus derechos de apelación del CAP. Cuando presente una apelación de CAP, el IRS generalmente retendrá la acción de cobranza; sin embargo, la ley no lo exige.

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¿Cómo he llegado hasta aquí?

Tiene un saldo adeudado en su cuenta tributaria o tiene bienes sujetos a una acción de cobro. Apeló una de las siguientes acciones:

  1. embargo o acción de incautación que se ha tomado o se tomará;
  2. un Aviso de Gravamen por Impuesto Federal (NFTL, por sus siglas en inglés) que se ha presentado o se presentará;
  3. una presentación de una condición especial del NFTL embargando la propiedad de un contribuyente que está mantenida a nombre de un tercero (por ejemplo, un nominado, álter ego, cesionario, etc., NFTL);
  4. denegaciones de solicitudes para emitir certificados de gravamen, como subordinación, exoneración o liberación de embargo, así como denegaciones de solicitudes para retirar una NFTL;
  5. denegado, propuesta para la modificación, modificado, plan de pago a plazos propuesta para terminación o terminado;
  6. denegación de la solicitud del contribuyente de devolución de propiedad embargada bajo IRC § 6343 (d); o
  7. denegación de la reclamación de un tercero propietario para la devolución de los bienes embargados indebidamente bajo el IRC § 6343 (b).
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¿Cuáles son mis siguientes pasos?

Si tiene preguntas, puede comunicarse con la persona que se muestra en la parte superior de la carta.

Un oficial de Apelaciones llevará a cabo una revisión administrativa de su apelación. Se ha tomado una decisión y su caso se devuelve a Cobros o a la división de origen. No puede apelar la decisión tomada por el oficial de Apelaciones o presentar una petición para solicitar una revisión judicial por parte del Tribunal Tributario de los Estados Unidos.

Cuando regrese a Cobros, puede revisar la información sobre las acciones de ejecución:

También puede revisar la información sobre alternativas de cobro y resoluciones:

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