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Publicado:   | Última actualización: 21 de diciembre de 2023

Acuerdo de pago parcial

Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.

Vea en hoja de ruta
Hoja de ruta del contribuyente con imagen doblada al frente

Resumen de la estación

Un Acuerdo de Cuotas de Pago Parcial (PPIA) es una plan de pagos opción para los contribuyentes que tienen un saldo de impuestos pero no pueden pagar el saldo completo dentro del tiempo restante que el IRS tiene para recaudar, llamada Fecha de Vencimiento del Estatuto de Cobros (CSED). La CSED suele ser de 10 años a partir de la fecha de la determinación del impuesto; sin embargo, puede extenderse por varias razones. Un PPIA le permite pagar una cantidad mensual que puede pagar hasta que venza el CSED, momento en el que dejará de cobrarse cualquier saldo adeudado. Un PPIA puede evitar que el IRS tome más medidas de cobro, como gravámenes e incautaciones.

Si solicita un acuerdo de pago a plazos, el tiempo que la solicitud está pendiente se extiende, o se suspende , la CSED inicial de diez años. Generalmente, una solicitud de acuerdo de pago a plazos está pendiente hasta que se revisa; y se establece, o la solicitud es retirada por usted o rechazada por el IRS. Si la solicitud de pago en cuotas es rechazada, el transcurso del período de cobro se suspende por 30 días adicionales. De manera similar, si no cumple con los pagos de su acuerdo de pago a plazos y el IRS propone rescindir el acuerdo de pago a plazos, el transcurso del período de cobro se suspende por 30 días adicionales. Finalmente, si ejerce su derecho a apelar ya sea el rechazo o la terminación del contrato de pago a plazos, el transcurso del período de cobro se suspende desde el momento en que la apelación está pendiente hasta la fecha en que la decisión apelada se convierte en definitiva.

Esto puede incluir activos digitales; obtenga más información en recursos digitales y cómo esto puede aplicarse a usted.

¿Qué significa esto para mí?

Con un PPIA aprobado, acepta mantenerse al día con todos los pagos mensuales y todos los requisitos de pago y declaración de impuestos. Si no cumple con los pagos, el acuerdo de pago a plazos puede rescindirse y el IRS puede comenzar a tomar medidas de ejecución. Es importante seleccionar el convenio que se ajuste a tu situación personal y te permita realizar tus pagos todos los meses y a tiempo. Una fuente común de deuda tributaria es no tener suficiente dinero retenido de su salario. Si esto le sucede a usted, considere revisar su formulario del IRS W-4, Certificado de retenciones del empleado, para evitar este problema en años futuros. Si trabaja por cuenta propia, realice sus pagos estimados durante todo el año.

¿Cómo he llegado hasta aquí?

Tiene un saldo en su cuenta de impuestos y desea pagar el saldo en pagos mensuales al IRS, pero no califica para un pago regular. plan de pagos y se ha establecido en un PPIA, o ha solicitado un PPIA.

Es posible que desee considerar otros recursos antes de establecer un plan de pago. ¿Puedes pedir prestado a una institución financiera o a un familiar para pagar el saldo? Si es así, probablemente le costará menos dinero ya que el IRS le cobra intereses aunque tenga un plan de pago. También puede evitar algunas multas e intereses asociados pagando al IRS antes. Compare los costos para su situación.

¿Cuáles son mis siguientes pasos?

Revise la deuda tributaria para asegurarse de que la debe.  Si no cree que debe el impuesto, ahora es el momento de hablar con el IRS al respecto. Si recibió un aviso del IRS, comience llamando al número que figura en el aviso para hablar sobre la cantidad que debe. El IRS no considerará un acuerdo de pago a plazos si tiene declaraciones de impuestos pendientes, por lo que debe haber presentado todas sus declaraciones de impuestos.

Puede solicitar una PPIA por teléfono o por correo, pero fuera de linea.

Si se encuentra en esta situación, también puede considerar enviar un Ofrecimiento de Transacción para saldar su deuda de impuestos en lugar de solicitar un plan de pago a plazos.

Incluso si el IRS aprueba un acuerdo de pago a plazos, las multas e intereses aplicables seguirán acumulándose en su cuenta durante la duración de la IA. Para individuos, los saldos superiores a $ 25,000 deben pagarse mediante Débito Directo. Para empresas, los saldos superiores a $ 10,000 deben pagarse mediante Débito Directo. Una de las condiciones de un acuerdo de pago a plazos es que el IRS aplicará automáticamente cualquier reembolso (o sobrepago) adeudado contra los impuestos que debe. El IRS también puede presentar una Aviso de embargo tributario federal. Para más información, ver  Publicación 594, El Proceso de Cobro del IRS.

Después de solicitar un plan de pago, es posible que reciba avisos o cartas como:

  • Rechazo de propuesta de PPIA
  • Confirmación de un PPIA aceptado
  • Recordatorios mensuales de pago

Si se le aprueba un PPIA y luego incurre en saldos adicionales, no realiza los pagos requeridos o no presenta declaraciones de impuestos actuales, puede recibir avisos o cartas como:

  • Por defecto del PPIA actual
  • Terminación del PPIA actual

El IRS le pedirá información financiera actualizada al menos cada dos años. Es importante que responda oportunamente a las solicitudes de información financiera actualizada para evitar el incumplimiento de su contrato. La información financiera incluye documentos de respaldo de sus ingresos, gastos y otras cantidades que debe (por ejemplo: documentación que demuestre copropiedad de bienes, residencia compartida, recursos económicos combinados, declaraciones juradas de personas que lo conocen y que puedan dar fe de su relación y vida compartida, decretos o certificados de adopción, constancia de custodia legal de un niño adoptado durante un período de dos años, pagos de préstamos de vivienda y automóvil, otras obligaciones). el IRS publica normas nacionales y locales puede usar para determinar sus gastos mensuales permitidos y calcular el pago mensual apropiado. Si cree que se le debe permitir más que la cantidad estándar, proporcione un razonamiento con su solicitud o durante las revisiones de rutina de su información financiera durante el transcurso de su acuerdo.

CÓMO COMPLETAR NUESTRA SOLICITACIÓN :

Por correo

Puede completar el IRS Formulario 9465, Solicitud para un plan de pagos a plazos a plazos, preséntelo con todos los documentos requeridos y envíelo por correo a la dirección que figura en el las instrucciones. No hay una opción para seleccionar un PPIA en el formulario, por lo que querrá incluir una nota que explique que le gustaría ser considerado para un PPIA.

Para PPIA, también debe enviar otro formulario:

  • Individuos:  Formulario 433-F, Declaración de información de Cobros
  • Negocios: Formar 433-B, Declaración de información de Cobros para empresas

Por teléfono

Si prefiere aplicar por teléfono, llame al 800-829-1040 (individuo) o 800-829-4933 (negocio), o el número de teléfono en su factura o aviso.

Costos:

Según el tipo de acuerdo y el monto de sus ingresos, es posible que se le cobre un cuota para establecer un acuerdo a plazos. La tarifa inicial para establecer un acuerdo de pago a plazos varía según el método de pago que elija. Estas tarifas están sujetas a cambios y se enumeran en el Página del acuerdo de pago a plazos en línea.

Las tarifas pueden reducirse o no aplicarse si se determina que tiene bajos ingresos. La exención o el reembolso de las tarifas de usuario solo se aplica a los contribuyentes individuales con ingresos brutos ajustados, según lo determinado para el año más reciente para el cual dicha información está disponible, en o por debajo del 250 % del nivel federal de pobreza aplicable (contribuyentes de bajos ingresos) que entran en planes de pago a largo plazo (acuerdos de pago a plazos) a partir del 10 de abril de 2018. Si cree que cumple con los requisitos para el estado de contribuyente de bajos ingresos, pero el IRS no lo identifica como contribuyente de bajos ingresos, revise Formulario 13844, Solicitud de tarifa de usuario reducida para acuerdos de pago a plazos para ayuda. Los solicitantes deben enviar el formulario dentro de los 30 días a partir de la fecha de la carta de aceptación del acuerdo de pago a plazos para solicitar que el IRS reconsidere su estado. Las solicitudes deben enviarse por correo a:

Internal Revenue Service
PO Box 219236, Parada 5050
Kansas City, MO 64121-9236

A los contribuyentes de bajos ingresos se les puede eximir de la tarifa al momento de celebrar el IA si eligen pagar mediante Débito Directo o, si no, se les puede reembolsar la tarifa una vez que cumplan con los términos del acuerdo.

¿Qué sucede si el IRS rechaza mi solicitud, incumple o rescinde mi acuerdo de pago a plazos?

Tiene derecho a apelar:

  • Terminación o terminación propuesta de un acuerdo de pago a plazos
  • Rechazo de un acuerdo de pago a plazos
  • Modificación, o modificación propuesta, de un acuerdo de pago a plazos

Vea Programa de Apelación Cobros (CAP) para más información:

¿Cuáles son mis siguientes pasos?

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¿Es del IRS?

Si es del IRS, el aviso tendrá instrucciones sobre cómo responder. Si desea obtener más detalles sobre su cuenta tributaria, puede pedir una transcripción. Además, revise su aviso o carta para ver si hay un enlace a un sitio web específico para visitar para obtener información adicional. Por lo general, se encuentra al final del aviso o carta.


Si es de otra agencia, como un departamento de impuesto estatal, deberá llamar a esa oficina para obtener una explicación.

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Antes de considerar un acuerdo de pago a plazos

Revise la deuda tributaria para asegurarse de que la debe. Si no cree que debe el impuesto, ahora es el momento de hablar con el IRS al respecto. Si recibió un aviso del IRS, comience por llamar al número que aparece en el aviso para hablar acerca de la cantidad que debe.

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Antes de solicitar un acuerdo de pago a plazos

  • Presente todas las declaraciones de impuestos requeridas (incluso si no puede pagar); y
  • Revise sus facturas para determinar cuánto puede pagar al IRS cada mes.

El IRS solo aceptará un acuerdo de pago a plazos si ha presentado todas sus declaraciones. Una vez que haya firmado un acuerdo, tendrá que pagar todos los impuestos futuros a tiempo o su acuerdo puede incumplir.

Es posible que desee considerar otros recursos antes de establecer un acuerdo de pago a plazos. ¿Puede pedir prestado a una institución financiera o un familiar para pagar el saldo? Si es así, probablemente le costará menos dinero ya que el IRS le cobra intereses aunque tenga un plan de pago. También puede evitar algunas multas e intereses asociados pagando al IRS antes. Compare los costos para su situación.

¿Dónde puedo obtener ayuda adicional?

Comprender su aviso o carta

Temas para obtener ayuda

Si aún necesita ayuda

La Taxpayer Advocate Service es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.

Visita www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al  1-877-777 4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la  Publicación 4134, Lista de las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos.