Antes de decidir presentar una Oferta de Transacción (oferta), debe tener en cuenta varias cosas. Presentar una oferta no garantiza que el IRS la acepte. Inicia el proceso de evaluación de su situación, su capacidad de pago y la cantidad que ofrece. Puede presentar una oferta sobre los impuestos adeudados individualmente y por las deudas tributarias de su negocio. Tendrá que pagar una tarifa de solicitud de $205 y realizar pagos de la oferta según el método de pago que elija, a menos que cumpla con las pautas de certificación de bajos ingresos, en el Folleto de Ofrecimiento de Transacción.
Es posible que su oferta no se pueda procesar
El IRS revisará primero su oferta para determinar si puede procesarse e investigarse. Si el IRS no puede procesar su oferta, le enviará una carta explicando el motivo. Generalmente, se reembolsa la tarifa de solicitud si la oferta no se acepta para su procesamiento, pero cualquier pago que haya realizado se aplicará a su deuda tributaria. Una oferta devuelta no es lo mismo que una oferta rechazada y, por lo general, no tiene derecho a apelación.
El IRS No procesará su oferta si:
- Se encuentra en un procedimiento de bancarrota.
- Su caso está en la jurisdicción del Departamento de Justicia.
- No tienes un saldo adeudado.
- El IRS no puede hacer cumplir sus deudas tributarias porque el tiempo que el IRS tiene para cobrar ha expirado. No está al día con los pagos de impuestos estimados o si es dueño de un negocio y tiene empleados, no está al día con los depósitos de impuestos federales para el trimestre actual y los dos trimestres anteriores.
- Le faltan declaraciones de impuestos federales por presentar.
- No realizó tanto la tarifa de solicitud como el pago inicial requerido.
Después de que el IRS procese su oferta
Si el IRS no acepta su oferta, no le devolverá el cobro de solicitud ni ningún otro pago que haya realizado con la oferta. El IRS aplicará el cobro de solicitud y los pagos que haya enviado a su obligación tributaria.
El IRS generalmente tiene diez años a partir de la fecha de la evluación de un impuesto para cobrar una deuda tributaria. Sin embargo, tenga en cuenta que presentar una oferta extenderá el tiempo que el IRS tiene para cobrar toda su deuda.
Si bien el IRS generalmente suspende otras actividades de cobro (como una embargo (en su salario o cuenta bancaria) mientras su oferta está pendiente, el IRS aún puede presentar una Aviso de gravamen por impuesto federal para proteger su derecho de retención sobre cualquier propiedad que usted posea y para notificar a otros acreedores sobre ese derecho. Usted tiene derecho a apelar cualquier gravamen o acciones de cobro de gravámenes. Consulte la sección ¿Cuáles son mis derechos? a continuación.
El IRS retendrá cualquier reembolso, incluidos los intereses, que corresponda a las declaraciones de impuestos presentadas hasta la fecha en que el IRS acepte su oferta.
El IRS está obligado a explicar cómo calcula su capacidad de pago y cuánto podría recaudarle. Recibirá correspondencia y podrá comunicarse con el examinador o especialista en ofertas que se le haya asignado.
Si el IRS rechaza su oferta
Si el IRS rechaza su oferta, usted tiene derecho a apelar el rechazo, pero debe hacerlo dentro de los 30 días a partir de la fecha de la carta de rechazo del IRS. Para apelar un rechazo, siga las instrucciones en la carta de rechazo y utilice el IRS. Formulario 13711 (en inglés), Solicitud de apelación de un ofrecimiento de transacción.
Si el IRS acepta su oferta
Si el IRS acepta su oferta, deberá pagar el monto acordado según los términos pactados y mantenerse al día con la presentación y el pago de sus impuestos durante cinco años a partir de la fecha de aceptación. Si se ha presentado una solicitud de retracto tributario (NFTL, por sus siglas en inglés), el IRS generalmente la liberará una vez que se cumplan los términos de la oferta.
Si el IRS devuelve su oferta
El IRS puede devolverle su oferta después de haberla procesado, si usted no presenta sus declaraciones de impuestos a tiempo, no realiza pagos de impuestos estimados, no ajusta adecuadamente su retención de impuestos o no realiza depósitos de impuestos federales. Además, el IRS puede devolverle su oferta, si su cobro de solicitud o el pago de la oferta son rechazados, o si no proporciona la información solicitada por el IRS. Si esto sucede, usted no podrá solicitar una apelación. Sin embargo, el IRS le enviará un aviso proporcionándole 30 días a partir de la fecha del aviso para que responda pidiendo que se reconsidere la decisión de devolverle la oferta.
Asegúrese de no adeudar impuestos el próximo año
Si el IRS acepta su oferta pero usted no presenta y paga todos los impuestos a tiempo durante los cinco años posteriores a la aceptación, el IRS le notificará que su oferta está en incumplimiento y pueden Si se cancela la oferta, deberá abonar la totalidad de la deuda (menos los pagos y créditos ya aplicados) más las penalizaciones e intereses correspondientes.
Cómo asegurarse de que puede pagar sus impuestos: