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Publicado:   | Última actualización: 30 de octubre de 2024

CP11

El IRS emite un aviso de error matemático: saldo adeudado

¿Dónde estoy en la hoja de ruta?

Importante:

Debe comunicarse con el IRS dentro de los 60 días posteriores a la fecha de este aviso, para que el IRS revoque los cambios realizados en su cuenta.

Tienes [número de días] días restantes para remitir el pago.

Envíe el pago de inmediato o comuníquese con el IRS al +1 (877) 777-4778

Eres [número de días] atrasado para remitir el pago.

Envíe el pago de inmediato o comuníquese con el IRS al +1 (877) 777-4778

Resumen

El IRS corrigió uno o más errores en su declaración de impuestos debido a un error de cálculo.

Necesito más información

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¿Qué significa esto para mí?

El IRS recibió su declaración de impuestos sobre la renta individual y determinó que tiene una dueda. A CP11, Error matemático en la declaración: saldo pendiente, Se emite un aviso cuando hay un error en su declaración que resultó en un saldo adeudado de cinco dólares o más.

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¿Cómo he llegado hasta aquí?

Presentó su declaración del impuesto sobre el ingreso con uno o más errores que necesitaban ser corregidos. Como resultado:

  • El saldo adeudado es diferente al que esperaba, o
  • Tiene dueda Cuando usted pensó que había pagado en exceso y que eso le iba a dar un reembolso.
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Revise el aviso detenidamente y compare los cambios realizados con la información de su declaración de impuestos.

Le explicará los cambios realizados y por qué debe dinero. Comuníquese con el IRS al número gratuito que figura en la esquina superior derecha de su aviso para averiguar qué cambios hizo el IRS en su declaración de impuestos.


ojo en un papel - vista previa del declarar impuestos

Nota: Los terceros autorizados pueden ayudar a los contribuyentes

Complete y envíe al IRS un Formulario 2848, Poder y Declaración de Representante, para autorizar a alguien (como un contador) a representarlo ante el IRS. Sin un poder legal válido en el declarar impuestos, debe estar presente para cualquier conversación con el IRS y un tercero.

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Si estas de acuerdo

Si esta de acuerdo con los cambios realizados, no se requiere respuesta.

  • Pague el monto adeudado antes de la fecha del aviso.

Si no puede pagar la cantidad adeuda en su totalidad, pague todo lo que pueda para limitar las multas y los intereses. Visita Pagando sus Impuestos considerar opciones de pago en línea. Si cree que podrá pagar su saldo en su totalidad dentro del período de tiempo extendido, puede calificar para un plan de pago a corto plazo sin pagar una tarifa de usuario. Si necesita ayuda adicional, llame al IRS al número gratuito que se encuentra en la esquina superior derecha de su aviso.

Si necesita hacer arreglos de pago si no puede pagar el monto total que debe. Puede hacerlo en línea usando el Herramienta de acuerdo de pago en línea.


Es posible que desee corregir la copia de su declaración de impuestos que guardó para sus registros, pero no la envíe al IRS.

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Si no esta de acuerdo

Si no esta de acuerdo, comuníquese con el IRS al número gratuito que aparece en la esquina superior derecha de su aviso o responda por correo a la dirección que figura en su aviso. Si escribe al IRS, incluya una copia del aviso junto con su correspondencia o documentación.

  • Si se comunica con el IRS dentro de 60 días después de la fecha de este aviso, el IRS revertirá los cambios realizados en su cuenta. Sin embargo, si el IRS le solicita documentación y usted no puede proporcionarla o la documentación que proporciona no es satisfactoria, el IRS remitirá su caso al departamento de Revisión para una revisión formal de los elementos en cuestión. Reenviar su caso le otorga derechos formales de apelación, incluido el derecho a apelar la decisión en un tribunal. Después de que se envíe su caso, un miembro del personal de Revisiónination debe comunicarse con usted en un plazo de cinco a seis semanas para explicarle el proceso de auditoría y sus derechos.

Si no se comunica con el IRS dentro de los 60 días, debe pagar el impuesto adicional y luego presentar un reclamo de reembolso antes de que el IRS considere revertir los cambios. Debe presentar el reclamo de reembolso dentro de los tres años a partir de la fecha en que presentó la declaración de impuestos, o dentro de los dos años a partir de la fecha de su último pago de este impuesto, lo que ocurra más tarde.


Si no se comunica con el IRS dentro del período de 60 días, perderá su derecho a apelar la decisión antes del pago de impuestos.

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Preguntas frecuentes sobre mi saldo pendiente

¿Cómo ajusto mis pagos de impuestos estimados?

Puede ajustar sus pagos de impuestos estimados con un Formulario 1040-ES, Impuesto estimado para personas físicas PDF. Para obtener más información, consulte Publicación 505, Retención de Impuestos e Impuesto Estimado PDF.

¿Cómo puedo saber qué causó el cambio en mi declaración de impuestos?

Lea atentamente su aviso. Para obtener más información, llámenos al número que aparece en su aviso.

¿Me cobrarán intereses sobre el dinero que debo?

Para evitar cargos por intereses, pagar la totalidad del monto adeudado antes de la fecha de vencimiento indicada en el cupón de pago. Si no paga la totalidad antes de esa fecha, se acumularán intereses sobre el saldo pendiente a partir de la fecha de vencimiento de la devolución.

¿Recibiré una multa si no puedo pagar el importe total?

Sí, recibirás un pago atrasado multaPuede comunicarse con el IRS al número que aparece en su notificación si no puede pagar el monto total que se muestra en su notificación específica debido a circunstancias fuera de su control. Comuníquese con el IRS antes de la fecha de vencimiento de su pago y, según su situación, es posible que puedan eliminar la multa. Consulte la página del IRS Alivio de la pena Página para saber qué información tener disponible.

Recursos Generales

Entienda su aviso o carta

Temas para obtener ayuda

Explore problemas y situaciones tributarios comunes en la página de TAS Consigue ayuda

Si aún necesita ayuda

La Taxpayer Advocate Service es un independiente Organización dentro del IRS. TAS ayuda a los contribuyentes a resolver problemas con el IRS, hace recomendaciones administrativas y legislativas para prevenir o corregir los problemas y protege los derechos de los contribuyentes. TAS ayuda a todos los contribuyentes (y sus representantes), incluidos individuos, empresas y organizaciones exentas. Usted puede ser elegible para recibir ayuda gratuita de TAS si su problema con el IRS le está causando dificultades financieras, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS simplemente no está funcionando como debería.

TAS tiene oficinas en todos los estados, el Distrito de Columbia y Puerto Rico. Para encontrar el número de teléfono de su defensor local:

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITCs, por sus siglas en inglés) ayudan a las personas cuyos ingresos están por debajo de un cierto nivel que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. También brindan educación, extensión e información sobre los derechos de los contribuyentes a las personas que hablan inglés como segunda lengua. Las LITC representan a los contribuyentes en disputas ante el IRS y los tribunales y ayudan a los contribuyentes a responder a los avisos del IRS y corregir problemas con las cuentas. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Las LITC son independientes del IRS y TAS. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca de usted, consulte el sitio web de LITC. Página LITC or Publicación 4134, Lista de clínicas para contribuyentes de bajos ingresosTambién puede solicitar el formulario Pub. 4134 llamando al 800-TAX-FORM (800-829-3676).

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