Tiene un saldo en su cuenta y el IRS ha emitido un gravamen o ha realizado una incautación para satisfacer su deuda tributaria. Los términos "embargo" y "embargo" se pueden usar indistintamente; sin embargo, el término "embargo" generalmente se usa cuando el IRS se adhiere a los fondos, mientras que el término "embargo" se usa típicamente cuando el IRS se adhiere a la propiedad física.
Algunos gravámenes tienen un "una vez" efecto, donde el IRS toma un activo todo a la vez.
Un gravamen en su cuenta bancaria toma solo lo que está en la cuenta en el momento en que su banco recibe el gravamen. El IRS debe emitir otro gravamen para captar fondos adicionales en una fecha posterior.
Otros gravámenes tienen un "continuo" efecto. Permanecen vigentes hasta que el IRS libere el gravamen o su deuda se pague por completo. La ley federal permite que el IRS emita un gravamen continuo sobre sueldos y salarios y ciertos pagos federales. Los gravámenes sobre sus salarios o ingresos de la seguridad social son generalmente continuos.
Cuando se aplica un gravamen a su salario, generalmente el gravamen solo se aplica a una parte de su cheque de pago, hasta que se libere el gravamen o se pague el saldo total. Por ley, una parte de su salario está exenta de gravamen en función de su estado civil, la deducción estándar adicional y los dependientes. Hay algunas excepciones a esta exención, incluso cuando otros ingresos proporcionan fondos suficientes para cumplir con el monto del gravamen exento. Para garantizar que se excluya del gravamen el monto correcto de la exención, su empleador le pedirá que complete una Declaración de exenciones y estado civil, Formulario 668-W, Parte 3, para completar y devolver dentro de los tres días. Si no devuelve el estado de cuenta en tres días, su monto exento se calcula como si estuviera casado y presentara su declaración por separado sin dependientes. Su empleador utilizará la información provista en el Formulario 668-W, así como Publicación 1494 para determinar la cantidad que está exenta. Su empleador le pagará el monto exento y el monto restante se enviará al IRS y se aplicará a su saldo de impuestos.
El IRS puede gravar continuamente ciertos pagos federales que recibe, como los beneficios del Seguro Social. Bajo este programa, el IRS generalmente puede tomar hasta el 15 por ciento de sus pagos federales, o hasta el 100 por ciento de los pagos adeudados a un proveedor por bienes o servicios vendidos o arrendados al gobierno federal. Ver Lo que necesita saber: el Programa de embargo de pagos federales para obtener más información.
El IRS puede cobrar sus reembolsos de impuestos estatales, así como los pagos adeudados por los clientes por los servicios que usted o su empresa han brindado o brindarán.
El IRS puede embargar sus bienes muebles o inmuebles. El IRS determinará la cantidad mínima que aceptará por la venta, también conocida como "oferta mínima". Se le proporcionará una copia de la oferta mínima y los montos del valor justo de mercado, así como un aviso de venta. El IRS anunciará la venta al público a través de varios medios, como periódicos, folletos o Internet. Después de dar aviso público, el IRS generalmente esperará al menos 10 días antes de vender su propiedad. Si sobran fondos de la venta después de pagar los costos asociados con la incautación (incluidos los gravámenes o sentencias que tienen una posición de alto nivel para el IRS) y su deuda tributaria, el IRS le dirá cómo obtener un reembolso de los restantes fondos.