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Publicado:   | Última actualización: 24 de mayo de 2023

Carta 965

Conferencia Programada Caso No Registrado

Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.

Vea en hoja de ruta
Hoja de ruta del contribuyente con imagen doblada al frente

Resumen de la carta

La Oficina Independiente de Apelaciones del IRS (Apelaciones) sirve como foro administrativo para cualquier contribuyente que impugne una acción de cumplimiento del IRS. Si la posición del IRS es adversa para el contribuyente, Apelaciones está autorizada a conceder total o parcialmente la cuestión (o las cuestiones) en el caso del contribuyente con base en la peligros de litigio. Estas cartas le informan que se ha programado una conferencia informal según su solicitud y le brindan la fecha, la hora y el lugar, si se ha programado una reunión en persona. Las cartas también incluyen lo que debe hacer si planea presentar nuevas pruebas o ser representado.

Este aviso o carta puede incluir otros temas que aún no hemos cubierto en esta página. Por favor regrese con frecuencia para ver actualizaciones.

¿Qué significa esto para mí?

Apelaciones ha recibido su caso y ha programado una reunión por teléfono o en persona con un Oficial de Apelaciones. Estas cartas se emiten en casos registrados (casos de impuestos a los que se asigna un número de registro en el Tribunal Tributario de los Estados Unidos) y casos no registrados (no se ha presentado la petición del tribunal tributario). La Oficina del Asesor Legal Principal del IRS puede remitir un caso registrado a Apelaciones para su consideración y luego Apelaciones tiene la autoridad exclusiva para resolver el caso.

¿Cómo he llegado hasta aquí?

El IRS propuso cambios a su declaración o no aceptó su reclamo de reembolso o crédito. No está de acuerdo con algunos o todos de los cambios propuestos o con un reclamo denegado de reembolso o crédito. Después, solicitó una conferencia con Apelaciones. Alternativamente, presentó una petición en el Tribunal Tributario de los Estados Unidos, y la Oficina del Asesor Legal Principal del IRS remitió su caso registrado a Apelaciones para su consideración.

¿Cuáles son mis siguientes pasos?

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Es su responsabilidad para:

  • comunicar a Apelaciones la mejor hora y el mejor método para contactarlo;
  • escuchar la explicación de sus derechos de apelación y el proceso de Apelaciones;
  • enviar una declaración que incluya una lista de todas las posiciones del IRS con las que no está de acuerdo y cómo comprende los hechos y la ley para cada asunto;
  • decirle a Apelaciones cómo cree que debe resolverse su caso;
  • ayudar a Apelaciones a resolver su caso de manera rápida y precisa asistiendo a reuniones y conferencias cuando estén programadas y respondiendo de inmediato a cualquier solicitud de información o documentación adicional.

¿Dónde puedo obtener ayuda adicional?

Si aún necesita ayuda

El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.

Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777 4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de las clínicas para contribuyentes de bajos ingresos.

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  • Carta 3792, Carta de Caso de Apelaciones del Cónyuge Inocente al Cónyuge Solicitante que Permite Información o Conferencia;
  • Carta 5248, Introducción al Proceso de Apelaciones Rápidas;
  • Carta 4448, Agenda de Acuerdos por Vía Rápida
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