Publicado: | Última actualización: 17 de octubre de 2024
Carta 4837
Apelaciones recibió su solicitud de audiencia de debido proceso de Cobros
Carta de Conferencia en Persona o Telefónica de Apelaciones
Carta de Conferencia en Persona o Telefónica de Apelaciones
Recibirá esta carta de Apelaciones como reconocimiento de la solicitud de debido proceso (CDP) y/o audiencia equivalente (EH) de Cobros. Este es el primer paso en el proceso de apelaciones, informándole sobre una conferencia, reconociendo al Oficial de Apelaciones asignado y brindándole la oportunidad de indicar por qué no está de acuerdo con la acción de cobro tomada por Cumplimiento y solicitar una alternativa de cobro para resolver la obligación tributaria. También le informa de las responsabilidades de Apelaciones durante la audiencia.
Esta carta se le envía como parte de las solicitudes de CDP o EH. Esta carta se envía en respuesta a su oportuna finalización y envío de Formulario 12153, Solicitud de audiencia de debido proceso de Cobros o audiencia equivalente. Esta carta reconoce al oficial de Apelaciones asignado y le informa sobre la fecha y hora de la conferencia de su solicitud de audiencia. Le informará sobre las responsabilidades de la Oficina Independiente de Apelaciones (Apelaciones) durante la audiencia.
Vea Publicación 1660, Derechos de la apelacion de cobros, para obtener una explicación completa del proceso de CDP.
Tiene un saldo adeudado en su cuenta de impuestos. No estuvo de acuerdo con la acción de cobro propuesta o con la acción de cobro tomada y desea discutir una acción de cobro alternativa. Completó y envió oportunamente el Formulario 12153 para solicitar una audiencia CDP y/o EH.
La mayoría de las veces, esto impedirá que se lleve a cabo una acción de ejecución mientras haya una audiencia o apelación pendiente.
La carta tendrá instrucciones sobre cómo responder, incluida la fecha y la hora de una conferencia programada y documentos para respaldar su alternativa de cobro propuesta. Se proporcionarán instrucciones sobre cómo reprogramar la conferencia o solicitar una entrevista en persona, por teléfono o por correspondencia.
Debe estar preparado para explicar por qué no está de acuerdo con la acción de cobro y proponer una alternativa de cobro o un remedio para satisfacer la obligación tributaria o la liberación del gravamen. Debe tener documentación que respalde cualquier problema que desee discutir, incluida la prueba de los ingresos y gastos actuales.
Si cree que tendrá problemas para pagar sus impuestos o si la Notificación de la presentación del gravamen por impuesto federal le causará dificultades económicas, es útil saber cuáles son sus opciones para resolver su deuda tributaria.
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Para obtener más detalles sobre su aviso, visite Cómo entender su carta o aviso del IRS en el sitio web IRS.gov
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Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITCs, por sus siglas en inglés) ayudan a las personas cuyos ingresos están por debajo de un cierto nivel que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. También brindan educación, extensión e información sobre los derechos de los contribuyentes a las personas que hablan inglés como segunda lengua. Las LITC representan a los contribuyentes en disputas ante el IRS y los tribunales y ayudan a los contribuyentes a responder a los avisos del IRS y corregir problemas con las cuentas. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Las LITC son independientes del IRS y TAS. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca de usted, consulte el sitio web de LITC. Página LITC or Publicación 4134, Lista de clínicas para contribuyentes de bajos ingresosTambién puede solicitar el formulario Pub. 4134 llamando al 800-TAX-FORM (800-829-3676).
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