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Publicado:   | Última actualización: 29 de octubre de 2024

Carta 4800 C,
Carta de contacto de 30 días de crédito cuestionable

¿Dónde estoy en la hoja de ruta?

Importante:

Debe comunicarse con el IRS dentro de los 30 días posteriores a la fecha de este aviso.

Tienes [número de días] días restantes para remitir el pago.

Envíe el pago de inmediato o comuníquese con el IRS al +1 (877) 777-4778

Eres [número de días] atrasado para remitir el pago.

Envíe el pago de inmediato o comuníquese con el IRS al +1 (877) 777-4778

Resumen

La carta 4800C se envía por correo a los contribuyentes para informarles que el IRS propone cambiar su declaración de impuestos, sus créditos tributarios o ambos.

Necesito más información

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¿Qué significa esto para mí?

Según la información que los empleadores, bancos y otros pagadores le informaron al IRS con su nombre y número de Seguro Social (SSN), los registros no coinciden con los montos que usted informó, por lo que el IRS propone ajustes a ciertos elementos de su declaración. Es posible que deba verificar los créditos tributarios reclamados, la retención de impuestos sobre la renta o los gastos comerciales antes de que se le entregue su reembolso o se aplique como pago en exceso al impuesto estimado del próximo año.


Importante:

Debe responder dentro de los 30 días a partir de la fecha de esta carta, o los cambios propuestos se realizarán en su cuenta cambiando el monto de su reembolso.

Si no responde dentro de los 30 días requeridos, el IRS le enviará

  • Carta 3219C – Notificación legal de deficiencia que permite al contribuyente 90 días para presentar una petición al Tribunal Tributario,
  • Carta 0105C – Reclamación rechazada, o
  • Carta 0106C – Reclamación parcialmente rechazada

Nota: Los contribuyentes pueden recibir ayuda de terceros autorizados, pero el contribuyente debe estar presente por teléfono o en persona. Complete y envíe al IRS un formulario Formulario 2848, Poder legal y Declaración del representante, para autorizar a alguien (como un contador) a comunicarse con el IRS en su nombre.

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¿Cómo he llegado hasta aquí?

Mientras procesaba su declaración de impuestos, se intentó verificar los salarios, las retenciones y los créditos reembolsables, como el Crédito tributario de prima o el Crédito tributario de oportunidad estadounidense, que se informaron al IRS. Los registros del IRS no coinciden con las cantidades que declaró; por lo tanto, el IRS propone ajustes a ciertos elementos de su declaración, por ejemplo, su salario, retenciones y créditos reembolsables. Ajustar su salario también puede ajustar sus créditos reembolsables reclamados, como el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo o el Crédito Tributario Adicional por Hijos.

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Si presentó una declaración

Para respaldar las entradas en su declaración y completar el procesamiento de su declaración de impuestos, es posible que deba presentar los documentos y la información solicitada en la Carta 4800C, por ejemplo:

  • Copias de declaraciones de pago periódicas o talones de cheques que identifiquen claramente las fechas de su empleo y los ingresos brutos recibidos y las retenciones deducidas.
  • Una carta del empleador en papel con membrete o papel de la empresa que muestre las fechas de su empleo y el monto bruto de los salarios pagados y las retenciones deducidas.
  • § Una copia de su Formulario 1095-A, Declaración del Mercado de Seguros Asequibles, o documentos que demuestren que usted o su familia se inscribieron en cobertura médica a través del Mercado de Seguros Médicos.
  • Para matrícula pagada durante el año contributivo, fotocopias de cheques cancelados, recibos de matrícula, cuotas y libros, o transcripciones de la institución educativa. También puede enviar una lista de las clases que tomó mostrando los pagos que hizo o documentos que demuestren que estaba inscrito en un programa de educación superior.

No presente una Formulario 1040-X , Declaración de impuestos sobre la renta individual de EE. UU. Modificada, en este momento. Su cuenta se corregirá en función de la revisión de los documentos presentados.

El proceso de revisión podría demorar hasta 180 días. El IRS se comunicará con usted si tiene alguna pregunta. Si no ha recibido su reembolso ni ha tenido noticias del IRS después de ese tiempo, comuníquese con el IRS al número gratuito que aparece en la esquina superior derecha de su notificación.

Si el IRS acepta su documentación, el IRS le enviará una carta indicando que acepta su declaración tal como se presentó. Si su documentación no es aceptada, recibirá una carta explicando el motivo. Si no está de acuerdo, puede solicitar una conferencia con la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS (Apelaciones).

Si está de acuerdo con los cambios propuestos a su cuenta, firme y devuelva el formulario adjunto. Recibirá una factura informándole del monto adeudado. La cantidad adeuda incluirá intereses y multas que continuarán acumulándose hasta que se pague el saldo en su totalidad.


Si no está de acuerdo, en el sobre adjunto, envíe la declaración y fotocopias de sus documentos originales que respalden su posición. Si no puede verificar una cantidad que reclamó, explique el problema y cómo determinó la cantidad. Incluya el formulario de respuesta o una copia completa de esta carta.

Si ha enviado toda su documentación y no está de acuerdo con los cambios propuestos a su cuenta, solicite que su caso sea remitido a Apelaciones para su revisión.

Si el IRS no acepta la documentación enviada, recibirá una carta explicando el motivo. Si no está de acuerdo con la decisión, puede solicitar una conferencia de Apelaciones. Apelaciones es independiente de la oficina del IRS que le envió esta carta. Si no desea apelar o no está de acuerdo con la decisión de Apelaciones, puede tener derecho a llevar su caso a los tribunales.

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Si no presentó una declaración de impuestos

Llame al IRS inmediatamente ya que puede ser víctima de un delito relacionado con los impuestos. el robo de identidad. Es posible que otra persona haya utilizado su información personal para presentar esta declaración.

Comuníquese con el Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) Si está atravesando dificultades económicas o necesita ayuda para resolver problemas, puede comunicarse con TAS al 877-777-4778 o TTY/TTD 800-829-4059


Nota: Terceros autorizados pueden ayudar a contribuyentes, pero el contribuyente debe estar presente por teléfono o en persona.

Complete y envíe al IRS un Formulario 2848, Poder legal y Declaración del representante, para autorizar a alguien (como un contador) a comunicarse con el IRS en su nombre.

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Responder al IRS

Puede enviar su información al número de fax que aparece en la carta utilizando una máquina de fax o un servicio de fax en línea.

Protéjase al enviar datos digitales comprendiendo las políticas de privacidad y seguridad del servicio de fax, o envíelo por correo utilizando el sobre incluido con la carta.

Obtenga información general con nuestras páginas de autoayuda, cuando recibir un aviso del IRS.

¿Dónde puedo obtener ayuda adicional?

Publicación 5027

Información de robo de identidad para los contribuyentes 

Descargar

Publicación 3498-A

El Proceso de Revisión

Descargar

Recursos Generales

Entienda su aviso o carta

Temas para obtener ayuda

Explore problemas y situaciones tributarios comunes en la página de TAS Consigue ayuda

Si aún necesita ayuda

La Taxpayer Advocate Service es un independiente Organización dentro del IRS. TAS ayuda a los contribuyentes a resolver problemas con el IRS, hace recomendaciones administrativas y legislativas para prevenir o corregir los problemas y protege los derechos de los contribuyentes. TAS ayuda a todos los contribuyentes (y sus representantes), incluidos individuos, empresas y organizaciones exentas. Usted puede ser elegible para recibir ayuda gratuita de TAS si su problema con el IRS le está causando dificultades financieras, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS simplemente no está funcionando como debería.

TAS tiene oficinas en todos los estados, el Distrito de Columbia y Puerto Rico. Para encontrar el número de teléfono de su defensor local:

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITCs, por sus siglas en inglés) ayudan a las personas cuyos ingresos están por debajo de un cierto nivel que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. También brindan educación, extensión e información sobre los derechos de los contribuyentes a las personas que hablan inglés como segunda lengua. Las LITC representan a los contribuyentes en disputas ante el IRS y los tribunales y ayudan a los contribuyentes a responder a los avisos del IRS y corregir problemas con las cuentas. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Las LITC son independientes del IRS y TAS. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca de usted, consulte el sitio web de LITC. Página LITC or Publicación 4134, Lista de clínicas para contribuyentes de bajos ingresosTambién puede solicitar el formulario Pub. 4134 llamando al 800-TAX-FORM (800-829-3676).

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