Apelaciones ha recibido su solicitud de retiro de CDP o audiencia equivalente porque ha llegado a una resolución o acuerdo con el IRS con respecto a los períodos impositivos en la CDP o solicitud de audiencia equivalente o está satisfecho de que ya no necesita una audiencia con Apelaciones. Al enviar este formulario, retira su audiencia para presentar un Aviso de gravamen tributario federal (NFTL), gravamen o ambos.
Al retirar una solicitud de CDP, Apelaciones no verificará que se hayan cumplido todos los requisitos legales y administrativos durante los períodos enumerados en la solicitud de apelación original. También renunciará a su derecho a ir a la Tribunal Tributario de los Estados Unidos. Cuando se retira el CDP, embargo ya no se suspende y la Fecha de Vencimiento del Estatuto de Cobros (CSED) ya no se suspende.
El IRS no tomará una decisión o determinación sobre su solicitud de audiencia; sin embargo, no está renunciando a ningún otro derecho de apelación al que pueda tener derecho, como una apelación bajo el Programa Cobros Apelaciones (CAP).
¿Cómo he llegado hasta aquí?
Tiene un saldo adeuda en su cuenta de impuestos. El IRS le ha emitido un aviso de intención de imponer derechos de apelación o ha presentado una ntfl. Ejerció sus derechos de apelación y realizó una solicitud oportuna para una audiencia CDP o solicitó una audiencia CDP después de la fecha límite para una audiencia oportuna y tenía derecho a una audiencia equivalente dentro del período de un año con Apelaciones.
¿Cuáles son mis siguientes pasos?
Si tiene preguntas, puede comunicarse con el IRS al número que se encuentra en la esquina superior derecha de la carta.
Si aceptó una alternativa de recolección como un plan de pagos a plazos or Ofrecimiento de Transacción, deberá realizar los pagos según su acuerdo con el IRS. También deberá mantenerse al día en la presentación y el pago de sus impuestos durante el tiempo del acuerdo y, si realiza una ofrecimiento de transacción, durante cinco años después de que el IRS acepte su oferta.
Cuando su caso se devuelva a Cobros, es posible que desee revisar la información sobre las acciones de ejecución:
También puede revisar la información sobre las alternativas de cobranza o el alivio temporal de las acciones de cobranza, si corresponde: