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Publicado:   | Última actualización: 17 de octubre de 2023

Carta 4380

Apelaciones recibió su solicitud de debido proceso de Cobros y/o audiencia equivalente

Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.

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Hoja de ruta del contribuyente con imagen doblada al frente

Resumen de la carta

Recibirá esta carta de la Oficina Independiente de Apelaciones (Apelaciones) cuando haya presentado una solicitud de Debido Proceso de Cobros (CDP) y/o Audiencia Equivalente basada en una posición frívola o con la intención de retrasar o impedir la administración tributaria federal. Apelaciones le dará un plazo de 30 días para perfeccionar la solicitud o retirar la solicitud para evitar una posible sanción. Si no modifica o retira la CDP y/o la Audiencia equivalente, Apelaciones ignorará su solicitud y devolverá su caso a Cobross.

Este aviso o carta puede incluir otros temas que aún no hemos cubierto en esta página. Por favor regrese con frecuencia para ver actualizaciones.

¿Qué significa esta carta para mí?

Estas cartas se le envían como parte de las solicitudes de audiencia (CDP) o equivalente. Estas cartas son en respuesta a su oportuna finalización y envío de Formulario 12153, Solicitud de Debido Proceso Cobros o Audiencia Equivalente. Esta carta se envía cuando se presentó una audiencia CDP y/o equivalente basada en una posición frívola o un deseo de retrasar o impedir la administración de impuestos federales. Apelaciones le brinda 30 días para perfeccionar la solicitud o retirar la solicitud para evitar una posible sanción. Si no modifica o retira la solicitud de CDP y/o audiencia equivalente, Apelaciones ignorará su solicitud y devolverá su caso a Cobross. También se puede imponer una multa de $ 5,000.

Vea Publicación 1660, Derechos de la apelacion de cobros, para obtener una explicación completa del proceso de CDP.

¿Cómo he llegado hasta aquí?

Usted debe impuestos y no pagó la obligación. Usted completó y envió oportunamente Formulario 12153 porque no estuvo de acuerdo con las gestiones de cobro realizadas. Por lo general, una CDP o EH detendrán el procedimiento de la acción de ejecución si su apelación está pendiente.

Cuando presentó la solicitud, la basó en una posición frívola o en el deseo de retrasar o impedir la administración de impuestos federales.

¿Cuáles son mis siguientes pasos?

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Lee la carta

La carta tendrá instrucciones sobre cómo responder y la fecha límite para responder.

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Prepare su respuesta

Debe responder oportunamente modificando su solicitud para incluir un tema relevante o retirando el tema frívolo/retraso/obstáculo de la apelación. Debe estar preparado para explicar por qué no está de acuerdo con la acción de cobro y proponer una alternativa de cobro o un remedio para satisfacer la obligación tributaria o la liberación del gravamen. Debe tener documentación que respalde cualquier problema que desee discutir, incluida la prueba de los ingresos y gastos actuales.

¿Dónde puedo obtener ayuda adicional?

Sus Opciones

Si cree que tendrá problemas para pagar sus impuestos o si la Notificación de la presentación del gravamen por impuesto federal le causará dificultades económicas,  es útil saber cuáles son sus opciones para resolver su deuda tributaria.

Entienda su aviso o carta

Temas para obtener ayuda

Explore situaciones y problemas tributarios comunes en nuestra página Consigue ayuda en el sitio web de TAS.

  • Embargos en la sección Obtenga Ayuda del sitio web de TAS
  • Gravámenes en la sección Obtenga Ayuda en el sitio web del Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés)

Si aún necesita ayuda

El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.

Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777-4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de las clínicas para contribuyentes de bajos ingresos.

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¿Dónde estoy en el sistema tributario?

Apelaciones está respondiendo a su solicitud de debido proceso y/o audiencia equivalente de Cobros solicitando que modifique o retire su solicitud de audiencia porque su solicitud inicial contenía solo posiciones frívolas o tenía la intención de impedir o retrasar la administración tributaria.