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Publicado:   | Última actualización: 24 de octubre de 2024

Carta 3886

Aviso de condición especial para la presentación de gravámenes por impuestos federales: contribuyente

El IRS tiene presentó un Aviso de Gravamen por Impuesto Federal (NFTL) contra un tercero el IRS ha identificado uns su candidato o alter ego para los saldos impagos ubicados en el Formulario 668 (Y)(c) adjunta a la letra.

¿Dónde estoy en la hoja de ruta?

Resumen

Tiene un saldo en su cuenta de impuestos que no ha pagado y el IRS ha presentado un documento público, el Aviso de gravamen por impuestos federales (NFTL), ante las autoridades locales y/o estatales para alertar a los acreedores que el gobierno tiene derecho a sus intereses en la propiedad especificada en el aviso o, si no se especifica ninguno, todos sus bienes estarán a nombre del tercero nombrado en el aviso. Si bien los NFTL ya no aparecen en los informes de crédito, aún pueden afectar su capacidad para obtener crédito. si un acreedor potencial utiliza otros recursos, como registros públicos, para descubrir la NFTL. Ver formulario 668 (Y) (C) para obtener más información.

Necesito más información

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¿Qué significa esto para mí?

  • El saldo debe pagarse inmediatamente para detener otras acciones de cobro.
  • El NFTL es un registro público que puede afectarle a usted y a sus bienes y activos. 
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¿Cómo he llegado hasta aquí?

Un tercero ha sido identificado como su candidato o alter ego en la carta 3886 tiene y tu tienes un impuesto un impuesto saldo que no ha sido pagado. 

Cuando no se le paga al IRS, puede presentar un documento público ante las autoridades locales y/o estatales. 

Cuando el IRS presenta tSu NFTL especial, alerta a los acreedores que usted está asociado con el candidato y/o alter ego. y le debes al gobierno. 

La NFTL asegura la prioridad de la reclamo del gobierno sobre la propiedad especificada en el aviso, si no se especifica ninguno, entonces todos su propiedad que se encuentra a nombre del nominado y/o alter ego está asegurado por el gravamen.

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¿Cuáles son mis siguientes pasos?

  • Pague la cantidad que debe o considere una alternativa de cobro para detener acciones de cobro adicionales. Ver opciones de pago para obtener más información. 

 El IRS emitirá un Certificado de Liberación del gravamen 30 días después de: 

  • tSe paga el monto total, incluidas multas e intereses.;, 
  • Herramienta acepta una fianza que garantiza el pago del importe adeudado;, 
  • El IRS determina que la responsabilidad no se debe o que la responsabilidad se ha reducido a cero;, or 
  • el IRS ya no puede cobrar el impuesto legalmente;
  • Si no está de acuerdo con la presentación de este NFTL, puede solicitar una conferencia con el Oficina de Apelaciones utilizando un Formulario 9423, Solicitud de apelación de cobros. Vea Publicación 1660, Apelación de Cobros Derechos, para una explicación completa del proceso de la PAC. 

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