Tiene un saldo en su cuenta de impuestos, así que el IRS le envió un aviso o una carta. Si el IRS aún no tuvo noticias suyas, le envió un aviso de que se presentó un Aviso de gravamen tributario federal o un aviso de embargo o un aviso que propone un embargo, informándole cuánto debe, cuándo vence, cómo pagar y que tiene derecho a apelar esta acción. Si el IRS no tiene noticias suyas, continuará con el proceso de cobro.
Por ejemplo, si tiene una deuda tributaria, el IRS puede emitir un embargo, que es una incautación legal de su propiedad o bienes. Es diferente de un gravamen – mientras que un gravamen hace un reclamo sobre sus activos como garantía por una deuda tributaria, el embargo toma su propiedad (como fondos de una cuenta bancaria, beneficios del Seguro Social, salarios, su automóvil o su casa). Para obtener información específica, consulte Embargos y Gravámenes.