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Publicado: 25 de mayo de 2022 | Última actualización: 6 de julio de 2022

Carta 4381

No se tiene en cuenta el debido proceso o audiencia equivalente de Cobros

Carta de Conferencia en Persona o Telefónica de Apelaciones

Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.

Vea en hoja de ruta
Hoja de ruta del contribuyente con imagen doblada al frente

Resumen de la carta

Recibirá esta carta cuando haya presentado un debido proceso de Cobros (CDP) o una audiencia equivalente utilizando una posición que el Servicio haya identificado públicamente como frívola o refleje un deseo de retrasar o impedir la administración de las leyes federales. Una solicitud para enmendar su solicitud de audiencia proporcionando una razón legítima para la audiencia o retirar su solicitud dentro del plazo especificado, no se cumplió y Apelaciones ha desestimado su solicitud de una audiencia CDP o equivalente.

Este aviso o carta puede incluir otros temas que aún no hemos cubierto en esta página. Por favor regrese con frecuencia para ver actualizaciones.

¿Qué significa esta carta para mí?

Su solicitud de apelación será devuelta a la oficina de Cobros que la remitió a la Oficina Independiente de Apelaciones para su revisión y esa oficina puede continuar con la acción de cobro como si usted no hubiera solicitado una audiencia.

Si se trata de una solicitud de audiencia equivalente, la decisión es definitiva. Si se trataba de una solicitud de audiencia de CDP, es posible que tenga una oportunidad posterior de solicitar una audiencia equivalente si su solicitud se presenta a tiempo y elige discutir cuestiones legítimas para resolver su caso.

Ver Publicación 1660, Derechos de la apelacion de cobros, para obtener una explicación completa del proceso de CDP.

¿Cómo he llegado hasta aquí?

Debe impuestos y no pagó el pasivo después de varios intentos del IRS para cobrarlo. Es posible que haya recibido un aviso final o que se haya presentado un Aviso de gravamen tributario federal y no estuvo de acuerdo. Presentó el formulario 12153 para solicitar una audiencia CDP y/o una audiencia equivalente utilizando un argumento frívolo y se le solicitó que modificara o retirara la solicitud de audiencia dentro de un plazo específico. Este plazo ha vencido y su solicitud de audiencia se ha cerrado.

La mayoría de las veces, la presentación oportuna de una audiencia CDP y/o una solicitud de audiencia equivalente detendrá el proceso de la acción de ejecución mientras esté pendiente una audiencia o apelación.

¿Cuáles son mis siguientes pasos?

Lee la carta

La carta tendrá información sobre la devolución de su caso a la oficina de Cobros que lo remitió a Apelaciones. Se proporcionarán instrucciones sobre cómo proceder si su solicitud de audiencia fue para una audiencia equivalente o una audiencia CDP.

Prepare su respuesta

Si su solicitud desestimada fue para una audiencia CDP, es posible que tenga una oportunidad posterior de solicitar una audiencia equivalente si su solicitud se presenta a tiempo y elige discutir cuestiones legítimas para resolver su caso.

¿Dónde puedo obtener ayuda adicional?

Sus Opciones

Si cree que tendrá problemas para pagar sus impuestos o si la Notificación de la presentación del gravamen por impuesto federal le causará dificultades económicas,  es útil saber cuáles son sus opciones para resolver su deuda tributaria.

Entienda su aviso o carta

Temas para obtener ayuda

Explore situaciones y problemas tributarios comunes en nuestra página Consigue ayuda en el sitio web de TAS.

  • Embargos en la sección Obtenga Ayuda del sitio web de TAS
  • Gravámenes en la sección Obtenga Ayuda en el sitio web del Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés)

Si aún necesita ayuda

El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.

Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777-4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de las clínicas para contribuyentes de bajos ingresos.

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¿Dónde estoy en el sistema tributario?

Apelaciones haya recibido su solicitud de audiencia CDP y/o Equivalente y antes de determinar una conferencia presencial o telefónica.