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Publicado:   | Última actualización: 6 de marzo de 2026

Apelaciones Considera Riesgo de ir a los Tribunales (Riesgos de Litigio)

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Resumen

Si no se puede llegar a un acuerdo con la Revisión del IRS, a veces denominada como la Departamento de Cumplimiento, En la mayoría de los casos, a los contribuyentes se les ofrece la oportunidad de solicitar que la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS revise su caso. Las Apelaciones deben analizar el asunto con una perspectiva nueva y objetiva. Las Apelaciones brindan la última oportunidad administrativa para que los contribuyentes y el IRS resuelvan disputas tributarias sin litigio.

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¿Qué significa esto para mí?

A diferencia de Compliance, los Oficiales de Apelaciones (AO) pueden considerar la peligros de litigio en el intento de llegar a un acuerdo. Un arreglo de riesgos es una resolución de un problema basado sobre el resultado probable si el caso llega a los tribunales. Generalmente se expresa como un porcentaje. Para la liquidación por riesgo, se requiere el Formulario 870-AD. Una vez acordado esto entre usted y el AO, no podrán litigar el asunto posteriormente; la liquidación es definitiva.

En casi todos los casos en que el Gobierno se presenta ante un juez o un jurado existe cierto riesgo. Los tribunales tienden a decidir algunas cuestiones sobre la base de un todo o nada. Aunque el Gobierno parezca tener un caso sólido, aún podría perder.


Algunos factores que utilizan los AO al aplicar los riesgos de litigio incluyen:

  • Ya sea que su caso sea pro se (sin representación) o tenga un representante;
  • Cuál es el monto del impuesto en cuestión. Los casos con obligaciones inferiores a $25,000 se consideran casos “pequeños”. Ese tipo de casos se tratan de manera diferente en el Tribunal Tributario de los Estados Unidos;
  • El hecho de que haya muchos casos decididos de una determinada manera afecta el riesgo que corre el gobierno de litigar. Por ejemplo, si un asunto se ha litigado con frecuencia y el IRS siempre ha ganado, entonces los riesgos de litigar son bajos;
  • Si la información proporcionada es creíble y respalda los hechos del caso;
  • Si su postura tiene mérito. Es decir, si la razón de su desacuerdo se basa en la ley. Por ejemplo, si no está de acuerdo con la denegación de una deducción, debe proporcionar una base para mantenerla. Esta puede ser recibos, otros documentos que avalen el gasto, una cita del Código o Reglamento de Rentas Internas u otras fuentes legales.
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¿Cómo he llegado hasta aquí?

Si no logró llegar a un acuerdo con el Departamento de Cumplimiento del IRS, su caso califica para Apelaciones. Si presentó una protesta válida, su caso se enviará a Apelaciones.

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¿Cuáles son mis siguientes pasos?

  • Ayudar a Apelaciones a resolver su caso asistiendo a reuniones y conferencias cuando se programen y respondiendo rápidamente a cualquier solicitud de información o documentación adicional.
  • El AO podría solicitarle que firme el Formulario 872 – Consentimiento para Extender el Plazo de Determinación de Impuestos. Considere cuidadosamente si se niega a firmar este formulario.
  • Si no lo ha hecho en su protesta, presente una declaración que incluya una lista de todas las posturas del IRS con las que no está de acuerdo y cómo interpreta los hechos y la ley en cada caso. No olvide protestar contra cualquier sanción propuesta. Las apelaciones no pueden considerar la documentación no presentada a Cumplimiento. Si presenta nueva documentación, es probable que su caso se devuelva a Cumplimiento.
  • Escuche la explicación de sus derechos de apelación y el proceso de apelaciones. Dígale a su AO cómo cree que se debe resolver el caso y exponga sus argumentos y documentación.
  • Si no está de acuerdo con el acuerdo propuesto por la AO tiene dos opciones:
    • Puede solicitar una Mediación Posterior a la Apelación (PAM), que es una extensión del Proceso de Apelaciones. No es vinculante y utiliza los servicios de un mediador (Ver Publicación 4167);
    • En los casos en que no se pueda llegar a un acuerdo, la AO emitirá un aviso reglamentario de deficiencia y usted podrá presentar una petición.

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