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Publicado:   | Última actualización: 21 de septiembre de 2023

Aviso CP62, acreditamos su cuenta

Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.

Vea en hoja de ruta
Hoja de ruta del contribuyente con imagen doblada al frente

Resumen del aviso

Se aplicó un pago a su cuenta.

Este aviso o carta puede incluir otros temas que aún no hemos cubierto en esta página. Por favor regrese con frecuencia para ver actualizaciones.

¿Qué significa esto para mí?

Se aplicó un pago a su cuenta. Este aviso se envía para informarle qué pago se aplicó/movió.

Ver aviso en línea:

Vea sus registros de impuestos federales y administre sus preferencias de comunicación en línea

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¿Cuáles son mis siguientes pasos?

Revise su aviso, ya que proporciona la fecha y el monto del pago que se aplicó a su cuenta.

Si su aviso muestra que le debemos un reembolso, no es necesario que responda. Si aún no ha recibido el reembolso, debería recibirlo dentro de 2-3 semanas.

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Opciones de pago

Si esta de acuerdo al cambio y hay un saldo adeudado. Pague la cantidad que debe antes de la fecha indicada en el aviso.

Si no puede pagar el monto total para esa fecha, pague todo lo que pueda ahora y haga arreglos de pago para el saldo restante. Para saber qué opciones de pago podría funcionar para su situación, o comuníquese con el IRS al 800-829-8374 para configurar un plan de pago o discutir otras formas de abordar su saldo.

Ser proactivo al abordar la deuda tributaria puede evitar multas e intereses adicionales y eliminar la necesidad de que el IRS tome medidas para cobrar el saldo. Para obtener detalles, consulte Recibí un aviso del IRS.

¿Dónde puedo obtener ayuda adicional?

Entendiendo su aviso o carta

Temas para obtener ayuda

Explore problemas y situaciones tributarios comunes en la página de TAS Consigue ayuda

Si aún necesita ayuda

La Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando dificultades financieras, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS simplemente no funciona como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarlo.

Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777-4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de clínicas para contribuyentes de bajos ingresos. Esta publicación también está disponible en línea en www.irs.gov o llamando al IRS al 1-800-829-3676.