Última actualización: 9 de febrero de 2022
Cobros - Quiebra (Insolvencia)
Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra usted en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.
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Los procedimientos comienzan cuando presenta una petición en el tribunal de quiebras; esa presentación crea el patrimonio de quiebra que consiste en todos sus activos a la fecha de presentación. Cuando presenta una petición de quiebra, sus activos en el patrimonio de la quiebra, bajo la jurisdicción del tribunal de quiebras, no están sujetos a embargo. Sin embargo, los acreedores pueden presentar una “prueba de reclamación” ante el tribunal de quiebras para proteger sus derechos. Deberías revisar Publicación 908, Guía de impuestos sobre quiebras, antes de la presentación. No todas las deudas son descargables. Muchas deudas tributarias están exentas de la condonación de quiebra.
El Código de Quiebras generalmente se refiere a una entidad insolvente (que no sea una sociedad) como una con deudas que exceden el valor justo de mercado de toda su propiedad (consulte 11 USC § 101 (32). Puede usar la Hoja de trabajo de insolvencia en la página 6 de Publicación 4681, Deudas canceladas, ejecuciones hipotecarias, reintegros y abandonos, para determinar si es insolvente.
Este aviso o carta puede incluir otros temas que aún no hemos cubierto en esta página. Por favor regrese con frecuencia para ver actualizaciones.
Si tiene una deuda tributaria y usted y / o su cónyuge presentaron una petición de bancarrota y es posible que hayan recibido una condonación de bancarrota, es posible que haya recibido una de estas cartas. Por favor, lea la carta con mucha atención y responda en consecuencia. Si tiene alguna pregunta, comuníquese con la persona que figura en el aviso que se le envió de inmediato.
Tiene una deuda impaga que no puede pagar y se ha declarado en quiebra o ha sido liberada después de declararse en quiebra. Otras opciones incluyen un Plan de pago del IRS o un ofrecimiento de transacción. Ver la Publicación 908, Guía de impuestos concursales.
Lo primero que debe hacer es verificar la dirección del remitente para asegurarse de que sea del Servicio de Impuestos Internos (IRS) y no de otra agencia.
Si es del IRS, el aviso tendrá instrucciones sobre cómo responder. Si desea obtener más detalles sobre su cuenta tributario, puede pedir una transcripción.
Si adeuda impuestos federales vencidos que no puede pagar, la bancarrota puede ser una opción. Otras opciones incluyen un Plan de pago del IRS o un oferta en compromiso.
Si ha presentado una petición de quiebra, o es el abogado de un deudor o un fideicomisario de los EE. UU. Con preguntas sobre una quiebra abierta, puede comunicarse con la Unidad Centralizada de Operaciones de Insolvencia del IRS, de lunes a viernes, de 7 a. M. A 10 p. M., Hora del Este, al 1-800-973 0424.
Deberías revisar Publicación 908 antes de la presentación. No todas las deudas son descargables. Muchas deudas tributarias están exentas de la condonación de quiebra.
Entienda su aviso o carta
Para obtener más detalles sobre su aviso, visite Cómo entender su carta o aviso del IRS en el sitio web IRS.gov.
Obtenga ayuda
Explore problemas y situaciones tributarios comunes en la página de TAS Obtenga ayuda
Si aún necesita ayuda
El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.
Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777 4778.
Las Clínicas para contribuyentes de bajos ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos.
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