Un CAP está disponible para una amplia gama de acciones de cobro completando el Formulario 9423Solicitud de Apelaciones de Cobros. Una apelación de CAP se refiere a una acción de cobro específica propuesta o tomada por el IRS. Los casos de CAP generalmente se resuelven rápidamente por la Oficina de Apelaciones.
Recibió varios avisos o cartas del IRS solicitando el pago del saldo tributario adeudado y la deuda sigue sin pagar. Dado que tiene un saldo adeudado, el IRS continúa con su proceso de cobro ya sea presentando un gravamen, que reclama sus activos como garantía para una deuda tributaria, o emitiendo un embargo que puede tomar su propiedad (como fondos de un banco cuenta, beneficios del Seguro Social, salarios, su automóvil o su casa).
Para cada período impositivo, el IRS debe enviarle un aviso después de presentar un gravamen y, en general, debe notificarlo antes del primer intento de embargo, y le enviará un Aviso de su derecho a una audiencia de debido proceso de Cobros explicando sus derechos de apelación. Ver IRS Publicación 594, El Proceso de cobro del IRS, y Publicación 1660Derechos de apelación de Cobros, para obtener una explicación completa de los programas CDP y CAP.
Programa Cobros Apelaciones (CAP): Si no está de acuerdo con la decisión de un empleado del IRS, puede apelar estas acciones de cobro bajo CAP:
- Antes o después de la presentación de un Aviso de gravamen tributario federal (NFTL).
- Antes o después de la entrega de un aviso de embargo.
- Antes o después de la incautación de bienes.
- Después de la denegación de una solicitud de liberación de propiedad de un gravamen.
- Después de la denegación de la subordinación de un gravamen.
- Después de la denegación del retiro de un NFTL.
- Después de la denegación de la expedición de un certificado de no embargo.
- Terminación o propuesta de terminación, modificación o propuesta de modificación, de un contrato de pago a plazos (IA).
Nota:Una modificación puede implicar una propuesta del IRS o del contribuyente.
- Rechazo de un acuerdo de pago a plazos (IA).
- Después de la desestimación de la solicitud de un contribuyente para la devolución de la propiedad embargada bajo IRC 6343(d).
- Después de la desestimación de la solicitud del propietario de una propiedad de terceros para la devolución de la propiedad gravada indebidamente en virtud del IRC 6343(b).
- Reclamaciones de propiedad de terceros, incluido el alter ego y gravámenes nominales.
Puede apelar al gerente del empleado y el gerente generalmente tendrá una conferencia con usted.