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Publicado:   | Última actualización: 17 de octubre de 2023

Carta de Cierre de Audiencia Equivalente Acordada

Consulte nuestro mapa tributario interactivo para ver dónde se encuentra en el proceso de impuestos tributarios. Esto podría ayudarle a navegar a través del IRS.

Vea en hoja de ruta
Hoja de ruta del contribuyente con imagen doblada al frente

Resumen de la estación

Envió una solicitud por escrito para una audiencia equivalente de debido proceso de Cobros (CDP), muy probablemente mediante el formulario 12153, Solicitud de debido proceso de Cobros o audiencia equivalente. Apelaciones tomó una decisión y usted estuvo de acuerdo con la decisión.

Este aviso o carta puede incluir otros temas que aún no hemos cubierto en esta página. Por favor regrese con frecuencia para ver actualizaciones.

¿Qué significa esto para mí?

Se reunió con un Oficial de Apelaciones y llegó a un acuerdo sobre su obligación tributaria, en lugar de litigar en el Tribunal Tributario de EE. UU. La carta es de un Oficial de Apelaciones del IRS, no del abogado de la Oficina del Asesor Jurídico del IRS asignado a su caso.

¿Cómo he llegado hasta aquí?

Tiene una obligación tributaria impaga por uno o más períodos impositivos. El IRS le emitió una Carta 3172, Aviso de presentación de gravamen tributario federal y su derecho a una audiencia según IRC § 6320, o un Aviso de intención de embargo.

No solicitó oportunamente una audiencia de CDP, pero se le otorgó una “audiencia equivalente” que es similar a una audiencia de CDP, pero no puede apelar ante un tribunal las decisiones tomadas por un oficial de Apelaciones. Se debe solicitar una audiencia equivalente dentro del período de un año que comienza el día depués del período de cinco días hábiles a partir de la presentación del NFTL, o en casos de embargo, dentro del período de un año que comienza el día después del aviso de CDP. Apelaciones tomó una decisión sobre su solicitud de apelación y usted estuvo de acuerdo con la decisión.

¿Cuáles son mis siguientes pasos?

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Si tienes preguntas

Puede comunicarse con el empleado de Apelaciones cuyos datos se brindan en la esquina superior derecha de la carta.

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Si estuvo de acuerdo con una Alternativa de Cobro

Como un plan de pago a plazos o un ofrecimiento de transacción, deberá realizar pagos puntuales según su acuerdo con el IRS. También deberá mantenerse al día con la presentación de su declaración de impuestos y las obligaciones de pago de impuestos durante el tiempo del acuerdo, y si realiza un ofrecimiento de transacción, durante cinco años después de que el IRS acepte su oferta.


Puede revisar la información sobre las acciones de ejecución si su caso es devuelto a Cobros:

También puede revisar la información sobre alternativas y resoluciones de recolección:

¿Dónde puedo obtener ayuda adicional?

Entienda su aviso o carta

Temas para obtener ayuda

Explore situaciones y problemas tributarios comunes en nuestra página Consigue ayuda en el sitio web de TAS.

Si aún necesita ayuda

El Servicio del Defensor del Contribuyente es una organización independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege los derechos de los contribuyentes. Podemos ofrecerle ayuda si su problema tributario le está causando una dificultad financiera, si ha intentado y no ha podido resolver su problema con el IRS, o si cree que un sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debería. Si califica para nuestra asistencia, que siempre es gratuita, haremos todo lo posible para ayudarle.

Visite www.taxpayeradvocate.irs.gov o llame al 1-877-777 4778.

Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y TAS. Las LITCs representan a personas cuyos ingresos están por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS. Estas clínicas pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y disputas de recaudación de impuestos ante el IRS y ante los tribunales. Además, las LITCs pueden brindar información sobre los derechos y responsabilidades de los contribuyentes en diferentes idiomas para las personas que hablan inglés como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa. Para obtener más información o para encontrar una LITC cerca a usted, consulte la página LITC en el sitio web de TAS o la Publicación 4134, Lista de las clínicas para contribuyentes de bajos ingresos.

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Carta 5145