Los anunció en junio que estaba entrando en la siguiente etapa del trabajo del Crédito de Retención de Empleados (ERC) y que luego de una revisión de las reclamaciones presentadas, planea rechazar decenas de miles de reclamaciones ERC “erróneas” e inadecuadas de alto riesgo al tiempo que inicia una nueva ronda de procesar reclamos de menor riesgo para ayudar a los contribuyentes elegibles.
El anuncio decía que “la revisión implicó meses de digitalización de información y análisis de datos desde septiembre pasado para evaluar un grupo de más de 1 millón de reclamaciones [ERC] que representan más de 86 mil millones de dólares presentadas en medio de un marketing agresivo el año pasado”.
“…el IRS identificó que entre el 10% y el 20% de las reclamaciones pertenecen a lo que la agencia ha determinado que es el grupo de mayor riesgo, que muestra signos claros de ser reclamaciones erróneas para el crédito de la era de la pandemia. Decenas de miles de ellos serán denegados en las próximas semanas”.
Ahora que se han publicado los avisos, los contribuyentes tal vez se pregunten qué notificación de rechazo de reclamo es y qué hacer a continuación. A continuación se ofrece una explicación rápida de la importancia de estos avisos y cómo pueden responder los contribuyentes.
El aviso de desestimación de reclamo es un aviso legal que el IRS está no permitir el crédito o reembolso reclamado. Una carta 105C es un aviso de desestimación total, y un 106C es un aviso de desestimación parcial. Si los contribuyentes no están de acuerdo con la denegación del reclamo por parte del IRS, independientemente de qué carta recibió el contribuyente, pueden solicitar una revisión solicitando la Oficina Independiente de Apelaciones (Apelaciones) del IRS.
Es importante recordar que tienes derechos como contribuyente. Esto incluye el derecho a apelar una decisión del IRS en un foro independiente que le permite impugnar la notificación ante el Tribunal de Distrito de EE. UU. o el Tribunal de Reclamaciones Federales de EE. UU. Los contribuyentes tienen este derecho independientemente de si el aviso incluía información que le informara sobre el derecho o cómo interponer dicho recurso.
Los contribuyentes que impugnan el aviso ante el tribunal generalmente deben presentar una demanda dentro de los dos años a partir de la fecha en que se envió por correo el aviso de desestimación del reclamo (esa fecha generalmente se encuentra en la parte superior derecha de la primera página del aviso).
Desafortunadamente, el IRS ha declarado que algunos en el reciente lote de avisos de desestimación de reclamos contenían errores u omisiones, incluida la omisión de información de Apelaciones.
El IRS publicó una noticia anuncio el 9 de agosto de 2024 indicando:
“El IRS se enteró de que algunos de los correos tempranos recientes han omitido inadvertidamente un párrafo que destaca el proceso para presentar una apelación ante el IRS o el tribunal de distrito, y la agencia está tomando medidas para garantizar que este lenguaje se envíe por correo a todos los contribuyentes relevantes. Independientemente del lenguaje del aviso, el IRS enfatiza que los contribuyentes tienen derechos de apelación administrativa disponibles…”
A pesar de la omisión por parte del IRS de los párrafos de Apelaciones en algunos de los avisos de desestimación de reclamos, los contribuyentes deben ser conscientes de que siempre tienen derecho a impugnar la denegación en Apelaciones, y pueden solicitar Apelaciones en cualquier momento dentro de los dos años a partir de la fecha encontrada en en la parte superior derecha de la primera página del aviso. Sin embargo, generalmente, una vez transcurrido el plazo de dos años, los contribuyentes no tendrán derecho a un reembolso incluso si todavía están trabajando con Apelaciones, porque cualquier emisión de un reembolso o aplicación de un crédito por parte del IRS más allá de este período se considera errónea. bajo IRC § 6514. Los contribuyentes pueden evitar esta limitación legal al llegar a un acuerdo con el IRS para extender el tiempo para presentar una demanda en un Formulario 907, Acuerdo para ampliar el plazo para presentar una demanda presentando una demanda oportuna en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos correspondiente o en el Tribunal de Reclamaciones Federales antes de que expire el tiempo para hacerlo.
Por lo general, puede resolver la mayoría de las notificaciones o cartas sin ayuda, pero también puede obtener la ayuda de un profesional, ya sea la persona que preparó su declaración u otro profesional de impuestos.
Si su problema con el IRS le está causando dificultades financieros, consulte ¿Puede TAS ayudarme con mi problema tributario?
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