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Publicado:   | Última actualización: 8 de febrero de 2024

Consejo tributario de TAS: ¿Qué sucede si recibo un aviso del IRS que dice que algo anda mal con mi declaración de impuestos de 2021?

¡No entres en pánico! Es importante recordar que no toda la correspondencia del IRS contiene necesariamente malas noticias.

Es responsabilidad del IRS asegurarse de que su declaración de impuestos sea lo más precisa posible mientras se procesa y verifica. Estos controles de verificación pueden incluir cualquier cosa, desde encontrar y corregir errores matemáticos básicos hasta verificar los declarar impuestos adjuntos requeridos, como los calendarios que respaldan un crédito o una deducción que está reclamando. El IRS también verifica para confirmar que los montos que se muestran en su declaración coinciden con lo que han informado bancos, empleadores, terceros y otras agencias gubernamentales. En algunos casos, estos controles pueden resultar en la identificación de un crédito que potencialmente podría reclamar para obtener un reembolso mayor, cuando el IRS determina que puede ser elegible para recibirlo.

El IRS recientemente suspendió algunos de sus avisos, pero no todos. La mayor parte de la correspondencia del IRS, si se relaciona con una pregunta sobre su declaración de impuestos actual mientras se procesa, todavía se envía, con la excepción de las solicitudes de declaración de impuestos no presentadas que se enumeran en el carta del IRS. Aquí está lo que necesita saber si recibió uno de estos avisos antes de la suspensión del IRS.

¿Qué debo hacer si recibo correspondencia del tipo de procesamiento de declaraciones de impuestos?

Ábralo, léalo y guárdelo en un lugar seguro (en caso de que lo necesite más adelante). La correspondencia del IRS siempre le dice por qué el IRS está escribiendo, de qué tema se trata y qué debe hacer en respuesta y cuándo, o le dirá que no necesita responder en absoluto.

Las cartas y los avisos no siempre son fáciles de entender. Entonces, aquí hay tres recursos que le recomendamos que use si desea más ayuda para comprender ese aviso o carta en particular:

Nota: Para encontrar el número de correspondencia, busque en la esquina superior o inferior derecha. Generalmente irán precedidos de las letras CP o LTR.

¿Necesito responder?

Si necesita responder o no, dependerá del problema.

Si está de acuerdo con la información o el cambio enumerados, a veces no es necesario que responda. Otras veces, incluso si está de acuerdo, es posible que deba proporcionar información específica para resolver el problema, especialmente si necesita verificar su identidad o si falta un cronograma. En la mayoría de las situaciones de procesamiento de declaraciones de impuestos, generalmente tiene 60 días para responder, pero asegúrese de hacerlo antes de la fecha especificada en su carta.

Si no está de acuerdo, la carta debe describir cómo disputar el problema, incluida la(s) acción(es) que se necesitan y una fecha para completar la acción, así como información sobre su Derechos del Contribuyente.

Ya sea que esté de acuerdo o no, si requiere una respuesta, ¡no se demore! Debe responder antes de la fecha requerida o puede perder ciertas opciones de resolución o también puede tener que pagar en su totalidad antes de que el IRS considere su posición. Vea más sobre esto a continuación.

Cuando responder

Si su notificación o carta requiere una respuesta antes de una fecha específica, hay muchas razones por las que querrá cumplir. Éstos son solo algunos:

  • minimizar los cargos adicionales por intereses y multas;
  • evitar que se tomen más medidas en su cuenta o en su contra; y
  • preserva tus derechos de apelación si no está de acuerdo.

Si necesita más tiempo del indicado para responder, comuníquese con el IRS utilizando la información de contacto provista.

Cómo y dónde responder

La correspondencia debe decirle exactamente a dónde enviar su respuesta, ya sea a una dirección postal o un número de fax. Sigue las instrucciones.

¿Qué pasa si quiero hablar con alguien?

Cada aviso o carta debe incluir información de contacto. El número de teléfono generalmente se encuentra en la esquina superior derecha.

Si un empleado específico está trabajando en su caso, mostrará un número de teléfono específico para ese empleado o el gerente del departamento. De lo contrario, mostrará el número gratuito del IRS (800-829-1040).

Tenga en cuenta COVID-19 continúa causando retrasos en los servicios del IRS, incluida la asistencia telefónica en directo y la respuesta a la correspondencia. El IRS agravamenta a los contribuyentes a hacer uso del sitio web IRS.gov y sus recursos en línea, como Preguntas sobre la ley tributaria para obtener respuestas a sus preguntas y encontrar recursos para resolver problemas.

Importante:: Querrá ver la página Ayuda del IRS para contribuyentes y profesionales de impuestos: alertas especiales de temporada de presentación para anuncios relacionados con el procesamiento de declaraciones de impuestos de 2021 antes de que usted llame en caso de que la información que necesita se encuentra allí.

Los mejores días para llamar al IRS son miércoles, jueves y viernes. El IRS informa que los tiempos de espera son más largos los lunes y martes, y están cerca de la fecha límite de presentación de abril.

Tenga una copia de su declaración de impuestos y la correspondencia disponible cuando llame.

Espere - todavía necesito ayuda

Por lo general, puede resolver la mayoría de las notificaciones o cartas sin ayuda, pero también puede obtener la ayuda de un profesional, ya sea la persona que preparó su declaración u otro profesional de impuestos.

Si no puede contratar a un profesional de impuestos para que lo ayude, puede ser elegible para una representación gratuita o de bajo costo de un abogado, contador público certificado o agente inscrito asociado con un Clínica para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC pos us siglas en inglés). Además, los LITC pueden ayudarlo si habla inglés como segundo idioma y necesita ayuda para comprender el aviso o la carta. Para obtener más información o para encontrar un LITC cerca de usted, consulte el LITC o la Publicación 4134 del IRS, Lista de clínicas para contribuyentes de bajos ingresos.

Si su problema con el IRS le está causando dificultades financieras, consulte ¿Puede TAS ayudarme con mi problema tributario?.

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