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Publicado:   | Última actualización: 7 de mayo de 2025

La multa del programa de recuperación de fondos fiduciarios disminuyó, lo que ahorró millones de dólares al oficial 

 

piezas de un rompecabezas construyendo un último para el éxito

En el corazón de la misión de nuestra organización se encuentra el compromiso con la abogacía. Cada año, ayudamos a miles de personas y profesionales de impuestos a navegar por el complejo panorama de los impuestos federales con confianza y claridad. Esta historia es sólo uno de los muchos ejemplos de cómo el Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés) ayuda a resolver los problemas de los contribuyentes. Todos los datos personales se han eliminado para proteger la privacidad del contribuyente.

Antecedentes sobre los impuestos de los fondos fiduciarios

Los impuestos sobre fondos fiduciarios son los impuestos sobre la ingresos, los impuestos del Seguro Social y los impuestos de Medicare retenidos de los salarios de los empleados. Se denominan impuestos sobre fondos fiduciarios porque se mantienen en fideicomiso hasta que el empleador los paga mediante depósitos de impuestos federales (FTD, por sus siglas en inglés). Si no se pueden cobrar los impuestos sobre fondos fiduciarios a la empresa, el IRS puede solicitar una multa por recuperación de fondos fiduciarios (TFRP, por su siglas en inglés) contra cualquier persona que sea responsable de recaudar o pagar los impuestos retenidos sobre ingresos y el empleo y que voluntariamente no los recaude o pague.

Sección 2302 de la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica por Coronavirus (CARES por sus siglas en inglés) permitió a los empleadores diferir el depósito y el pago de la parte del empleador de los impuestos del Seguro Social durante un período de aplazamiento que comenzó el 27 de marzo de 2020 y finalizó el 31 de diciembre de 2020.

Situación

Una persona fue funcionaria de una corporación y su subsidiaria durante varios meses. Durante este período, la corporación y su subsidiaria realizaron todos los pagos de impuestos a plazo fijo (FTD) requeridos para la parte del empleado en los impuestos del Seguro Social y Medicare, pero optaron por diferir la parte del empleador, según lo permite el artículo 2302 de la Ley CARES. Tras la renuncia de la funcionaria, ambas empresas dejaron de pagar la parte del empleador de los impuestos al fondo fiduciario.

El IRS siguió su proceso habitual para aplicar primero los FTD a la parte del empleador de la obligación laboral. El exfuncionario no tenía motivos para creer que se acumulara una obligación fiduciaria ni que el incumplimiento de la corporación en el pago de la obligación diferida tras su salida daría lugar a un TFRP. El IRS impuso el TFRP al exfuncionario por los impuestos a la deuda fiduciaria no pagados de la corporación y propuso una sanción por el TFRP para la obligación fiduciaria de la filial. El funcionario apeló la imposición propuesta.
El asesor legal del IRS concluyó que, a pesar de diferir la “parte del empleador del Seguro Social” según lo permite la § 2302 de la Ley CARES, el IRS podía aplicar los FTD oportunos en el mejor interés del gobierno.

Abogacía de TAS

TAS ayudó al apoderado de la corporación mencionada en este artículo a formular argumentos válidos para la audiencia de Apelaciones. Se anuló el TFRP corporativo y no se aplicó la tasación propuesta, lo que le ahorró al funcionario varios millones de dólares y protegió su derecho a pagar solo la cantidad correcta de impuestos.
La defensa de TAS no sólo ayudó a este contribuyente, sino que también puede tener un impacto positivo en casos similares en el futuro.

Hoy, mañana y en el futuro, nos mantenemos firmes en nuestra dedicación a marcar la diferencia: un contribuyente, una historia de éxito a la vez. Lea más historias de éxito de TAS.

Obtenga más información sobre si TAS puede ayudarlo: ¿Puede TAS ayudarme con mi problema tributario?

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¿Sabías que existe una Carta Derechos del Cotribuyente?

La Declaración de Derechos del Contribuyente está agrupada en 10 categorías fáciles de entender que describen los derechos y protecciones del contribuyente incorporados en el código tributario.

También es lo que guía el trabajo de promoción que hacemos para los contribuyentes.

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