
Este blog continúa mi análisis del borrador de discusión de la Ley de Asistencia y Servicio al Contribuyente (Ley TAS). El Senador Mike Crapo, presidente del Comité de Finanzas del Senado, y el Senador Ron Wyden, miembro de mayor rango del comité, publicaron el borrador a principios de este año, y éste introduciría muchas mejoras muy necesarias en la administración tributaria.
Hoy nos centramos en la Sección 112, que solucionaría dos problemas recurrentes para las víctimas de desastres. La Cámara de Representantes aprobó recientemente esta disposición como un proyecto de ley independiente titulado Ley de extensión de plazos relacionados con desastres. (Para los fines del debate que sigue, me referiré a la disposición como Sección 112 de la Ley TAS, pero la Ley de Extensión de Plazos Relacionados con Desastres hace los mismos cambios).
Tras un desastre declarado por el gobierno federal, el IRS puede otorgar un alivio que otorga a los contribuyentes tiempo adicional para cumplir con diversos plazos. El problema radica en que los aplazamientos del IRS para el alivio por desastre no afectan a todas las partes del código tributario de la misma manera. Los plazos y las fechas cambian para algunos fines, pero no para otros. Esto no siempre es negativo, pero en ciertas situaciones puede causar confusión innecesaria a los contribuyentes y exponerlos a costos adicionales y a la pérdida de reembolsos válidos. La Sección 112 de la Ley TAS busca corregir dos problemas en el código tributario que han tenido consecuencias imprevistas para las víctimas de desastres. En estas circunstancias, los aplazamientos por desastre deben tratarse de la misma manera que las prórrogas según el código.
Muchos contribuyentes optan por presentar sus declaraciones antes de la fecha límite pospuesta por desastre y posponer el pago hasta dicha fecha. Desafortunadamente, si bien la ayuda por desastre del IRS puede dar a los contribuyentes tiempo adicional para presentar sus declaraciones y pagar las cantidades adeudadas, el IRS mantiene que esta ayuda no cambia cuando debe evaluar los impuestos y emitir primero una notificación exigiendo el pago.
Para los contribuyentes que presentan su declaración anticipadamente pero esperan debidamente hasta la fecha de pago por desastre pospuesta, esto genera confusión y frustración ya que el IRS comienza el proceso de cobro antes de la fecha de vencimiento.
Una vez que se presenta una declaración anticipada, el IRS envía cartas de cobro de “aviso y demanda” para alertar a ciertos contribuyentes en áreas de desastre que sus pagos están vencidos y sujetos a intereses y multas si no se pagan en una fecha específica antes del plazo real previsto en el alivio en casos de desastre.
En el 2023, el IRS envió millones de estos avisos informando erróneamente a los contribuyentes en zonas de desastre que sus impuestos debían pagarse antes de la fecha límite pospuesta. El IRS hizo seguimiento con avisos adicionales que intentan explicar la situación, pero eso también generó confusión. Desde entonces, el IRS ha aclarado considerablemente el paquete de cartas que utiliza para este propósito, añadiendo una portada explicativa que indica la fecha de vencimiento correcta para el pago e indica a los contribuyentes que ignoren la fecha de vencimiento en el propio aviso. Si bien esto representa una mejora significativa, el resultado más simple y óptimo sería enviar un aviso en el momento correcto que indique únicamente la fecha de vencimiento correcta, en lugar de indicar erróneamente que se deben intereses y multas por pagos atrasados cuando la fecha de vencimiento no se ha cumplido.
La Ley TAS modificaría el texto del código tributario para armonizar la fecha en que el IRS debe exigir el primer pago con la fecha límite de pago aplazada para las víctimas de desastres. De esta manera, el IRS, en estas situaciones, puede enviar notificaciones claras sin información contradictoria.
Para obtener más información sobre esto, consulte mi recomendación legislativa del Libro Púrpura: Proteja a los contribuyentes en áreas de desastre declaradas por el gobierno federal que reciben alivio en la presentación y pago de avisos de cobros inexactos y confusos.
Los aplazamientos de ayuda por desastre tampoco suelen cambiar cuando ciertos pagos de impuestos se consideran pagados según el código tributario. Esto puede causar confusión a los contribuyentes que posteriormente... necesitan presentar reclamos de reembolso.
Cuando los contribuyentes presentan su declaración de impuestos, generalmente tienen tres años a partir de la fecha de presentación para presentar posteriormente una solicitud de reembolso. Sin embargo, bajo una regla de "retrospección" correspondiente en el código tributario, el IRS solo puede reembolsar las cantidades pagadas dentro de los tres años a partir de la fecha de la solicitud de reembolso. Los impuestos pagados por adelantado durante el año, es decir, el impuesto estimado y la retención de los cheques de pago de los contribuyentes, generalmente se consideran pagados en la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos, que por defecto es el 15 de abril para la mayoría de los contribuyentes individuales. Los contribuyentes que presenten solicitudes de crédito o reembolso dentro de los tres años a partir de la fecha de presentación de la declaración original tendrán sus créditos o reembolsos limitados a las cantidades pagadas dentro del período de tres años anterior a la presentación de la solicitud, más el período de cualquier prórroga para presentar la declaración original (el "período de retrospección de tres años").
Esta combinación de normas procesales tributarias complejas crea el problema.
El alivio por desastre del IRS brinda a los contribuyentes tiempo adicional para presentar su declaración de impuestos original y su posible solicitud de reembolso, pero no cambia la fecha de pago. Por lo tanto, los contribuyentes podrían presentar una solicitud de reembolso válida y oportuna, pero solo lo hacen después del período de retrospección ha expirado con respecto a su impuesto prepagado.
En esa situación, el código tributario prohíbe al IRS pagar el reembolso al que el contribuyente tendría derecho. Creo que esta es una consecuencia imprevista que perjudica a los contribuyentes y una norma técnica desconocida para muchos contribuyentes y profesionales.
La disposición de la Ley TAS soluciona el problema de procedimiento al incluir en el período retroactivo el plazo pospuesto en virtud de la ayuda por desastre, de forma similar a la regla para las declaraciones presentadas con prórroga. Al equiparar el aplazamiento con una prórroga en el código tributario, se resuelve el problema, se elimina la confusión del contribuyente y se permiten reembolsos adecuados por las declaraciones enmendadas presentadas a tiempo.
Para mayor discusión sobre este tema, véase mi recomendación legislativa del Libro Púrpura. Modificar el período retrospectivo para permitir créditos o reembolsos tributarios para incluir el período de cualquier aplazamiento o tiempo adicional o ignorado para la presentación oportuna de una declaración de impuestos.
El 1 de abril de 2025, la Cámara aprobó por unanimidad la Ley de Prórroga de Plazos en Casos de Desastre (HR 1491), presentado por el Representante Greg Murphy y copatrocinado por los Representantes Jimmy Panetta y Tim Moore. El proyecto de ley introduce las mismas modificaciones al código tributario que la Sección 112 de la Ley TAS.
El 15 de abril de 2025, los Senadores Raphael Warnock y Thom Tillis presentaron un proyecto de ley similar en el Senado, también titulado el Ley de extensión de plazos relacionados con desastres.
La ayuda por desastre del IRS proporciona un tiempo extra invaluable a los contribuyentes afectados por desastres para que puedan poner en orden sus asuntos y cumplir con sus obligaciones tributarias. Sin embargo, el código tributario tiene muchos elementos variables, y no todos se mueven en sintonía con los aplazamientos de la ayuda por desastre. La Sección 112 de la Ley TAS y la Ley de Prórroga de Plazos para Desastres Relacionados con Desastres resolverían dos de estos problemas.
Si se implementan estos cambios, muchos contribuyentes podrían no percatarse de ello: la disposición elimina estas consecuencias imprevistas y las complicaciones innecesarias que la mayoría de los contribuyentes no habrían previsto. Sin embargo, simplificar sutilmente la vida de los contribuyentes tras un desastre puede, no obstante, mejorar sus vidas, eliminando una preocupación más en un momento ya de por sí estresante.
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Las opiniones expresadas en este blog son únicamente las del Defensor del Contribuyente Nacional. El Defensor del Contribuyente Nacional presenta una perspectiva independiente del contribuyente que no refleja necesariamente la posición del IRS, el Departamento del Tesoro o la Oficina de Administración y Presupuesto.