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Publicado:   | Última actualización: 12 de marzo de 2026

¿Debe impuestos pero no puede pagar la totalidad del impuesto al IRS? No se preocupe: tiene opciones.

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Es un golpe bajo. Terminas tu declaración de impuestos antes del 15 de abril esperando un reembolso, solo para descubrir que le debes al IRS, y no hay una manera realista de pagar el monto total antes de la fecha límite.

Ese momento puede ser abrumador. Pero no te asustes. No estás solo y tienes opciones. El sistema tributario ofrece vías para resolver los saldos, pero la clave es actuar con rapidez y elegir el camino que mejor se adapte a tu situación financiera, a la vez que comprendes tus derechos.

Los pasos más importantes son simples: Presente su declaración a tiempo, pague lo que pueda y luego trabaje con el IRS para abordar el saldo restante. Si bien puede solicitar una extensión de tiempo para presentar la solicitud, no es necesario No te daré más tiempo para pagar.

Presentar su declaración a tiempo y pagar lo máximo que pueda reducirá las multas y los intereses y le ayudará a evitar acciones de cobro más graves.

Vamos a verlo paso a paso.

Presente su declaración a tiempo y pague lo que pueda

Si puede pagar algo antes de la fecha límite (generalmente el 15 de abril), hágalo. Incluso un pago parcial reduce su saldo total, lo que a su vez reduce la cantidad de intereses y penalizaciones que se siguen acumulando.

Para el año tributario 2025, el IRS continúa aceptar cheques y giros postales mientras el gobierno realiza la transición a los métodos de pago electrónicos requeridos por Orden Ejecutiva 14247Si paga por correo:

El pago electrónico suele ser más rápido y seguro. El IRS recomienda a los contribuyentes utilizar:

  • Herramienta Direct Pay (de una cuenta bancaria);
  • Tarjeta de débito;
  • Tarjeta de crédito; o
  • Billetera digital (nota: estas opciones pueden incluir tarifas de procesamiento).

Si presenta su declaración electrónicamente, generalmente puede programar un pago electrónico al mismo tiempo. Seguir estos pasos le protege y le ofrece más opciones.

Opción 1: Establecer un plan de pago (acuerdo de pago a plazos)

Para muchos contribuyentes, un pago mensual plan de pagos (también conocido como acuerdo de pago a plazos) es la solución más práctica. Esto le permite pagar su saldo a plazos en cantidades manejables.

Tenga en cuenta:

  • Los intereses y las multas continúan hasta que se pague el saldo en su totalidad.
  • Debe mantenerse al día con las declaraciones y pagos de impuestos futuros.
  • La falta de pago puede provocar un incumplimiento del acuerdo y desencadenar acciones de cobro forzoso.

Cómo aplicar en línea

  1. Vaya al IRS acuerdo de pago en línea .
  2. Seleccione “Solicitar” e inicie sesión (o cree) su cuenta en línea del IRS.
  3. Ingrese su saldo y proponga un monto y fecha de pago mensual.
  4. Envíe su solicitud y guarde la confirmación si se aprueba.

También puede solicitar un plan llamando al IRS o enviando correo Formulario 9465, pero estos métodos son más lentos y pueden implicar tarifas más altas.

  • Plan de pago a corto plazo (180 días o menos): Sin costo de instalación.
  • Acuerdo de pago a largo plazo: Tarifas de configuración Actualmente varían entre $22 y $178, dependiendo de cómo solicites y cómo pagues.
  • Contribuyentes de bajos ingresos: Puede calificar para exenciones de tarifas o reembolsos, especialmente con pagos con débito directo.
  • Acuerdos de pago simplificados ($10,000-$50,000): Algunos contribuyentes pueden calificar para un proceso simplificado que generalmente no requiere la presentación de un estado financiero (como el Formulario 433-F). Sin embargo, el monto del pago simplificado suele basarse en dividir el saldo adeudado durante el plazo permitido, lo que puede resultar en un pago mensual superior al que usted puede afrontar en realidad. Si el pago simplificado es inasequible, le conviene más proporcionar el estado financiero para que el IRS pueda considerar sus ingresos y gastos reales y, potencialmente, aprobar un pago menor y más sostenible.

Importante Saber

Incluso si establece un plan de pago, el IRS puede presentar una Aviso de gravamen por impuesto federalUn gravamen es un aviso público de la reclamación legal del gobierno contra su propiedad. Puede afectar su capacidad para vender la propiedad u obtener crédito hasta que se pague la deuda. Sin embargo, siempre que cumpla con su acuerdo de pago a plazos, el IRS generalmente no... embargo (embargarse) de su salario o de su propiedad.

Consejos para un buen resultado

  • Elija un pago mensual realista: no el monto máximo que espera poder pagar.
  • Considere el débito directo para reducir el riesgo de pagos atrasados.
  • Pague más cuando sea posible para reducir el interés y acortar el período de pago.

Si su solicitud es denegada, podría solicitar una revisión o una apelación. Si recibe notificaciones del IRS durante la solicitud, no las ignore; continúe comunicándose y guarde copias de todo lo que envíe.

Opción 2: Liquidar su deuda con una ofrecimiento de transacción

An Ofrecimiento de transacción (OIC, por sus siglas en inglés) Permite a algunos contribuyentes liquidar su deuda tributaria por una cantidad inferior al total adeudado. Esta es una opción legítima, pero no está disponible para todos.

Generalmente, el IRS considerará una OIC si:

  • No puede pagar el monto total ahora o mediante un plan de pago; y
  • Recaudar el importe total provocaría graves dificultades económicas.

El IRS revisa sus ingresos, gastos permitidos y activos para determinar cuánto podría cobrar razonablemente antes del vencimiento del plazo de cobro (generalmente diez años). Si el IRS considera que puede pagar mediante un acuerdo de pago a plazos o liquidando activos, probablemente no aceptará una oferta reducida.

Antes de aplicar

  • Presentar todas las declaraciones de impuestos requeridas;
  • Asegúrese de no estar en un proceso de quiebra abierto; y
  • Usa el IRS Herramienta de precalificación de OIC para evaluar la elegibilidad (Nota:esta herramienta no garantiza la aceptación).

Pasos de aplicación

  1. Recopilar información financiera detallada (ingresos, gastos, activos, cuentas bancarias).
  2. Completar el Formulario 656 y los formularios de divulgación financiera requeridos.
  3. Envíe el paquete de oferta con los pagos o tarifas requeridos (algunos contribuyentes califican para exenciones de tarifas).
  4. Responda rápidamente a cualquier solicitud del IRS de documentación adicional durante la revisión.
  5. Si es aceptado, deberá cumplir con todos los requisitos de presentación y pago durante cinco años.

Si no paga después de la aceptación, la deuda original, más las multas e intereses, pueden ser restablecidas.

Si su oferta es rechazada, el IRS le explicará el motivo. Generalmente, tiene derecho a apelar, pero se aplican plazos estrictos.

Opción 3: Solicitar estado actualmente no cobrable

Si enfrenta una crisis financiera temporal y no puede pagar nada sin sacrificar los gastos básicos de vida, puede calificar para Prórroga temporal en la acción de cobro (CNC) .

Estado del CNC:

  • Pausa la mayoría de las acciones de recopilación activas;
  • Does No eliminar la deuda; y
  • Permite que los intereses y las multas sigan acumulándose.

Para solicitar el CNC, debe demostrar que no dispone de ingresos disponibles después de cubrir los gastos básicos. El IRS podría solicitar un estado financiero y documentación de respaldo.

Se consciente:

  • El IRS puede revisar su situación financiera periódicamente.
  • Si su situación mejora, el IRS podría solicitarle que comience a realizar los pagos.
  • Los reembolsos futuros podrán aplicarse a su deuda.
  • El IRS puede expedirle una Aviso de gravamen por impuesto federal.

El estatus de CNC puede brindar un respiro crítico, pero normalmente es un temporal solution.

Opción 4: Asistencia para clínicas para contribuyentes de bajos ingresos

Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) Pueden representarlo ante el IRS o en los tribunales en auditorías, apelaciones, asuntos de recaudación de impuestos y otras disputas tributarias. Sus servicios se ofrecen de forma gratuita o por una pequeña tarifa, y todas las clínicas son independientes del IRS. En general, puede calificar si sus ingresos están por debajo del umbral de elegibilidad (a menudo vinculado a las pautas federales de pobreza) y el monto en disputa es inferior a $50,000. Para encontrar una clínica cerca de usted, utilice el Buscador/mapa de LITC y comuníquese directamente con la clínica para confirmar la elegibilidad y la ubicación más cercana.

Tus derechos importan

Comprender sus derechos al tratar con asuntos de cobranza puede protegerlo de acciones de cobranza indebidas y ayudarlo a elegir la mejor opción. Sus derechos bajo la ley Carta de Derechos del Contribuyente, incluyen:

  • El derecho a ser informado.
  • El derecho a no pagar más que la cantidad correcta de impuestos.
  • El derecho a desafiar la posición del IRS y ser escuchado.
  • El derecho a apelar una decisión del IRS.
  • El derecho a un sistema tributario justo y equitativo.

Estos derechos no desaparecen por deber dinero. El IRS tiene la responsabilidad de recaudar impuestos, pero debe hacerlo con respeto y dentro de los límites de la ley.

Cuándo contactar al Servicio del Defensor del Contribuyente

Explorar las opciones de resolución de deudas del IRS puede ser confuso y estresante. Si atraviesa dificultades financieras, enfrenta retrasos significativos o no puede resolver su problema a través de los canales normales del IRS, el Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) podría ayudarle.

TAS es una organización independiente dentro del IRS dedicada a proteger los derechos de los contribuyentes y a ayudar a resolver problemas que los contribuyentes no han podido resolver por sí solos. Explore Sitio web de TAS Para saber si califica para recibir asistencia y cómo encontrar una oficina local. Nuestros servicios son gratuitos.

La peor opción es no hacer nada

Si se lleva un mensaje de este blog, que sea este: Ignorar el problema empeora la situación. El miedo y la evasión pueden llevar a sanciones, gravámenes y embargos cada vez mayores, y a menos opciones. Presentar la solicitud a tiempo, pagar lo que pueda y elegir proactivamente una vía de resolución le da control y preserva sus derechos.

Muchos contribuyentes resuelven con éxito sus deudas tributarias mediante acuerdos de pago a plazos. Algunos califican para un OIC, mientras que otros necesitan un alivio temporal mediante el estatus CNC.

Cuanto antes actúes, más opciones tendrás normalmente.

Recursos

Lea los blogs anteriores de la NTA

Las opiniones expresadas en este blog son únicamente las del Defensor del Contribuyente Nacional. El Defensor del Contribuyente Nacional presenta una perspectiva independiente del contribuyente que no refleja necesariamente la posición del IRS, el Departamento del Tesoro o la Oficina de Administración y Presupuesto. Las entradas del blog de la NTA no suelen actualizarse tras su publicación. Las publicaciones son exactas en la fecha de publicación original Fecha de publicación. Es posible que algunas partes de este blog se hayan desarrollado con inteligencia artificial. Todo el contenido generado mediante IA ha sido revisado, verificado y aprobado por el Defensor del Contribuyente Nacional o el personal del TAS para garantizar su precisión e integridad.

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