El IRS tiene la autoridad de posponer las fechas límite de presentación de impuestos en ciertas situaciones, como en casos de ayuda por desastre, para brindarles a los contribuyentes que enfrentan circunstancias difíciles un tiempo adicional muy necesario para preparar y presentar sus declaraciones de impuestos. Sin embargo, estos aplazamientos también pueden crear una trampa para algunos contribuyentes varios años después, impidiéndoles recibir un reembolso incluso si de otra manera podrían presentar una reclamación meritoria y oportuna. Si bien esta trampa es conocida por algunos, toma a la mayoría de las personas por sorpresa.
En pocas palabras, Si va a presentar un reclamo de reembolso, debe tener en cuenta tanto la fecha límite de presentación como la fecha de sus pagos anteriores, lo que crea una fecha límite adicional separada para su reclamo. Debe cumplir con AMBOS plazos para que el IRS pague su reembolso.
La trampa surge porque las postergaciones de la fecha límite de presentación de declaraciones pueden hacer que el período conocido como “período retroactivo” no esté sincronizado con las fechas límite de presentación de solicitudes de reembolso. Describiré cómo sucede esto a continuación, pero primero, algunas buenas noticias: esta trampa sería fácil de solucionar mediante un cambio simple en el código tributario que creo que los miembros del Congreso estarían de acuerdo en que es la respuesta correcta.
La razón por la que los aplazamientos de los plazos pueden obstaculizar futuras solicitudes de reembolso se relaciona con la forma en que funcionan (o no funcionan) varias disposiciones del código tributario en conjunto y la distinción legal entre un "aplazamiento" y una "extensión" (algo que incluso muchos profesionales de impuestos pueden no entender o no tener motivos para entender hasta que se desestime su solicitud). Puede encontrar una discusión técnica sobre esto en blogs anteriores (si no te importa riesgo de que se le pongan los ojos vidriosos). Para los fines de este debate, simplemente describiré el problema como lo podría experimentar un contribuyente hipotético, Bob.
Bob trabaja como empleado y le retienen impuestos de su sueldo durante todo el año, que su empleador envía al IRS. Según el código tributario, la retención (y cualquier pago de impuestos estimado) para el año tributario 2023 de Bob se consideran pagados en la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos: el 15 de abril de 2024. Debido a un desastre natural en el lugar donde vive Bob, el IRS proporcionó un alivio que le dio a Bob y a otros contribuyentes afectados dos meses adicionales para presentar su declaración. Bob aprovechó al máximo y presentó su declaración de 2023 a tiempo el 15 de junio de 2024. Por lo tanto, todos los pagos de Bob se consideran pagados el 15 de abril y la declaración se presentó a tiempo el 15 de junio. Es posible que ya veas que esto va a ser un problema.
Avancemos rápidamente: ahora estamos en 2027. Bob se da cuenta de que pagó de más sus impuestos de 2023 y decide presentar una solicitud de reembolso. El código tributario le da hasta el 15 de junio de 2027 para presentar una solicitud de reembolso a tiempo con base en su declaración del 15 de junio de 2024 (tres años desde el momento en que presentó su declaración). Desafortunadamente, y sin que Bob lo sepa, una regla de tiempo separada conocida como el "período de retrospección" impide que el IRS reembolse los montos de impuestos que Bob pagó al IRS más de tres años antes de la fecha de su solicitud de reembolso. Si bien el alivio por desastre del IRS pospuso la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos de Bob, no cambió la fecha en que se consideraron pagados sus impuestos retenidos: el 15 de abril de 2024. Por lo tanto, aunque Bob técnicamente tiene hasta el 15 de junio de 2027 para presentar a tiempo su reclamo de reembolso, el IRS no puede reembolsar ninguno de los montos de impuestos de Bob que pagó antes del 15 de junio de 2024, que para Bob fue su pago de impuestos completo.
Lo siento, Bob. Reembolso denegado.
Si bien existen motivos legítimos para tener un período de retrospección además de una fecha límite para la presentación de solicitudes de reembolso, es injusto que la sincronización de esos dos períodos no coincida por razones como la ayuda en caso de desastres, debido a la diferencia técnica entre posponer y extender la fecha de vencimiento de la declaración. Los contribuyentes se enfrentan a trampas técnicas inesperadas que les cuestan dinero y socavan la confianza en el sistema tributario.
El IRS tiene la autoridad de corregir el problema de desalineación del período retroactivo en el contexto de ayuda por desastre y ha otorgado dicha ayuda en el pasado. De hecho, esa autoridad es la misma disposición del código tributario que permite al IRS posponer los plazos de presentación: IRC § 7508A(a). Por lo tanto, el IRS podría, al menos en teoría, evitar la trampa del período retrospectivo agregando un alivio del período retrospectivo a la guía inicial que emite para posponer los plazos de presentación en áreas de desastre.
En la práctica, este enfoque presenta dificultades. En primer lugar, según la interpretación que hace el IRS del artículo 7508A del Código de Rentas Internas, si bien el IRS puede emitir rápidamente una guía para posponer los plazos de presentación, a menudo mediante un comunicado de prensa, el IRS solo puede extender el período de revisión para las solicitudes de reembolso posteriores mediante la emisión de una guía formal, como un aviso del IRS, que implica un proceso más lento y complicado- un desastre a la vez.
Incluso si el IRS pudiera corregir de manera proactiva la trampa de la retrospección en su guía de ayuda en caso de desastres posponiendo los plazos, este enfoque puede no ayudar cuando la trampa de la retrospección surge en otros contextos o cuando los aplazamientos automáticos de los plazos entran en vigor sin la guía del IRS. En lugar de pedirle al IRS que anticipe la trampa de la retrospección e intervenga manualmente para solucionarla con una guía formal y una programación manual de un desastre a la vez, la mejor solución, más limpia y más favorable para el contribuyente al problema sería modificar el estatuto del período de retrospección en el Código de Rentas Internas para todos los aplazamientos. Esto mantendría automáticamente el período de retrospección sincronizado con las expectativas de los contribuyentes sobre la fecha límite de presentación de reclamos de reembolso. También aplicaría coherencia y evitaría escenarios en los que los contribuyentes en una situación de aplazamiento de la fecha límite de presentación obtengan el beneficio de un alivio del período de retrospección implementado manualmente, pero los contribuyentes en otra situación similar no.
Una reciente decisión del Tribunal Tributario subraya la necesidad de una solución legislativa sistémica a este problema. En Abdo v. Comisionado, 162 TC No. 7 (2 de abril de 2024), el Tribunal Tributario determinó que el artículo 7508A(d) del IRC pospone automáticamente ciertas fechas límite de presentación por 60 días después de desastres específicos, incluso cuando el IRS no emite una guía que autorice el alivio. Tenga en cuenta que esta es una disposición de alivio separada del artículo 7508A(a) del IRC, analizado anteriormente. AbdoLas regulaciones del Tesoro establecían que el alivio bajo el IRC § 7508A(d) entraba en vigencia solo cuando el IRS lo autorizaba, similar al IRC § 7508A(a), pero el Tribunal Tributario en Abdo invalidó esa norma reglamentaria. El caso Abdo está en curso y la opinión sigue sujeta a apelación.
Aunque el tribunal en Abdo no abordo el problema, el alivio automático en virtud del artículo 7508A(d) del IRC podría conducir a la misma trampa de retrospección descrita anteriormente. Por lo tanto, en ausencia de una solución legislativa, aunque los contribuyentes podrían recibir un alivio automático en virtud del artículo 7508A(d) del IRC sin ninguna guía de implementación del IRS, los contribuyentes aún tendrían que depender de que el IRS emita una guía formal en virtud del artículo 7508A(a) del IRC para solucionar la posible trampa de tiempo para las solicitudes de reembolso posteriores. Mi propuesta legislativa resolvería este problema para todos los contribuyentes al mantener automáticamente el período de retrospección sincronizado con la fecha límite de presentación de la solicitud de reembolso en situaciones como esta.
Los fallos técnicos involuntarios en el código tributario, como los desajustes en los plazos, erosionan la confianza en el sistema tributario. Cuando los contribuyentes presentan una solicitud de reembolso meritoria antes de la fecha límite de presentación, deberían recibir un reembolso, no una denegación debido a la distinción arcana entre "aplazamientos" y "prórrogas". Los contribuyentes pueden percibir estas trampas como excusas que el gobierno inventa para evitar pagar lo que se debe correctamente. No creo que los miembros del Congreso tuvieran la intención de crear una trampa para los contribuyentes incautos.
Un cambio legislativo podría eliminar el problema de manera sistémica y acercarnos un paso más a un código tributario más justo. Para saber exactamente cómo lograrlo, lea mi recomendación legislativa.
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Las opiniones expresadas en este blog son únicamente las del Defensor del Contribuyente Nacional. El Defensor del Contribuyente Nacional presenta una perspectiva independiente del contribuyente que no refleja necesariamente la posición del IRS, el Departamento del Tesoro o la Oficina de Administración y Presupuesto.