Términos de búsqueda populares:
Publicado:   | Última actualización: 9 de febrero de 2024

Capítulo 61 Sanciones por información extranjera: Primera parte: Los contribuyentes y la administración tributaria necesitan una corrección legislativa

Escucha el artículo

Blog de NTA: logo

Desde 2020, he recomendado repetidamente un cambio legislativo bajo el cual el Congreso haría que las multas por devolución de información extranjera y las multas evaluables estén sujetas a procedimientos de deficiencia en beneficio tanto del IRS como de los contribuyentes. Este cambio brindaría a los contribuyentes un régimen más eficiente, menos costoso y más equitativo que rige la imposición inicial de estas sanciones, así como los mecanismos a través de los cuales pueden ser impugnadas por los contribuyentes.

Este blog aborda específicamente la información que reporta sanciones en el Capítulo 61, Subcapítulo A, Parte III, Subparte A (en lo sucesivo denominado Capítulo 61 en aras de la brevedad).

Los contribuyentes que reciben obsequios extranjeros o controlan ciertas corporaciones y sociedades extranjeras y no presentan las declaraciones informativas requeridas están sujetos a sanciones conforme a IRC §§ 6038y 6039(que están en el Capítulo 61 del IRC). IRC § 6038 es una de varias secciones del código que requieren presentaciones similares y prevén sanciones similares para los contribuyentes con varios tipos de corporaciones, sociedades, activos y cuentas extranjeras. Estas sanciones del Capítulo 61 son peculiares en el sentido de que cada sección impone específicamente las sanciones pero no proporciona autoridad para evaluar y cobrar las sanciones. Planteé esta inquietud en mi Informe Anual 2020 al Congreso y recomendé que el IRS tome medidas para proteger el fisco del gobierno y también los derechos de los contribuyentes maximizando el acceso de los contribuyentes a la revisión administrativa y judicial.

Farhy contra el Comisionado

La capacidad del IRS para evaluar una multa del Capítulo 61 fue impugnada recientemente ante el Tribunal Tributario de EE. UU. en Farhy contra el Comisionado y, en una decisión precedente, el tribunal sostuvo que el IRS carece de autoridad legal para evaluar y cobrar multas según el IRC § 6038(b).

En Farhy, el contribuyente tenía el requisito de informar según IRC § 6038(a) para informar sus intereses de propiedad en dos corporaciones extranjeras, pero no presentó la declaración requerida Formulario 5471, Declaración Informativa de Personas Estadounidenses con Respecto a Ciertas Corporaciones Extranjeras, para múltiples años tributarios. El IRS evaluó una sanción inicial según IRC § 6038(b)(1) por cada año y sanciones de continuación según IRC § 6038(b)(2). El IRS buscó cobrar las multas a través de un embargo, y el contribuyente presentó oportunamente una petición ante el Tribunal Tributario desafiando la autoridad del IRS para evaluar e intentar cobrar a través de un embargo.

El contribuyente presentó un argumento simple: que, a diferencia de muchas otras disposiciones sobre sanciones en el Código de Rentas Internas, IRC § 6038 no tiene lenguaje que autorice la evaluación de la sanción que impone. Esencialmente, argumentó el contribuyente, porque esta sección del código cae fuera de las secciones en Subcapítulo B del Capítulo 68 del Subtítulo F, titulado "Sanciones evaluables", y debido a que no tiene un lenguaje que vincule su disposición de sanción a cualquier otra autorización para evaluar y cobrar multas, el IRS no tiene autoridad para evaluar y cobrar esta sanción.

El IRS planteó varios argumentos a favor de su posición contraria. El argumento principal fue que el término "sanciones evaluables" se refiere a cualquier sanción en el IRC que no esté sujeta a procedimientos de deficiencia y que ninguna sección del código limita el término "sanciones evaluables" a las que se encuentran en el Subcapítulo B del Capítulo 68. Dicho de otro modo, porque el las sanciones no estaban sujetas a procedimientos de deficiencia, entonces, por definición, debían ser evaluables, argumento que, de ser sostenido, habría sido decisivo. El IRS también sostuvo que la definición de "impuestos", que incluye "sanciones evaluables", en IRC § 6201 es lo suficientemente amplio como para abarcar las sanciones del IRC § 6038(b). El Tribunal Tributario, sin embargo, no quedó impresionado por este análisis.

Más bien, el tribunal consideró que los argumentos del contribuyente eran persuasivos y sostuvo que el IRS no tenía autoridad para evaluar y cobrar multas según el IRC § 6038. Entre otras razones, el tribunal señaló que otras sanciones evaluables fuera del Subcapítulo B del Capítulo 68 generalmente contienen lenguaje que autoriza sus sanciones o referencias cruzadas al estatuto que autoriza, o bien están explícitamente cubiertos por la lista de sanciones evaluables en el Capítulo 68.

Evaluaciones y Cobross

En mi opinión, dado que las sanciones del Capítulo 61 actualmente no están sujetas a procedimientos de deficiencia, y dado que, según el fallo del tribunal, el IRS carece de la autoridad legal para tratarlas como sanciones evaluables, el IRS no puede directamente evaluarlas y cobrarlas. En cambio, las actividades de recaudación deberían ser realizadas por el Departamento de Justicia, pero eso aumentaría la carga sobre los contribuyentes, la administración tributaria, el gobierno y el sistema judicial. Esta retención afecta a un número significativo de casos IRC § 6038 abiertos dentro del IRS.

Para ilustrar el alcance potencial de esta interrupción, solo es necesario echar un vistazo a los datos relacionados con las sanciones IRC § 6038, que con mayor frecuencia se imponen sistémicamente al momento de presentar una declaración de información tardía. En estas circunstancias, los esfuerzos de cobro generalmente comienzan antes de que un empleado revise la validez de la evaluación. Entre 2014 y 2022, hubo un promedio de 9,800 sanciones IRC § 6038 evaluadas sistémicamente por año. De esas sanciones, la tasa media de reducción fue del 69 % por año, con un mínimo del 58 % (a febrero de 2023) y un máximo del 88 %. Estas evaluaciones sistémicas sumaron un total de $354 millones por año, de los cuales $281 millones se redujeron, una tasa de reducción promedio del 80 por ciento por año en dólares. Notamos que debido al amplio alivio de multas provisto por el IRS con respecto a las multas por presentación tardía para las declaraciones de 2019 y 2020 en Aviso 2022-36, no podemos diferenciar qué rebajas se debieron a la desgravación amplia de la sanción para esos años tributarios, pero creemos que la iniciativa contribuyó a una tasa de rebaja más alta para esos años y, en consecuencia, una tasa de rebaja promedio más alta para el período 2014-2022. Como discutí en mi informe anual 2020 Para el Congreso, la determinación del IRS hace más de una década de evaluar sistemáticamente las multas por información extranjera ha causado cargas administrativas y gastos innecesarios para los contribuyentes y el gobierno.

En comparación, las sanciones evaluadas manualmente por un empleado del IRS durante el curso de un examen ocurrieron con mucha menos frecuencia que las evaluaciones sistémicas, y la mayoría de estas sanciones evaluadas manualmente afectan a individuos, no a empresas. La cantidad de evaluaciones manuales promedió solo 685 declaraciones por año entre 2014 y 2022, con una tasa de reducción promedio del 23 por ciento por año. En términos de dólares, la imposición de sanciones manuales agregadas promedio por año fue de $36 millones, de los cuales se redujo el 19 por ciento.

Como expliqué en mi Informe Anual 2020 al Congreso, esta era una preocupación real para los derechos de los contribuyentes y la administración tributaria incluso antes de que el Tribunal Tributario tomara una decisión en la decisión Farhy . Como lo muestran los datos presentados anteriormente, debido a que el IRS considera que las sanciones del IRC § 6038(b) son evaluables, la mayoría de esas sanciones se imponen sistemáticamente sin ningún tipo de revisión humana por adelantado. Este enfoque sistémico dio como resultado que se evaluaran muchas más sanciones de las que finalmente se sostienen.

Este enfoque, que causa dolores de cabeza a todos los involucrados, ahora ha sido declarado legalmente insostenible, desperdicia los recursos de todos y somete a los contribuyentes a una variedad de dificultades. Por lo tanto, los contribuyentes, y ahora particularmente el gobierno, están entre la espada y la pared. Esta situación clama por una solución del Congreso.

El mejor medio para resolver este dilema, como propuse en mi Informe Anual al Congreso del 2020, es tratar las sanciones del Capítulo 61 de la misma manera que las deficiencias tributarias:

Para proteger los derechos de los contribuyentes y reducir la carga de los contribuyentes, recomendamos encarecidamente que el Congreso modifique el IRC para permitir procedimientos de deficiencia para todas las sanciones del Capítulo 61, incluidas las sanciones IRC §§ 6038 y 6038A. Como una posibilidad, estas secciones del IRC podrían enmendarse para agregar una referencia cruzada que ordene que las sanciones se hagan valer de la misma manera que otras secciones del IRC sujetas a procedimientos de deficiencia. Este enfoque permitiría a los contribuyentes impugnar estas sanciones ante los jueces del Tribunal Tributario familiarizados con la legislación tributario en un foro judicial de pago anticipado.

Beneficios para los Contribuyentes y la Administración Tributaria

Hacer que el Capítulo 61 esté sujeto a procedimientos de deficiencia permitiría a los contribuyentes la capacidad de una revisión administrativa y judicial antes de la evaluación. Esto pone la revisión judicial de las sanciones en manos del Tribunal Tributario, donde corresponde. Debido a la experiencia tributario de sus jueces, el Tribunal Tributario a menudo está mejor equipado para considerar controversias tributarios que otros tribunales.

Según el enfoque del IRS al IRC § 6038, los contribuyentes a los que se les impuso una multa de $10,000 deben pagar la multa, presentar un reclamo de reembolso y, si es necesario, presentar una demanda de reembolso en el tribunal de distrito de EE. UU. correspondiente o en el Tribunal de Reclamos Federales de EE. UU. En la práctica, los contribuyentes toman una decisión comercial que sopesa el costo de la representación y la acción legal en el tribunal de distrito o el Tribunal de Reclamaciones Federales de EE. UU. contra el costo de conceder y pagar la sanción. Tal estructura no es eficiente ni equitativa para los contribuyentes y viola su derecho fundamental a pagar no más de la cantidad correcta de impuestos. Este enfoque no es bueno para la administración tributaria.

El Tribunal Tributario es más accesible que otros tribunales, especialmente para los contribuyentes menos informados y sin representación, porque utiliza procedimientos informales, particularmente en disputas que no excedan los $50,000 (IRC § 7463). Otro beneficio es que a los contribuyentes se les puede ofrecer la opción de recibir asistencia legal gratuita de una Clínica para Contribuyentes de Bajos Ingresos u otros pro bono Por lo general, el Tribunal Tributario es, con muchos, el foro judicial menos costoso y más fácil de navegar para los contribuyentes, incluidos los contribuyentes de bajos ingresos.

Conclusión

Desde 2020, he recomendado repetidamente así Este cambio legislativo al Congreso. Tal paso protegería al IRS de las futuras ramificaciones de la la decisión Farhy . Lo que es más importante, brindaría a los contribuyentes un régimen más eficiente y equitativo que rija la imposición inicial de las sanciones del Capítulo 61 y los mecanismos mediante los cuales pueden ser impugnadas por los contribuyentes y, al mismo tiempo, proteger sus derechos.

Leer La segunda parte: Capítulo 61 Sanciones de Información Extranjera: Contribuyentes y Administración Tributaria Necesitan Finalidad, Que Requiere Legislación.

Lea los blogs anteriores de la NTA

Las opiniones expresadas en este blog son únicamente las del Defensor del Contribuyente Nacional. El Defensor del Contribuyente Nacional presenta una perspectiva independiente del contribuyente que no refleja necesariamente la posición del IRS, el Departamento del Tesoro o la Oficina de Administración y Presupuesto.

Suscríbase al Blog del NTA