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MSP n.° 1: Declaraciones modificadas

Las demoras en los reembolsos y los avisos de denegación poco claros y confusos perjudican a los contribuyentes y ponen en peligro sus derechos de revisión administrativa y judicial.

Recomendaciones de TAS y respuestas del IRS

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RECOMENDACIÓN TAS # 1-1

Ampliar el procesamiento automatizado de declaraciones modificadas. Continuar ampliando el procesamiento automatizado de declaraciones modificadas para reducir las demoras en el procesamiento, manteniendo al mismo tiempo un alto índice de precisión y estableciendo un proceso electrónico de enrutamiento y seguimiento entre las diferentes funciones.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: El procesamiento automatizado actual del Formulario 1040-X, Declaración de Impuestos sobre la Renta Individual de los Estados Unidos Enmendada, continúa en marcha, y el IRS seguirá evaluando y analizando con los desarrolladores las oportunidades para incorporar un procesamiento automatizado adicional. A medida que se amplía la automatización, los ajustes automatizados están sujetos a revisión para validar su precisión mientras se perfecciona la herramienta, lo que permite un mejor rendimiento con el tiempo. El IRS explorará la posibilidad de establecer un proceso electrónico de enrutamiento y seguimiento en todas las Divisiones Operativas Comerciales (BOD). El IRS seguirá evaluando las mejoras graduales dentro de los procesos existentes.

ACCIÓN CORRECTIVA: El procesamiento automatizado actual del Formulario 1040-X, Declaración de Impuestos sobre la Renta Individual de los Estados Unidos Enmendada, continúa en marcha, y el IRS seguirá evaluando y analizando con los desarrolladores las oportunidades para incorporar un procesamiento automatizado adicional. A medida que se amplía la automatización, los ajustes automatizados están sujetos a revisión para validar su precisión mientras se perfecciona la herramienta, lo que permite un mejor rendimiento con el tiempo. El IRS explorará la posibilidad de establecer un proceso electrónico de enrutamiento y seguimiento en todas las Divisiones Operativas Comerciales (BOD). El IRS seguirá evaluando las mejoras graduales dentro de los procesos existentes.

RESPUESTA TAS: El compromiso del IRS de capacitar adecuadamente a los empleados que trabajan en casos de ERC garantizará la plena protección de los derechos de los contribuyentes. La automatización es un componente clave para asegurar que el IRS procese las declaraciones enmendadas de forma rápida y precisa. Los contribuyentes se beneficiarán de la expansión de este proceso automatizado por parte del IRS. Sin embargo, para que la automatización alcance su máximo potencial, el IRS debe desarrollar una infraestructura que le permita enrutar y rastrear electrónicamente el procesamiento de las declaraciones enmendadas entre sus distintas funciones. Los beneficios de un proceso automatizado de declaraciones enmendadas se verán reducidos si el IRS mantiene un sistema de enrutamiento manual y en papel.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado parcialmente

ABIERTO o CERRADO: Abra

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): 01/28/2028

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RECOMENDACIÓN TAS # 1-2

Mejore la transparencia optimizando la función ¿Dónde está mi declaración de impuestos modificada? Herramienta y Cuenta en Línea del Contribuyente. Para 2027, se mejorará la transparencia tanto en la herramienta "¿Dónde está mi declaración enmendada?" como en la Cuenta en Línea del contribuyente, lo que permitirá a los contribuyentes ver el estado de cada etapa del procesamiento de la declaración enmendada, identificar qué departamento del IRS está trabajando en su declaración enmendada e incluir la información de contacto pertinente del IRS.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: El IRS comprende la importancia de que los contribuyentes puedan consultar el estado de su declaración enmendada en cada etapa. Para facilitar este proceso, el IRS tiene previstas varias mejoras futuras. Las mejoras en la herramienta "¿Dónde está mi declaración enmendada?" (WMAR) se centran en aumentar la transparencia en el procesamiento de las declaraciones enmendadas, ampliar las capacidades de autoservicio digital y reducir la demanda de los canales de asistencia.

A continuación se detallan algunas de las mejoras futuras previstas para la herramienta WMAR, que se están desarrollando conjuntamente con las mejoras de la Cuenta en Línea del Contribuyente:

  • La herramienta WMAR ofrecerá mensajes de estado más claros para las declaraciones enmendadas suspendidas para revisión CAT-A. Se informará a los contribuyentes si el procesamiento de su ajuste de cuenta se ha retrasado y si se requiere alguna acción adicional.
  • La herramienta WMAR proporcionará mensajes mejorados para las declaraciones enmendadas afectadas por la actividad de Cobros. Cuando se retrase el ajuste de una declaración enmendada debido a que la cuenta de un contribuyente se encuentre en Cobros, la herramienta WMAR notificará al contribuyente sobre el retraso, le informará sobre las medidas que deba tomar y le proporcionará aclaraciones sobre la demora en el procesamiento.
  • La herramienta WMAR permitirá a los contribuyentes internacionales autenticarse y acceder en línea a la información sobre el estado de sus declaraciones modificadas. Esta mejora elimina una barrera que durante mucho tiempo obligaba a muchos contribuyentes internacionales a contactar con el IRS para obtener actualizaciones. Al permitir que este colectivo se autentique de forma segura y reciba información precisa sobre el estado de sus declaraciones, la herramienta WMAR fomentará la adopción del autoservicio digital y reducirá las consultas a los canales de atención al cliente.

Estas mejoras optimizarán la experiencia del contribuyente al brindar una comunicación más clara sobre los retrasos en las declaraciones enmendadas, facilitar el acceso a la información de estado en línea y respaldar los objetivos generales del IRS de modernizar los servicios digitales y mejorar la eficiencia operativa. La herramienta WMAR ya se ha mejorado para proporcionar una notificación de estado cuando se suspende una declaración enmendada para solicitar información faltante. Se notifica a los contribuyentes que faltan elementos necesarios, como una firma o un formulario de respaldo, y que se requiere una respuesta para reanudar el procesamiento.

El IRS continúa considerando esta solicitud entre todas las necesidades prioritarias de mejora y mantenimiento de recursos críticos. El IRS seguirá proporcionando información de contacto general en estas herramientas.

ACCIÓN CORRECTIVA: El IRS tiene previstas varias mejoras futuras. Las mejoras en la herramienta ¿Dónde está mi declaración enmendada? (WMAR) se centran en mejorar la transparencia en el procesamiento de las declaraciones enmendadas, ampliar las capacidades de autoservicio digital y reducir la demanda de los canales de asistencia.

El IRS continúa considerando esta solicitud entre todas las necesidades prioritarias de mejora y mantenimiento de recursos críticos. El IRS seguirá proporcionando información de contacto general en estas herramientas.

RESPUESTA TAS: Las mejoras que el IRS ha implementado en su herramienta WMAR brindarán a los contribuyentes mayor transparencia sobre el estado de su declaración enmendada, lo que reducirá las llamadas que realizan al IRS. TAS agradece la diligencia constante del IRS para identificar áreas donde WMAR puede proporcionar a los contribuyentes la información que necesitan sobre su declaración enmendada y la forma en que prefieren recibirla, reduciendo así la frustración de los contribuyentes.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado parcialmente

ABIERTO o CERRADO: Abra

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): Hasta proximo aviso

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RECOMENDACIÓN TAS # 1-3

Agilizar la presentación de declaraciones de impuestos enmendadas para los contribuyentes de Cobros. Cuando los contribuyentes presenten una declaración enmendada y tengan un caso pendiente en Cobros, antes del 30 de septiembre de 2026, se deberán revisar los procedimientos para que se envíe automáticamente una copia de la declaración enmendada a Cobros.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: El IRS revisará los procedimientos actuales para garantizar que, cuando un contribuyente con un caso abierto en Cobros presente una declaración enmendada, se proporcione una copia digital a Cobros. Esta actualización asegurará una notificación oportuna de la actividad de las declaraciones enmendadas y facilitará la toma de decisiones más informadas en la gestión de casos dentro de Cobros. El IRS tiene previsto implementar esta revisión de procedimiento, pero no puede comprometerse con la fecha límite del 30 de septiembre de 2026, ya que esto podría requerir cambios en las herramientas de enrutamiento de inventario existentes. El IRS continúa considerando esta solicitud entre todas las necesidades prioritarias de mejora y mantenimiento de recursos críticos.

ACCIÓN CORRECTIVA: El IRS revisará los procedimientos vigentes para garantizar que, cuando un contribuyente con un caso abierto en Cobros presente una declaración enmendada, se proporcione una copia digital a Cobros. El IRS tiene previsto implementar esta revisión de procedimiento, pero no puede comprometerse con la fecha límite del 30 de septiembre de 2026, ya que esto podría requerir modificaciones en las herramientas de gestión de inventario existentes. El IRS continúa considerando esta solicitud entre todas las necesidades prioritarias de mejora y mantenimiento de recursos críticos.

RESPUESTA TAS: El continuo esfuerzo del IRS por avanzar hacia procesos electrónicos y digitalizar su flujo de trabajo entre sus distintas funciones, incluyendo la gestión de declaraciones enmendadas, redundará en una mejora de los procesos y una mayor eficiencia del IRS. En concreto, estas mejoras optimizarán los tiempos de procesamiento del IRS y reducirán los errores. El Defensor Nacional del Contribuyente comprende que el IRS debe considerar diversas prioridades al implementar estas mejoras, pero debe actuar con la mayor celeridad posible para llevarlas a cabo.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado parcialmente

ABIERTO o CERRADO: Abra

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): Hasta proximo aviso

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RECOMENDACIÓN TAS # 1-4

Revise la Notificación de Denegación de Reclamación. Antes del 30 de septiembre de 2026, revise los avisos de denegación de reclamaciones para indicar claramente la fecha límite exacta para presentar una demanda o recibir un reembolso, utilizando un lenguaje sencillo para explicar las consecuencias de no cumplir con dicha fecha límite, explicando de forma destacada los derechos de apelación y los pasos a seguir, a la vez que proporciona instrucciones claras sobre cómo y dónde presentar el Formulario 907.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Las notificaciones actuales de denegación de reclamaciones (Cartas 105C y 106C) ya incluyen información sobre el plazo legal para interponer una demanda, los derechos de apelación y la disponibilidad del Formulario 907 para prorrogar dicho plazo de dos años. En concreto, los párrafos existentes en estas cartas explican el plazo de dos años, las consecuencias de no actuar y la opción de prorrogarlo mediante la presentación del Formulario 907.

Para mejorar la coherencia y la comprensión por parte de los contribuyentes, el IRS reforzará la capacitación de sus empleados para garantizar que estos párrafos existentes se seleccionen e incluyan, según corresponda, al emitir notificaciones de denegación de reclamaciones. Estos párrafos seguirán siendo contenido estandarizado y seleccionable dentro de las cartas.

El IRS también considerará futuras mejoras a los avisos, incluyendo la posible adición de una frase con información general sobre dónde presentar el Formulario 907. Además, el IRS no puede comprometerse con la fecha de implementación del 30 de septiembre de 2026. El IRS considerará esta recomendación como parte de sus futuras labores de planificación y revisión, teniendo en cuenta los recursos disponibles y las prioridades contrapuestas.

ACCIÓN CORRECTIVA: Para mejorar la coherencia y la comprensión por parte de los contribuyentes, el IRS reforzará la capacitación de sus empleados para garantizar que estos párrafos existentes se seleccionen e incluyan, según corresponda, al emitir notificaciones de denegación de reclamaciones. Estos párrafos seguirán siendo contenido estandarizado y seleccionable dentro de las cartas.

El IRS también considerará futuras mejoras a los avisos, incluyendo la posible adición de una frase con información general sobre dónde presentar el Formulario 907. Además, el IRS no puede comprometerse con la fecha de implementación del 30 de septiembre de 2026. El IRS considerará esta recomendación como parte de sus futuras labores de planificación y revisión, teniendo en cuenta los recursos disponibles y las prioridades contrapuestas.

RESPUESTA TAS: El Defensor Nacional del Contribuyente entiende que la Notificación de Denegación generalmente incluye información sobre cómo y cuándo los contribuyentes pueden apelar la denegación, el plazo de dos años para presentar una demanda ante un tribunal federal y cómo solicitar una prórroga de dicho plazo mediante el Formulario 907, Acuerdo para Prorrogar el Plazo para Presentar una Demanda. Sin embargo, una revisión del TAS reveló que no siempre se incluye toda esta información pertinente. Además, las Notificaciones de Denegación, tal como están redactadas actualmente, no incluyen la fecha límite exacta para presentar la demanda ni dónde deben presentar el Formulario 907 para solicitar una prórroga del plazo de dos años. Si bien los recursos limitados del IRS pueden retrasar las revisiones de la Notificación de Denegación, estas omisiones, en su estado actual, comprometen los derechos de los contribuyentes, en particular, el derecho a impugnar la postura del IRS y ser escuchados. Por lo tanto, el IRS debería priorizar estos cambios en la Notificación de Denegación, incluso considerando su situación actual de recursos.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado parcialmente

ABIERTO o CERRADO: Abra

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): Hasta proximo aviso

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RECOMENDACIÓN TAS # 1-5

Cree una página web con información y orientación sobre el Formulario 907. Antes del 30 de septiembre de 2026, cree una página web en IRS.gov con información y orientación sobre el Formulario 907 que describa qué es el Formulario 907, cómo presentarlo y el proceso para obtener su aprobación.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Para el 30 de septiembre de 2026, el IRS publicará contenido específico en IRS.gov para facilitar la comprensión pública del Formulario 907, Acuerdo para Extender el Plazo para Presentar una Demanda. La página web ofrecerá información clara y concisa sobre el propósito del formulario, cuándo es apropiado que los contribuyentes lo utilicen y orientación general sobre su presentación y cumplimentación. El desarrollo de este contenido se coordinará con el responsable del formulario y los consejos de administración afectados para garantizar la precisión y la coherencia con los procedimientos operativos.

ACCIÓN CORRECTIVA: Para el 30 de septiembre de 2026, el IRS publicará contenido específico en IRS.gov para facilitar la comprensión pública del Formulario 907, Acuerdo para Extender el Plazo para Presentar una Demanda. La página web ofrecerá información clara y concisa sobre el propósito del formulario, cuándo es apropiado que los contribuyentes lo utilicen y orientación general sobre su presentación y cumplimentación. El desarrollo de este contenido se coordinará con el responsable del formulario y los consejos de administración afectados para garantizar la precisión y la coherencia con los procedimientos operativos.

RESPUESTA TAS: La Defensora Nacional del Contribuyente aplaude al IRS por brindar a los contribuyentes información crucial sobre la extensión del plazo de dos años para presentar una demanda. Esta información y orientación permitirán a los contribuyentes proteger mejor sus derechos, incluido el derecho a impugnar la postura del IRS y ser escuchados.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado

ABIERTO o CERRADO: Abra

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): 09/30/2026

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RECOMENDACIÓN TAS # 1-6

Establecer un proceso de prórroga claro y estandarizado para el Formulario 907. Para el 30 de abril de 2026, establezca un proceso de prórroga claro y estandarizado para los Formularios 907 relacionados con las solicitudes de Crédito por Retención de Empleados (ERC) rechazadas, incluyendo instrucciones sobre cómo los contribuyentes pueden presentar el formulario y cómo el IRS les notificará cuando se apruebe su solicitud. Cree una unidad centralizada para recibir los Formularios 907 y enviarlos al empleado del IRS con autoridad para firmar. Para el 30 de septiembre de 2026, establezca procedimientos que proporcionen un proceso claro y estandarizado para completar los Formularios 907 para solicitudes que no sean de ERC y que informen claramente a los contribuyentes sobre sus derechos tras una notificación de rechazo de la solicitud.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Para el 30 de abril de 2026, el IRS establecerá un proceso de prórroga claro y estandarizado para los Formularios 907 relacionados con los contribuyentes que esperan que el IRS considere su respuesta a las reclamaciones de ERC rechazadas y cuyo plazo de prescripción vence en un plazo de 6 meses. El proceso incluirá instrucciones sobre cómo los contribuyentes pueden presentar el formulario y cómo el IRS les notificará cuando se apruebe su solicitud. Específicamente, el IRS iniciará una comunicación directa con los contribuyentes afectados que incluirá un enlace a una página web de IRS.gov donde se explicará el plazo de prescripción inminente y las consecuencias del vencimiento, cómo acceder al Formulario 907 digital y cómo enviar el formulario completado a través de un canal de recepción. El IRS designará una unidad centralizada para recibir, validar y completar estos Formularios 907, y los enviará al/los empleado/s delegado/s con autoridad para firmar, quien proporcionará al contribuyente una copia una vez debidamente completado.

Los Formularios 907 requieren diversos procedimientos de enrutamiento y revisión, según el tipo de reclamación, la función que emitió la denegación y el estado del caso. Por lo tanto, un modelo centralizado único no reflejaría adecuadamente las diferencias operativas entre las Juntas Directivas. Los procedimientos de enrutamiento existentes en cada Junta Directiva proporcionan un marco apropiado para dirigir los Formularios 907 a la autoridad firmante correspondiente. Para el 30 de septiembre de 2026, cada Junta Directiva revisará sus procedimientos internos de enrutamiento y ejecución de los Formularios 907 y colaborará entre ellas cuando sea factible para promover una mayor coherencia procedimental. Además, buscaremos mejorar la información disponible para el público a través de IRS.gov y garantizaremos que existan controles operativos para dirigir los Formularios 907 a la autoridad firmante correspondiente de manera oportuna.

ACCIÓN CORRECTIVA: Para el 30 de abril de 2026, el IRS establecerá un proceso de prórroga claro y estandarizado para los Formularios 907 relacionados con los contribuyentes que están esperando que el IRS considere su respuesta a las reclamaciones de ERC rechazadas y que se enfrentan a la expiración del plazo de prescripción en un plazo de 6 meses, incluyendo instrucciones sobre cómo los contribuyentes pueden presentar el formulario y cómo el IRS les notificará cuando se apruebe su solicitud.

Para el 30 de septiembre de 2026, cada Consejo de Administración revisará sus procedimientos internos de tramitación y ejecución de los Formularios 907 y colaborará entre sí, siempre que sea posible, para promover una mayor coherencia procedimental. Además, buscaremos mejorar la información disponible para el público a través de IRS.gov y garantizaremos que existan controles operativos para que los Formularios 907 lleguen a la autoridad firmante correspondiente de manera oportuna.

RESPUESTA TAS: El IRS garantizó a los contribuyentes un camino claro y simplificado para proteger sus derechos mediante la creación de un proceso que les permite solicitar una prórroga para presentar una demanda ante un tribunal federal por reclamaciones de ERC rechazadas cuando quedan seis meses o menos del plazo de prescripción de dos años. La rápida actuación del IRS para implementar este proceso tras la recomendación del TAS demuestra la capacidad de la agencia para desarrollar rápidamente un proceso simplificado para que los contribuyentes presenten solicitudes de prórroga. El TAS comprende que existen obstáculos logísticos para aplicar este proceso simplificado de solicitud de prórroga para las reclamaciones de ERC a mayor escala (es decir, a todas las solicitudes de prórroga, independientemente de las que haya rechazado el IRS). Sin embargo, si el IRS desarrolló rápidamente un proceso simplificado de prórroga para las reclamaciones de ERC rechazadas, desarrollar un proceso simplificado para que todos los contribuyentes presenten una solicitud de prórroga no debería ser insuperable, incluyendo el desarrollo de un proceso mediante el cual la solicitud pueda ser dirigida a la unidad del IRS correspondiente. Los contribuyentes han esperado demasiado tiempo a que el IRS desarrolle un proceso simplificado para que los contribuyentes presenten estos formularios. El Congreso creó la prórroga del plazo de dos años como una salvaguarda para garantizar que los contribuyentes conserven su derecho a interponer una demanda. El hecho de que el IRS no haya establecido un procedimiento para que los contribuyentes presenten estas solicitudes reduce significativamente el valor de la salvaguarda del Congreso.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado parcialmente

ABIERTO o CERRADO: Abra

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): 09/30/2026

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RECOMENDACIÓN TAS # 1-7

Agregar indicadores del IRC § 6532 a las cuentas de los contribuyentesPara el 30 de enero de 2027, agregue indicadores del artículo 6532 del Código de Rentas Internas (IRC) a las cuentas de los contribuyentes para que tanto ellos como el IRS puedan hacer un seguimiento del vencimiento del plazo de dos años establecido en dicho artículo. De manera similar a las leyes de evaluación que están por vencer, garantice una comunicación proactiva exigiendo a los agentes de ingresos y a los funcionarios de apelaciones que alerten a los contribuyentes seis meses antes de la fecha límite sobre la inminencia del vencimiento del plazo y les expliquen cómo solicitar una prórroga.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Si bien el IRS reconoce la importancia de salvaguardar los derechos de los contribuyentes y garantizar el conocimiento de los plazos legales, el enfoque propuesto no se ajusta a la realidad operativa actual. Los casos sujetos al plazo de dos años del IRC § 6532 se gestionan en diversas áreas, como Apelaciones, Revisión, Administración de Cuentas, Servicios de Cumplimiento de la Integridad de las Declaraciones (RICS) y otras funciones de cumplimiento y procesamiento. Estos casos siguen diferentes rutas de enrutamiento y revisión, y las interacciones con los contribuyentes pueden ocurrir en distintos momentos del ciclo de vida del caso. Por lo tanto, asignar la responsabilidad de dar seguimiento al plazo legal y exigir a empleados específicos (por ejemplo, Agentes de Ingresos o Funcionarios de Apelaciones) que proporcionen notificaciones anticipadas no reflejaría la forma en que se gestionan los casos en la práctica y podría generar una aplicación inconsistente.

Los contribuyentes ya reciben una notificación formal de denegación de su reclamación, la cual establece claramente el inicio del plazo de dos años previsto en la Sección 6532 del Código de Rentas Internas (IRC) y explica sus derechos, incluyendo el plazo para presentar una demanda. Los contribuyentes pueden monitorear de forma independiente este plazo legal o consultar con representantes autorizados. Si bien el IRS continuará explorando oportunidades para mejorar las capacidades de seguimiento del sistema mediante futuras modernizaciones, no considera que esta recomendación sea la solución más eficaz ni sostenible en este momento.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: TAS está perplejo ante la respuesta del IRS a esta recomendación. TAS entiende que el IRS ya ha creado los códigos que se colocarán en las cuentas de los contribuyentes para indicar el vencimiento del plazo de dos años para presentar una demanda. El paso restante consiste en poner en práctica dichos códigos. Además, TAS no comprende por qué el IRS no puede aplicar indicadores de cuenta para hacer un seguimiento del estatuto IRC § 6532 y la recepción del Formulario 907, lo que garantizaría una visibilidad uniforme en todas las funciones del IRS y mejoraría la gestión de casos. La continua negativa del IRS a implementar estos códigos y colocar este indicador en las cuentas de los contribuyentes dificulta que estos sepan con exactitud cuándo vence el plazo de dos años para presentar una demanda; y una vez que vence, el contribuyente no tiene ningún recurso para que se escuchen sus argumentos.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerrado

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A