RS#2: ESTUDIO DE INVESTIGACIÓN
Estudio de las prohibiciones de dos años sobre el crédito tributario por ingreso del trabajo, el crédito tributario adicional por hijos y el crédito tributario American Opportunity
Estudio de las prohibiciones de dos años sobre el crédito tributario por ingreso del trabajo, el crédito tributario adicional por hijos y el crédito tributario American Opportunity
Requerir revisión gerencial y aprobación de todo el lenguaje en el Formulario 886-A y el aviso legal de deficiencia que explica el motivo de la prohibición de dos años.
RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Los supervisores ya están obligados a revisar todo el expediente del caso cuando un Técnico de Revisión por Correspondencia (CET) propone la prohibición de dos años. El Aviso de Deficiencia no aborda cuestiones o prohibiciones de auditoría específicas. Aborda los montos deficientes, las sanciones o adiciones al impuesto y los derechos de apelación.
ACCIÓN CORRECTIVA: N/A
RESPUESTA TAS: Aunque los gerentes están obligados a revisar el expediente del caso, TAS Research encontró que lo hicieron sólo en el 24 por ciento de los casos revisados donde la prohibición no se impuso sistemáticamente. Además, TAS Research encontró que la explicación de por qué se impuso la prohibición de dos años era inadecuada en el Formulario 886-A, Explicación de elementos, el 81 por ciento de las veces y el 86 por ciento de las veces en el Aviso legal de deficiencia. IRM 4.19.14.7.1, Prohibición de 2/10 años – Directrices de correspondencia para técnicos de revisión (CET), establece que los examinadores deben dar a los contribuyentes una explicación clara de por qué se propone la prohibición de dos años.
ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado
ABIERTO o CERRADO: Cerrado
FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A
Sólo se impondrá una prohibición cuando la auditoría anterior aborde la misma norma considerada en la auditoría actual.
RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: IRC 32(k), 24(g) y 25A(b) permiten al IRS rechazar el crédito relacionado para los dos años contributivos después del año contributivo más reciente para el cual hubo una determinación final de que el reclamo de crédito del contribuyente bajo uno de esas secciones se debió a un desprecio imprudente o intencional de las normas y reglamentos. La frase “aborda la misma norma bajo consideración” define estrictamente las circunstancias bajo las cuales se puede considerar una prohibición de dos años, lo que limita el juicio del examinador. La Norma de Auditoría 2 (IRM 4.19.13), Profundidad de revisión y conclusiones alcanzadas, requiere que la conclusión se derive, en parte, de los hechos y circunstancias desarrollados (para establecer un desprecio imprudente o intencional de las reglas y regulaciones para la afirmación de los dos- prohibición de un año).
Todas las cartas de contacto iniciales contienen anexos que explican la documentación y los requisitos para respaldar el reclamo de los créditos por parte del contribuyente. Los procedimientos existentes del IRS requieren que los CET consideren todos los hechos y circunstancias de un caso antes de proponer la prohibición (en casos de prohibición no propuestos sistémicamente). También exigen que los CET documenten los motivos de la prohibición y obtengan la aprobación del supervisor. En todos los casos, a los contribuyentes se les proporciona el debido proceso y se les da la oportunidad de establecer su derecho a recibir créditos.
ACCIÓN CORRECTIVA: N/A
RESPUESTA TAS: La prohibición de dos años es una consecuencia para los contribuyentes cuando no siguen las reglas establecidas para reclamar un crédito reembolsable, como el EITC, CTC o AOTC. La lógica detrás de la prohibición es que el contribuyente fue previamente sujeto a un control y durante ese tiempo se le informó de la norma que no cumplió. Después de ese examen, la expectativa es que el contribuyente cumplirá con esa regla en el futuro. Sin embargo, estos créditos implican una serie de reglas, y si el contribuyente viola posteriormente una regla que no estaba cubierta en la inspección anterior, entonces el fundamento de la prohibición no se aplica (es decir, el contribuyente no fue informado sobre esta regla). , por lo que su incumplimiento no puede considerarse imprudente basándose únicamente en ese hecho).
ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado
ABIERTO o CERRADO: Cerrado
FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A
No se considerará una auditoría previa de un crédito reembolsable realizada más de tres años después de la fecha de la auditoría actual.
RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: La decisión del IRS de hacer valer (o no) la prohibición de dos años para cada crédito debe documentarse para incluir el motivo de la determinación en el Formulario 4700, Documentos de trabajo de revisión. El CET debe revisar la documentación presentada por el contribuyente, determinar si se debe hacer valer la prohibición de dos años con base en la ley tributaria aplicable, la documentación del contribuyente, el contacto del contribuyente, la investigación del Sistema Integrado de Recuperación de Datos (IDRS) y la Revisión de Correspondencia del año anterior. Documentos de trabajo de soporte de automatización (CEAS). Si se aplica la prohibición de dos años, el CET debe obtener la aprobación del supervisor antes de imponer la prohibición de dos años.
La Norma de Auditoría 2 (IRM 4.19.13), Profundidad de revisión y conclusiones alcanzadas, requiere que la conclusión se derive en parte de los hechos y circunstancias desarrollados (para establecer un desprecio imprudente o intencional de las reglas y regulaciones para la afirmación de los dos años). prohibición). Este análisis no debe limitarse a un período de tiempo específico, ya que algunos contribuyentes no presentan una declaración de impuestos todos los años.
Por lo tanto, una auditoría completa puede requerir que se realicen investigaciones más de tres años después de la fecha de la auditoría actual.
ACCIÓN CORRECTIVA: N/A
RESPUESTA TAS: Una razón para aplicar la prohibición de dos años cuando ciertos créditos reembolsables han sido reclamados indebidamente es que el contribuyente tuvo una auditoría previa y debe conocer las reglas que rodean estos créditos. Sin embargo, este fundamento se erosiona cuando la auditoría anterior fue más de tres años anterior a la auditoría actual para la cual se propone la prohibición de dos años. Primero, es posible que las reglas que rodean estos créditos hayan cambiado desde la última vez que se auditó al contribuyente; por lo tanto, sería injusto que el IRS basara la imposición de la prohibición de dos años en el argumento de que el contribuyente conocía previamente estas reglas.
ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado
ABIERTO o CERRADO: Cerrado
FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A
En los casos en los que el IRS impone sistemáticamente la prohibición de dos años, haga intentos adicionales de comunicarse con el contribuyente cuando este no haya respondido al aviso de auditoría antes de considerar la falta de respuesta del contribuyente como un desprecio imprudente o intencional de las reglas y regulaciones.
RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: El IRS afirma la prohibición de dos años cuando el contribuyente demuestra un desprecio imprudente o intencional de las reglas y regulaciones. Se demuestra desprecio intencional cuando el contribuyente tiene conocimiento de los requisitos y continúa reclamando un crédito al que no tiene derecho. La prohibición de dos años es considerada principalmente por un CET en el segundo o siguiente año de auditoría, después de que el contribuyente haya respondido y participado en el proceso de auditoría. La afirmación sistémica de la prohibición de dos años se propone en el tercer año después de que se le haya negado el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC) o el Crédito Tributario por Hijos (CTC)/CTC Avanzado durante dos años anteriores o en el cuarto año, después de que el contribuyente no pudo para fundamentar el crédito de tres años anteriores, si uno de los exámenes no se pudo entregar. El IRS notifica a los contribuyentes por carta o por teléfono cuando propone una prohibición de dos años. Si el CET propone la prohibición durante el primer año de la auditoría, el IRM exige que el CET hable con el contribuyente antes de recomendar la afirmación de la prohibición de dos años. Se requiere aprobación de supervisión en los casos en que el AEC propone la prohibición de dos años.
El CET propone la prohibición con base en los hechos y circunstancias de cada caso, la respuesta del contribuyente y un historial de auditoría previa que demuestre si el contribuyente ha ignorado imprudente o intencionalmente las normas y regulaciones al momento de reclamar los créditos. Se establece un patrón de desprecio imprudente o intencional cuando el contribuyente ha sido informado en la primera auditoría que no tenía derecho al crédito, pero continúa reclamándolo. El análisis utilizado para determinar el patrón de comportamiento de presentación incluye la revisión de auditorías de años anteriores, documentos de trabajo y notas de Soporte de Automatización de Revisión de Correspondencia (CEAS), la respuesta del contribuyente o cualquier llamada telefónica recibida.
ACCIÓN CORRECTIVA: N/A
RESPUESTA TAS: El estudio de TAS encontró que la explicación de por qué se impuso la prohibición de dos años era inadecuada en el Formulario 886-A, Explicación de elementos, el 81 por ciento de las veces y el 86 por ciento de las veces en el Aviso legal de deficiencia. Además, de 352 casos revisados, 162 contribuyentes (o el 46 por ciento) nunca respondieron a la auditoría y el 16 por ciento de las notificaciones no pudieron entregarse. Una posible explicación para esta alta tasa de falta de respuesta es que las explicaciones inadecuadas proporcionadas en el Formulario 886-A y el Aviso legal de deficiencia dejan a los contribuyentes perplejos sobre cómo deben responder. Considerando que hay mucho en juego para estos contribuyentes, muchos de los cuales son de bajos ingresos (es decir, podrían estar perdiendo alrededor de $3,619 en Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo cada año), parece razonable que el IRS acepte comunicarse con el contribuyente por teléfono para garantizar recibieron y entendieron el aviso.
ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado
ABIERTO o CERRADO: Cerrado
FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A
Exigir a los gerentes del IRS que realicen revisiones periódicas de los casos de los empleados y la imposición de una prohibición de dos años para garantizar que sigan todos los procedimientos del IRS.
RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Ya se requiere la aprobación del supervisor para los casos en que el AEC propone la prohibición de dos años. Los gerentes ya realizan un mínimo de dos revisiones evaluativas (por teléfono o en papel) de cada empleado por mes. El número y los horarios de seguimiento los establece el Gerente de Operación o Departamento. Cuando un empleado trabaja en un entorno mixto (teléfono o papel), los gerentes se esfuerzan por lograr una combinación proporcionada para revisar durante todo el período de calificación. Además, el Programa Nacional de Calidad Integrada realiza una muestra aleatoria estadísticamente válida de todos los casos cerrados para determinar la calidad general del programa.
ACCIÓN CORRECTIVA: N/A
RESPUESTA TAS:
Teniendo en cuenta la cantidad de problemas que TAS identificó en el estudio, a saber, una revisión administrativa insuficiente de los expedientes de los casos y una explicación inadecuada de las prohibiciones tanto en el Formulario 886-A como en el Aviso legal de deficiencia, TAS cree que este programa podría beneficiarse de una revisión administrativa adicional para garantizar protege los derechos de los contribuyentes.
Considerando que la imposición de esta prohibición podría significar la pérdida de miles de dólares para estos contribuyentes de bajos ingresos, es imperativo que el IRS actúe con prudencia y en pleno respeto de los Derechos del Cotribuyente al avanzar con la imposición de esta prohibición.
ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado
ABIERTO o CERRADO: Cerrado
FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A