RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Nuestros abogados y asistentes legales se comunican eficazmente con los peticionarios pro se a través de discusiones regulares previas al juicio o durante los Días de Liquidación / Pro Bono. Utilizamos todos los medios de comunicación, incluidos el teléfono, el correo, el fax, la prestación de servicios virtuales y WebEx. El correo electrónico no se ha adoptado como una forma alternativa de comunicación ya que está prohibido por razones de seguridad y confidencialidad. IRM 1.10.3.2.1 (7).
Los contribuyentes no representados reciben información de contacto de LITC con el aviso de deficiencia, la Respuesta y la carta de Branerton, así como cuando se envían a los peticionarios documentos relacionados con el juicio, como la Estipulación de Hechos y el Memorando Previo al Juicio. El abogado ha sugerido al Tribunal Tributario que considere modificar el formulario de petición estándar para permitir a los peticionarios dar su consentimiento para los contactos directos de los abogados locales de LITC. No creemos que sea apropiado enmendar el formulario de petición para proporcionar contacto directo con el Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS). Si bien TAS tiene un propósito valioso fuera del litigio, TAS no debe participar en el asunto una vez que se ha presentado una petición. Ver IRM 13.1.10.10.1 (4) (“Los empleados de TAS no proporcionarán ninguna información u orientación al contribuyente o al abogado del contribuyente (u otro representante autorizado) con respecto al litigio pendiente”). Con base en la experiencia pasada con eventos del Día del Acuerdo / Pro Bono, los empleados de los abogados, los representantes de LITC y los abogados voluntarios pro bono han demostrado un compromiso para hacer que estos eventos sean exitosos y brindar a los contribuyentes la oportunidad de resolver por completo sus casos documentados.
Además, como parte de la asociación con la ABA, el abogado está explorando esfuerzos para mejorar aún más el éxito de Settlement / Pro Bono Days. Continuamos examinando los datos que hemos acumulado de los últimos Días exitosos de Liquidación / Pro Bono en un esfuerzo por aumentar la participación de los contribuyentes y optimizar los resultados exitosos para los contribuyentes.
ACCIÓN CORRECTIVA: N/A
RESPUESTA TAS: El Defensor del Contribuyente Nacional elogia los esfuerzos del Abogado para utilizar múltiples métodos de comunicación para comunicarse con los peticionarios del Tribunal Tributario no representados e insta al Tribunal Tributario a que considere modificar el formulario de petición estándar para permitir que los peticionarios den su consentimiento para los contactos directos de los abogados locales de LITC. El Defensor del Contribuyente Nacional reconoce que TAS no debe intervenir en un asunto solicitado para revisión del Tribunal Tributario, sin embargo, invitar a TAS a participar en eventos del Día de Liquidación / Pro Bono brinda oportunidades adicionales de alivio integral para los contribuyentes con problemas ante el tribunal para abordar cuestiones relacionadas con años tributarios no ante el tribunal en un entorno cara a cara.
ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado
ABIERTO o CERRADO: Cerrado
FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A