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MSP # 20: Acuerdos previos al juicio en el Tribunal Tributario de EE. UU.

El acceso insuficiente a los recursos de asistencia pro bono disponibles impide que los contribuyentes no representados lleguen a un acuerdo previo al juicio y obtengan un resultado favorable.

Recomendaciones de TAS y respuestas del IRS

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RECOMENDACIÓN TAS # 20-1

Adoptar métodos alternativos para comunicarse con los peticionarios del Tribunal Tributario no representados, incluido el trabajo con el Tribunal Tributario para modificar el formulario de petición para permitir que los contribuyentes den su consentimiento para los contactos directos de los LITC y TAS locales.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Nuestros abogados y asistentes legales se comunican eficazmente con los peticionarios pro se a través de discusiones regulares previas al juicio o durante los Días de Liquidación / Pro Bono. Utilizamos todos los medios de comunicación, incluidos el teléfono, el correo, el fax, la prestación de servicios virtuales y WebEx. El correo electrónico no se ha adoptado como una forma alternativa de comunicación ya que está prohibido por razones de seguridad y confidencialidad. IRM 1.10.3.2.1 (7).

Los contribuyentes no representados reciben información de contacto de LITC con el aviso de deficiencia, la Respuesta y la carta de Branerton, así como cuando se envían a los peticionarios documentos relacionados con el juicio, como la Estipulación de Hechos y el Memorando Previo al Juicio. El abogado ha sugerido al Tribunal Tributario que considere modificar el formulario de petición estándar para permitir a los peticionarios dar su consentimiento para los contactos directos de los abogados locales de LITC. No creemos que sea apropiado enmendar el formulario de petición para proporcionar contacto directo con el Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS). Si bien TAS tiene un propósito valioso fuera del litigio, TAS no debe participar en el asunto una vez que se ha presentado una petición. Ver IRM 13.1.10.10.1 (4) (“Los empleados de TAS no proporcionarán ninguna información u orientación al contribuyente o al abogado del contribuyente (u otro representante autorizado) con respecto al litigio pendiente”). Con base en la experiencia pasada con eventos del Día del Acuerdo / Pro Bono, los empleados de los abogados, los representantes de LITC y los abogados voluntarios pro bono han demostrado un compromiso para hacer que estos eventos sean exitosos y brindar a los contribuyentes la oportunidad de resolver por completo sus casos documentados.

Además, como parte de la asociación con la ABA, el abogado está explorando esfuerzos para mejorar aún más el éxito de Settlement / Pro Bono Days. Continuamos examinando los datos que hemos acumulado de los últimos Días exitosos de Liquidación / Pro Bono en un esfuerzo por aumentar la participación de los contribuyentes y optimizar los resultados exitosos para los contribuyentes.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: El Defensor del Contribuyente Nacional elogia los esfuerzos del Abogado para utilizar múltiples métodos de comunicación para comunicarse con los peticionarios del Tribunal Tributario no representados e insta al Tribunal Tributario a que considere modificar el formulario de petición estándar para permitir que los peticionarios den su consentimiento para los contactos directos de los abogados locales de LITC. El Defensor del Contribuyente Nacional reconoce que TAS no debe intervenir en un asunto solicitado para revisión del Tribunal Tributario, sin embargo, invitar a TAS a participar en eventos del Día de Liquidación / Pro Bono brinda oportunidades adicionales de alivio integral para los contribuyentes con problemas ante el tribunal para abordar cuestiones relacionadas con años tributarios no ante el tribunal en un entorno cara a cara.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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2.

RECOMENDACIÓN TAS # 20-2

Realice más eventos para fomentar la resolución previa al juicio en lugares de fácil acceso pero privados y programe los eventos fuera del horario comercial habitual según sea necesario.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: El abogado está de acuerdo en que debe alentarse la resolución previa al juicio y se esfuerza por llegar a dicha resolución en todos los casos apropiados. Por ejemplo, se agravamenta a nuestros abogados y asistentes legales a comunicarse con los contribuyentes no representados incluso antes de que se presente la Respuesta en un esfuerzo por resolver esos casos lo antes posible.

Como se señaló, el Abogado se compromete a aumentar el número y la efectividad de los Días de Liquidación / Pro Bono este año tributario y en el futuro. Para garantizar que estos eventos lleguen a un número máximo de peticionarios no representados, entendemos que deben estar en un lugar y horario convenientes y privados, y los peticionarios deben sentirse cómodos participando. No hemos visto ninguna diferencia en los resultados entre el uso de espacio gubernamental o no gubernamental y muchas de nuestras oficinas están en edificios comerciales. Los abogados programan eventos en las noches de los días laborables y los sábados, los cuales son atendidos por abogados voluntarios y empleados del IRS. En general, hay muchos más empleados voluntarios presentes de los que se necesitan para trabajar con el pequeño número de peticionarios que asisten. A través de nuestra asociación con LITC y la ABA, continuaremos explorando formas de mejorar la participación, incluso mediante el uso de tecnología (como WebEx) a solicitud y conveniencia de los contribuyentes no representados.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: El Defensor del Contribuyente Nacional elogia los esfuerzos del Abogado para realizar más eventos del Día de Liquidación / Pro Bono y para reclutar voluntarios para permitir que los eventos se lleven a cabo fuera del horario comercial normal. El Defensor del Contribuyente Nacional también reconoce el valor del apoyo del liderazgo del IRS para este programa. La asistencia en persona del Comisionado Rettig a un reciente día de conciliación en Washington, DC, recibió cobertura de los medios y ayudó a aumentar la conciencia pública sobre los Días de conciliación / Pro Bono. El Defensor del Contribuyente Nacional recomienda que el Abogado continúe buscando nuevos métodos para crear conciencia para aumentar la asistencia de los contribuyentes a los eventos.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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RECOMENDACIÓN TAS # 20-3

Proporcionar personal en los Días Pro Bono y otros eventos de resolución previa al juicio que puedan brindar servicios de interpretación.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: El abogado es sensible al hecho de que algunos contribuyentes no representados pueden necesitar o beneficiarse de la presencia de un traductor. Los abogados tienen acceso al servicio de interpretación telefónica de Lionbridge, que proporciona servicios de interpretación si es necesario durante los Días de conciliación / Pro Bono. Además, el Asesor Jurídico de SB / SE mantiene una lista de empleados que dominan una variedad de idiomas y dialectos y que pueden ser contactados si se necesitan servicios de traducción. Hemos encontrado que estas opciones son adecuadas.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: El Defensor del Contribuyente Nacional elogia el reconocimiento del Abogado de la necesidad de servicios de interpretación durante los eventos del Día de Liquidación / Pro Bono. Los intérpretes telefónicos pueden ser satisfactorios, sin embargo, si el Asesor legal sabe antes de un evento que los asistentes potenciales viven en comunidades que no hablan inglés, el Asesor debe buscar la ayuda de organizaciones locales que puedan brindar traducción en persona.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado parcialmente

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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RECOMENDACIÓN TAS # 20-4

Desarrollar opciones de resolución integral para los peticionarios pro se en los Días Pro Bono y otros eventos de resolución previa al juicio para incluir representantes de Apelaciones, Cobros y TAS, además de invitar a voluntarios o personal local de LITC o del Colegio de Abogados y asignar abogados de los mismos. localidad.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Dado que los casos en cuestión están archivados en el Tribunal Tributario, los Días de Liquidación / Pro Bono son organizados y atendidos por el Asesor Jurídico con el objetivo específico de resolver los casos pendientes de manera temprana y eficiente. Estos eventos generalmente incluyen a los empleados del IRS de Apelaciones, Revisión y Cobros, según corresponda, para brindarles a los contribuyentes una solución integral en su caso documentado. La inserción de años tributarios no documentados en los Días de Liquidación / Pro Bono administrados por el Abogado puede tener el resultado opuesto de frustrar la resolución del caso documentado de manera eficiente y no sería en el mejor interés de las partes. Sería más efectivo para los contribuyentes resolver sus problemas administrativos utilizando los procesos existentes del IRS. De hecho, los Días de Liquidación / Pro Bono han contribuido a la resolución de otros problemas tributarios de los peticionarios, ya que algunos abogados de LITC y Pro Bono continúan representando para resolver los problemas administrativamente.

TAS puede ayudar a facilitar los Días de Liquidación / Pro Bono exitosos al alentar a los LITC y los programas Pro Bono a trabajar junto con el Asesor para organizar, albergar y aprender de estos eventos. Sin embargo, TAS no debe participar en asuntos relacionados con litigios, incluidos los Días de Liquidación / Pro Bono. Una vez que un contribuyente se involucra en un litigio con el gobierno, los empleados de TAS no tienen jurisdicción sobre los asuntos involucrados en el litigio. IRC § 7803 (b); IRM 13.1.10.10.1 (4). El abogado ha organizado esporádicamente "Días de resolución de problemas", proporcionando un enfoque de "ventanilla única" para los contribuyentes con diversos problemas tributarios, pero estos eventos generalmente no se centran en los casos pendientes en el Tribunal Tributario. Por último, Apelaciones y el liderazgo del Abogado Principal se reúnen regularmente con representantes de LITC para obtener sus comentarios y aprender cómo podemos mejorar el proceso de resolución de casos para todos los contribuyentes.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: El abogado reconoce que algunos abogados de LITC y Pro Bono continúan su representación más allá de los Días de Liquidación / Pro Bono para ayudar a resolver los otros problemas tributarios de los peticionarios. Dada la oportunidad única de comunicarse sin problemas con los empleados de Apelaciones, Revisiónination y Cobros, el Defensor del Contribuyente Nacional sostiene que el Abogado debe alentar a los contribuyentes que asisten a un evento del Día de Liquidación / Pro Bono para resolver tantos problemas pendientes como sea posible, y no limitar la asistencia al períodos impositivos abordados en la petición del Tribunal Tributario.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A