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MSP # 11: PROGRAMAS VITA / TCE

Las restricciones del IRS sobre los programas de Asistencia Voluntaria con el Impuesto sobre la Renta (VITA) y Asesoramiento al Contribuyente para Ancianos (TCE) aumentan la carga del contribuyente e impactan negativamente el acceso a la preparación de impuestos gratuita para contribuyentes de bajos ingresos, discapacitados, rurales y ancianos

Recomendaciones de TAS y respuestas del IRS

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RECOMENDACIÓN TAS # 11-1

Permita que VITA y TCE Partners, a su discreción, preparen devoluciones con problemas que actualmente están fuera del alcance, que incluyen: Deducción de oficina en casa (por ejemplo, proveedores de cuidado diurno); Millaje estándar frente a costos reales (por ejemplo, conductores de Uber / Lyft); Pérdidas por hechos fortuitos (por ejemplo, socorro en casos de desastre); Cancelación de deuda por quiebra o insolvencia; e ingresos agrícolas.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Los programas VITA y TCE están enfocados en servir a los contribuyentes. El IRS ya cuenta con un proceso para que los socios soliciten cambios de alcance a través del Formulario 14793, Cambio de alcance del programa VITA / TCE. Estos procedimientos se desarrollaron para garantizar la continuidad de los procesos en todos nuestros sitios. Nuestros procesos establecidos son necesarios y han demostrado aumentar la precisión de las declaraciones preparadas en los sitios de VITA / TCE. Evaluamos las solicitudes de cambios para determinar la viabilidad de la implementación. Permitir que los voluntarios preparen declaraciones de impuestos con temas de leyes tributarias más complejas podría afectar negativamente la precisión de las declaraciones preparadas por los voluntarios.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: El Defensor del Contribuyente Nacional está de acuerdo en que los temas de derecho tributario más complejos suelen ser más adecuados para que los manejen los preparadores de impuestos profesionales. Sin embargo, hay otros en los que las Asociaciones de partes interesadas, la educación y las comunicaciones (SPEC) deben permitir que los voluntarios ayuden si los voluntarios están certificados en el nivel apropiado. Por ejemplo, muchas declaraciones del Anexo C que actualmente se definen como fuera del alcance se definen de manera irrazonable como tales. A principios de 2011, SPEC inició un programa piloto de Anexo C para determinar la efectividad de permitir que asuntos de la ley tributaria o temas relacionados con los propietarios de pequeñas empresas en el programa VITA / TCE. SPEC finalmente determinó que los sitios piloto, aunque preparaban declaraciones de Schedule C con una precisión de aproximadamente el 99 por ciento, no estaban preparando muchas declaraciones con los parámetros ampliados y se suspendió el Schedule C Pilot. El piloto no se suspendió porque los temas se consideraron demasiado complejos para los voluntarios; más bien, se suspendió porque el IRS no creía que tuviera una gran demanda. Dicho esto, SPEC acordó permitir la preparación de devoluciones con gastos comerciales de hasta $ 25,000, pero inexplicablemente ahora existen criterios más estrictos para las devoluciones de Schedule C preparadas por VITA que los que existían bajo el programa piloto Schedule C. Debido al límite de ingresos arbitrario para las declaraciones del Anexo C preparadas por VITA, los voluntarios de VITA y TCE no pueden ayudar a la mayoría de los empresarios que califican para tomar una deducción de oficina en el hogar, incluidos, por ejemplo, los proveedores de cuidado diurno. Esta población podría beneficiarse enormemente de los servicios de VITA. Además, como señaló el Defensor del Contribuyente Nacional en el Informe Anual de 2017 al Congreso, los contribuyentes que han experimentado desastres con frecuencia tienen características que califican para la asistencia de VITA. Sin embargo, reclamar cualquier pérdida por hecho fortuito está fuera del alcance de VITA. El IRS debe ser elogiado por sus esfuerzos para ayudar a los contribuyentes en áreas de desastre; sin embargo, las víctimas del desastre aún no pueden buscar ayuda para la preparación de impuestos en los sitios de VITA y TCE. Además, por ejemplo, a pesar de los aproximadamente 2.06 millones de granjas actualmente en operación, el IRS sobrecarga aún más a una población vulnerable de contribuyentes que debería tener acceso a la preparación de impuestos gratuita al restringir arbitrariamente a los agricultores de bajos ingresos de los programas VITA y TCE. Aquellos contribuyentes cuyas deudas son canceladas o condonadas son otro grupo de contribuyentes vulnerables que podrían ser elegibles para asistencia voluntaria con el impuesto sobre la renta y menos capaces de pagar la representación profesional. Si este tema se considerara dentro del alcance, al menos, los voluntarios de VITA podrían acceder a las hojas de trabajo en las publicaciones del IRS para completar con precisión las declaraciones de impuestos. El Defensor del Contribuyente Nacional no propuso permitir que los voluntarios preparen declaraciones de impuestos complejas sobre una base ad hoc. En cambio, recomendó permitir a los socios de VITA y TCE la discreción para decidir si preparar declaraciones con problemas específicos que actualmente están fuera del alcance. Además, como recomendó la Defensora Nacional del Contribuyente en su informe, para respaldar esos problemas más complejos, el IRS puede desarrollar niveles de certificación adicionales, como un módulo de oficina en el hogar, un módulo de pérdidas por desastre o un módulo Schedule C o F.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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RECOMENDACIÓN TAS # 11-2

Implementar pautas financieras para el programa VITA / TCE que tengan en cuenta tanto el tamaño de la familia como los ingresos, similares a las utilizadas por los programas LITC.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Las pautas del programa IRS VITA / TCE están determinadas por la complejidad de la ley tributaria. La implementación de las pautas financieras resultaría en un menor número de contribuyentes atendidos en general debido al tiempo de evaluación adicional, y también puede excluir a algunos contribuyentes que son elegibles para el servicio según las pautas actuales.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: El Defensor del Contribuyente Nacional reconoce plenamente que la definición de dentro del alcance se refiere a los temas de la ley tributaria permitidos en una declaración de impuestos y no se refiere a los niveles de ingresos. Sin embargo, estos programas se basan en el nivel de elegibilidad del impuesto sobre la renta del trabajo. El EITC es una de las disposiciones más complejas del Código de Rentas Internas y los programas VITA preparan muchas declaraciones, incluido el EITC. Por lo tanto, la complejidad no es el factor primordial a la hora de establecer los niveles de ingresos.

Además, las limitaciones de ingresos actuales excluyen a muchos contribuyentes que tienen bajos ingresos según las pautas de la Clínica de Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC), pero están excluidos de las pautas de ingresos de VITA. Para calificar para la asistencia de un LITC, generalmente los ingresos de un contribuyente deben estar por debajo del 250 por ciento de las pautas federales de pobreza del año actual, según el tamaño de la familia y con los ajustes de ingresos para Hawai y Alaska. Las pautas de ingresos de VITA, utilizando el umbral del EITC como el piso de ingresos, podrían incluir cierta flexibilidad para circunstancias atenuantes. Como muestra el cuadro a continuación, una expansión de las pautas de ingresos no excluiría a los contribuyentes que son elegibles para el servicio según las pautas actuales, sino todo lo contrario.

Por ejemplo, bajo un estándar del 250 por ciento, una familia de cinco sería elegible para los servicios de VITA hasta un ingreso anual de casi $ 72,000. Según el estándar actual, una familia de cinco sería elegible para los servicios de VITA hasta un ingreso anual de $ 54,000. Para una persona sin hijos, el ingreso por debajo del 250 por ciento de las pautas federales de pobreza es el doble de la cantidad de ingresos según las pautas del EITC. Para dos personas casadas que presentan una declaración conjunta, el ingreso es mayor que el nivel del EITC en $ 20,171.

No estamos de acuerdo con la especulación del IRS de que el tiempo de evaluación adicional resultaría en menos contribuyentes atendidos. El Programa VITA ya requiere voluntarios para evaluar a los contribuyentes. Los voluntarios que evalúan a los contribuyentes podrían referirse fácilmente a una cifra que se publica de manera prominente de los ingresos que cumplen con el 250 por ciento de las Pautas Federales de Pobreza. Las LITC hacen esto todo el tiempo.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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RECOMENDACIÓN TAS # 11-3

Crear un sistema de seguimiento para los voluntarios y sus certificaciones para que los contribuyentes puedan ser remitidos a un sitio específico de VITA o TCE que se ocupa de un tema específico de la ley tributaria.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: El IRS cuenta actualmente con un sistema de seguimiento para los voluntarios y sus niveles de certificación, a través de Link y Learn Taxes. Esta aplicación de aprendizaje electrónico identifica las certificaciones específicas que los voluntarios han completado. Clasificar y rastrear esta información a nivel de sitio requeriría muchos recursos, ya que no hay garantía de que un voluntario capacitado en un tema tributario más complejo esté disponible en un día específico.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: Somos conscientes de la funcionalidad Link and Learn Taxes para realizar un seguimiento de los niveles de certificación de los voluntarios. Sin embargo, esta aplicación no rastrea dónde están trabajando voluntarios particulares. De la respuesta del IRS se desprende que la aplicación de aprendizaje electrónico es totalmente capaz de rastrear esta información. Al Defensor del Contribuyente Nacional le preocupa que el IRS rechace esta recomendación sin cuantificar la cantidad de recursos necesarios para permitir esta capacidad. Además, es irrelevante si un voluntario capacitado en un tema tributario más complejo estaría disponible en un día específico, porque cualquier problema de programación se puede resolver entre el contribuyente y el voluntario después de una remisión.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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RECOMENDACIÓN TAS # 11-4

Asegúrese de que haya más sitios de impuestos para voluntarios abiertos hasta el 15 de octubre de cada año.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Si bien el IRS agravamenta a los socios a estar abiertos todo el año, la mayoría de los sitios para voluntarios están abiertos de enero a abril. Los socios determinan las operaciones del sitio en función de la demanda de los servicios y la disponibilidad de recursos, que pueden variar en todo el país y entre los socios.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: El IRS fácilmente podría alentar a sus socios a brindar servicios después de la fecha de presentación de la declaración de impuestos. Como señaló el Defensor del Contribuyente Nacional en el informe, en el año tributario 2016, más de 36,000 contribuyentes de bajos ingresos presentaron declaraciones con prórrogas después de la fecha de vencimiento regular. Es importante destacar que la posibilidad de solicitar una extensión para presentar sugiere que el contribuyente debe tener acceso a asistencia para cumplir con su requisito legal al menos hasta el 15 de octubre. Aunque los socios pueden optar por no mantener abiertos sus sitios de VITA, el propio IRS puede hacer más para fomentar el servicio a estos contribuyentes fuera de la temporada de presentación de declaraciones. Por ejemplo, como se menciona en el informe, la línea directa de VITA solo cuenta con personal desde mediados de enero hasta mediados de abril de cada año. Además, los contribuyentes no pueden obtener información de manera conveniente sobre todos los sitios de VITA abiertos durante todo el año en una página web. Para obtener una lista de dichos sitios, los contribuyentes deben acceder al VITA Locator en irs.gov y luego ingresar su código postal y la cantidad de millas que están dispuestos a viajar, o llamar al IRS. Otro grupo vulnerable de contribuyentes que pueden necesitar legítimamente presentar extensiones incluyen aquellos afectados por desastres declarados por el presidente que pueden necesitar ayuda para presentar declaraciones enmendadas que declaren pérdidas por hechos fortuitos después del 15 de abril. El IRS puede y debe alentar a los socios a brindar servicios al menos hasta la fecha límite extendida y debe continuar brindando apoyo y asistencia a los sitios abiertos durante todo el año. Como mínimo, el IRS podría requerir que los programas VITA y TCE que reciben fondos de subvención estén abiertos hasta el 15 de octubre, ya que es el IRS quien controla los fondos.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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RECOMENDACIÓN TAS # 11-5

Permitir que los fondos de la subvención se utilicen para revisiones de calidad y QTE, CAA y servicios durante todo el año en sitios seleccionados.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: El programa de subvenciones VITA / TCE complementa el trabajo que ya se está realizando en los sitios. Los fondos de la subvención se pueden utilizar para apoyar los sitios que están abiertos todo el año. Los fondos gastados para respaldar dichos sitios deben ser necesarios, razonables y permitidos según la guía descrita en el Código de Regulaciones Federales, Parte 200. No se permite que los fondos de subvenciones de VITA y TCE se utilicen para compensar a los preparadores de declaraciones de impuestos, revisores de calidad o certificadores. agentes de aceptación de los servicios prestados. Sin embargo, el programa de subvenciones VITA y TCE permite que los fondos de la subvención se utilicen para reembolsar a los voluntarios los gastos de bolsillo, como transporte, comidas u otros gastos incurridos en la preparación voluntaria de las declaraciones de impuestos. Sin embargo, no se incluyen los gastos relacionados únicamente con el servicio como CAA. El Programa de subvenciones VITA / TCE no permite que los fondos de subvenciones reembolsen estos costos, de modo que el Programa de subvenciones VITA / TCE pueda aprovechar los fondos de subvenciones limitados para servir al mayor número de personas.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: La Parte 200 del Código de Regulaciones Federales (CFR) permite que los fondos se utilicen para el pago de costos razonables, necesarios, asignables y de otra manera permitidos incurridos y no prohibidos por ninguna otra disposición. Específicamente, la Sección 200.404 define los costos razonables. El reglamento autoriza claramente a las clínicas a gestionar las actividades del día a día, como ya lo están haciendo. Además, el reglamento no prohíbe específicamente pagar por revisiones de calidad de expertos. Apreciamos la preocupación del IRS sobre el potencial de responsabilidad voluntaria bajo la Ley de Protección de Voluntarios de 1997. Sin embargo, el Defensor Nacional del Contribuyente insta encarecidamente al IRS a que examine la guía CFR para determinar cómo se puede pagar a los revisores de calidad para ayudar a los voluntarios de VITA, ya que creemos esto El tipo de revisión es esencial para el éxito del programa VITA. De cualquier manera, el revisor de calidad no tiene que cambiar la devolución real; en cambio, el revisor de calidad podría notar fácilmente el error y el voluntario podría cambiarlo. Al diseñar definiciones y reglas que permitan esto, el IRS resolvería cómo se puede pagar a los revisores de calidad para ayudar a los voluntarios de VITA.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A