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SF #05: DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE Y EL ESTADO FUTURO

 

Recomendaciones de TAS y respuestas del IRS

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ENFOQUE ESPECIAL #5-1

La Oficina del Asesor Jurídico, en colaboración con el Defensor Nacional del Contribuyente, llevará a cabo de inmediato una revisión integral de las disposiciones clave de los derechos de los contribuyentes en el IRC y emitirá una guía propuesta para comentarios públicos, actualizando estas disposiciones para proteger los derechos de los contribuyentes en el entorno digital previsto por el IRS. Estado futuro. Estas disposiciones incluyen la aplicación de la regla del buzón y la regla del aviso erróneo a las comunicaciones digitales, y la definición de un "examen" o "auditoría" a la luz de la importante actividad de revisión previa al reembolso prevista por el Estado Futuro.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: La Oficina del Asesor Jurídico está comprometida con la protección de los derechos de los contribuyentes y trabajará con la NTA para identificar problemas o áreas problemáticas que puedan afectar los derechos de los contribuyentes a medida que el IRS se compromete a pasar a un entorno más digital. Hay una guía adecuada sobre los problemas planteados con respecto a la regla del buzón y los consejos erróneos, pero estamos abiertos a abordar problemas o problemas más específicos a medida que se identifiquen. Con respecto a la definición de un examen, la guía existente logra el equilibrio adecuado entre los derechos de los contribuyentes y la carga del IRS.

Regla de buzón
Según el derecho consuetudinario, la fecha de entrega o presentación es la fecha de recepción. Ver Estados Unidos v. Lombardo, 241 US 73, 76, 78 (1916). La Sección 7502 es una excepción a esta regla de derecho consuetudinario, utilizando una fecha de matasellos como la fecha de entrega en ciertas circunstancias. El artículo 7502 se aplica únicamente cuando las leyes de rentas internas prescriben que el documento debe presentarse o el pago debe hacerse dentro de un período prescrito o antes de una fecha prescrita. tesoros registro § 301.7502-1(d) se promulgó bajo la autoridad de la sección 7502(c)(2) para proporcionar reglas para tratar ciertos documentos presentados electrónicamente como entregados a partir de la fecha del matasellos electrónico autorizado. La Sección 7502 no se aplica a las presentaciones electrónicas distintas de las actualmente descritas en el reglamento.

Las comunicaciones electrónicas generalmente están diseñadas para ser métodos instantáneos o casi instantáneos de entrega de comunicaciones. En consecuencia, los problemas de envío por correo y presentación a tiempo deben ser raros con los documentos presentados electrónicamente. Las reglamentaciones existentes están diseñadas para dar cabida a artículos específicos que están aprobados para la presentación electrónica, mientras conservan la necesidad de garantizar la exactitud de la información proporcionada al contribuyente y al IRS en cuanto a la fecha y hora de la transmisión. Consideraríamos emitir una guía en la medida necesaria para acomodar otras presentaciones electrónicas aprobadas.

Regla de asesoramiento erróneo: la sección 6404(f) establece que el IRS reducirá cualquier parte de cualquier sanción o adición al impuesto atribuible al asesoramiento erróneo proporcionado al contribuyente por escrito por un funcionario o empleado del IRS si (1) el asesoramiento escrito es razonablemente confiado por el contribuyente y fue en respuesta a una solicitud específica por escrito del contribuyente, y (2) la parte de la sanción o la adición al impuesto no resultó de la falta de información adecuada o precisa por parte del contribuyente.

Según la sección 301.6404-3(e)(1) de las Regulaciones del Tesoro, el asesoramiento por escrito se considerará asesoramiento para la reducción de la sección 6404(f) solo si la respuesta aplica las leyes tributarias a los hechos específicos presentados por escrito por el contribuyente y proporciona una conclusión sobre el tratamiento tributario que corresponde otorgar al contribuyente por la aplicación de la ley tributaria a dichos hechos.

La sección 301.6404-3(b)(3) de las reglamentaciones establece que no se permitirá ninguna reducción a menos que la sanción o el aumento del impuesto sea atribuible a un aviso emitido en respuesta a una solicitud de asesoramiento específica por escrito del contribuyente. Para el asesoramiento no relacionado con un elemento de una declaración de impuestos, no se considera que el contribuyente haya confiado razonablemente en el asesoramiento si el contribuyente recibió el asesoramiento después del acto u omisión que es la base de la sanción o adición al impuesto. § 301.6404-3(b)(2)(iv).

No hemos tomado la posición de que el asesoramiento por correo electrónico no es un asesoramiento por escrito. De hecho, el asesoramiento por correo electrónico se procesa para su divulgación al público de la misma manera que el asesoramiento del abogado principal, cuyo asesoramiento se incluye en la definición de una determinación por escrito en la sección 6110. Suponiendo que se cumplieron los demás requisitos de la sección 6404(f), cree que el aviso erróneo proporcionado por correo electrónico estaría sujeto a la regla de aviso erróneo sin necesidad de modificar la regulación existente.

Definición de Revisión o Auditoría: La Sección 7605(b) establece que “[n]ingún contribuyente estará sujeto a exámenes o investigaciones innecesarias, y solo se realizará una inspección de los libros contables de un contribuyente por cada año tributario a menos que” el IRS notifique al contribuyente por escrito que es necesaria una inspección adicional. En el Informe Anual al Congreso de 2016, la NTA recomendó que el IRS defina el concepto de "examen" o "auditoría" centrándose en los procedimientos de procesamiento de declaraciones (prerreembolso) del IRS utilizados para identificar y resolver tipos específicos de posibles errores que aparecen en la declaración de un contribuyente. Específicamente, la NTA recomienda que cualquier consulta previa al reembolso que requiera que el contribuyente proporcione "algún nivel de documentación" se considere un examen o auditoría.

Un “examen” no está definido en el Código ni en las reglamentaciones de la sección 7605. El concepto tampoco está definido en la Regla de procedimiento del IRS § 601.105(b). La jurisprudencia no proporciona una definición completa. En el mejor de los casos, la jurisprudencia define ciertas actividades como no constitutivas de un examen. Véase, por ejemplo, Ellis v. Comisionado, 94 TCM (CCH) 112 (2007) No. 19766–05, 2007 WL 2188098 (31 de julio de 2007), en parte afirmado, en parte revisado por otros motivos, 346 Alimentados. aprox. 346 (10th Cir. 2009) (carta al contribuyente del Centro de Servicios, solicitando explicación de la discrepancia entre los ingresos informados en la declaración y los informados por el tercero pagador, a lo que el contribuyente respondió con una explicación y documentos que no constituían un examen o una inspección de libros de contabilidad).

Proceso Rev. 2005-32, sección 4.03(1)(a) – (d) proporciona pautas y ejemplos ilustrativos de otros contactos limitados con contribuyentes que no se consideran exámenes.

Cuando el IRS puede identificar un posible error en una declaración, como se hace con los programas de comparación de declaraciones de información, y resolverlo buscando una explicación del contribuyente, tanto el contribuyente como el IRS se benefician de una mayor eficiencia. El contribuyente se ahorra la experiencia más rigurosa y onerosa de un examen y puede llegar a una resolución de manera más oportuna. De manera similar, el IRS puede resolver un solo asunto, a menudo un asunto simple, más rápidamente y con muchos menos recursos que los necesarios para realizar una auditoría. No sería beneficioso para el IRS ni para la mayoría de los contribuyentes obligar al IRS a realizar una auditoría para resolver discrepancias menores en una declaración, algunas de las cuales resultan en ajustes a favor del contribuyente.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: El Defensor Nacional del Contribuyente agradece las respuestas reflexivas del IRS con respecto a la regla del buzón, la regla de asesoramiento erróneo y la definición de un examen o auditoría. Además, aprecia el compromiso del IRS de continuar abordando estos problemas a medida que se identifican los problemas.

Con respecto a la regla del buzón, las fallas tecnológicas no son infrecuentes e inevitablemente habrá ocasiones, ya sea debido a la computadora de un contribuyente, un proveedor de ISP o la red del IRS, donde la entrega de correo electrónico no será instantánea. Creemos que es importante que el IRS desarrolle pautas apropiadas para abordar estas situaciones antes de que ocurran. De lo contrario, sería mejor que los contribuyentes y los profesionales presenten respuestas con límite de tiempo por correo certificado, para que puedan probar la fecha de presentación.

Con respecto a la regla de Aviso Erróneo, notamos que el IRS actualmente recibe millones de preguntas sobre leyes tributarias en sus líneas telefónicas y en sus TAC. Si el IRS tiene éxito en la migración de un gran número de contribuyentes en línea, esas mismas preguntas sobre leyes tributarias se presentarán electrónicamente y, presumiblemente, se responderán electrónicamente. Será fundamental adoptar pautas claras, que sean entendidas tanto por los contribuyentes como por los empleados del IRS, con respecto a las respuestas escritas en las que los contribuyentes pueden confiar para evitar multas y en qué respuestas no se puede confiar para ese propósito.

Con respecto a la definición de un examen, apreciamos la observación del IRS de que identificar problemas en el entorno previo al reembolso puede ser más simple tanto para el IRS como para el contribuyente. Estamos de acuerdo. Pero también ocurre que el Congreso generalmente limita al IRS a una inspección de los libros contables de los contribuyentes para cada año tributario. El propósito de esa disposición es proteger a los contribuyentes del tiempo y los gastos de responder a múltiples revisiones de la misma declaración. En la medida en que un contribuyente deba presentar una justificación en respuesta a una solicitud de verificación previa al reembolso que el contribuyente también deba presentar en respuesta a una auditoría posterior, los procedimientos del IRS serán directamente contrarios a la intención del Congreso. Se requiere más trabajo para garantizar que esas situaciones se minimicen.

Alentamos al IRS a continuar perfeccionando su enfoque de estos temas, trabajando en conjunto con la Oficina del Asesor Jurídico del IRS y la Oficina del Defensor del Contribuyente.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado parcialmente

ABIERTO o CERRADO: Cerradas

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A