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MSP n.º 3: FORMULARIO 1023-EZ

El reconocimiento como una organización exenta de impuestos ahora es prácticamente automático para la mayoría de los solicitantes, lo que invita al incumplimiento, desvía dólares de impuestos y donaciones de contribuyentes, y perjudica a las organizaciones que luego se determina que están sujetas a impuestos

Recomendaciones de TAS y respuestas del IRS

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RECOMENDACIÓN TAS # 3-1

Revisar el Formulario 1023-EZ para exigir a los solicitantes, que no sean corporaciones en estados que hacen que los artículos de incorporación estén disponibles públicamente en línea sin costo alguno, que presenten sus documentos de organización.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: La recomendación de la NTA no se adoptó tal como está escrita, pero se tomaron medidas del IRS para abordar los problemas planteados por la NTA. TAS recomienda que algunos, pero no todos, los solicitantes del formulario 1023-EZ envíen copias de sus documentos de organización. Según la recomendación, las corporaciones organizadas en estados que tienen documentos que se pueden ver en línea no tendrían que presentarlos. Esta recomendación daría como resultado un tratamiento desigual de los solicitantes, lo que podría causar confusión y disminuir la satisfacción del cliente. Además, el requisito de organizar los documentos impediría la presentación electrónica. Además, la revisión de los documentos de organización aumentaría el tiempo de procesamiento de casos, lo que interrumpiría las eficiencias obtenidas a través del proceso EZ. El IRS continúa confiando en las revisiones previas y posteriores a la determinación para identificar posibles problemas de cumplimiento asociados con el formulario.

Actualización: El IRS continuará realizando esfuerzos de colaboración con las agencias estatales que trabajan para lograr un sistema de registro de organizaciones benéficas multiestatales en línea. El Portal de registro y presentación multiestatal será un sistema en línea que permitirá a las organizaciones sin fines de lucro y sus recaudadores de fondos profesionales cumplir con los requisitos de registro y presentación anual de todos los estados a través de un único portal en línea. El Enlace Federal y Estatal de Organizaciones Exentas sigue estando en la junta asesora del proyecto. Por el momento, el sistema aún se encuentra en etapa de desarrollo. Este es un esfuerzo de varios años de los estados. El financiamiento por parte de los estados es el enfoque principal y actualmente está en marcha. Según conversaciones recientes con un regulador estatal involucrado en el proyecto, no se ha fijado una fecha de lanzamiento anticipada. Según el progreso hasta la fecha, no anticiparíamos el lanzamiento de este portal hasta dentro de varios años.

ACCIÓN CORRECTIVA: El IRS continuará realizando esfuerzos de colaboración con las agencias estatales que trabajan para lograr un sistema de registro de organizaciones benéficas multiestatales en línea.

RESPUESTA TAS: Buscar acceso a un registro de caridad multiestatal en línea es un objetivo admirable a largo plazo, aunque no constituye una acción tomada para abordar la preocupación del Defensor Nacional del Contribuyente. Mientras tanto, no hay nada inapropiado en exigir a las organizaciones que presenten sus artículos de incorporación como parte de su solicitud del Formulario 1023-EZ, o exceptuar del requisito a aquellas cuyos documentos ya están disponibles en línea. Además, no es el caso que los documentos no se puedan adjuntar a las presentaciones electrónicas del IRS. Esto ya se está haciendo para los solicitantes que buscan la certificación como Organización de Empleadores Profesionales Certificados (CPEO). TE/GE podría explorar la viabilidad de un sistema similar para aceptar solicitudes del Formulario 1023-EZ. A menos que TE/GE pueda cuantificar hasta qué punto la revisión de los documentos de organización aumentaría el tiempo de procesamiento del caso, la base para concluir que tal "interrupción de la eficiencia" no está justificada no está clara. Revisar los documentos de organización, lo que conduciría a una tasa más baja de aprobaciones erróneas, no necesariamente resultaría en tiempos de procesamiento inaceptables.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerrado

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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RECOMENDACIÓN TAS # 3-2

Revisar el Formulario 1023-EZ para exigir a los solicitantes que proporcionen una descripción de sus actividades reales o planificadas y presenten información financiera resumida, como ingresos y gastos pasados ​​y proyectados.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: Recomendación de NTA no adoptada. Las descripciones de actividades y la información financiera son una carga innecesaria para las organizaciones más pequeñas que históricamente contribuyeron poco a los esfuerzos generales de cumplimiento. El IRS debe equilibrar los riesgos del Tesoro con los recursos disponibles al administrar la ley tributaria. Una parte importante del tiempo que dedica un agente de ingresos a revisar y desarrollar una solicitud del Formulario 1023 se relaciona con la descripción de las actividades de una organización, con la carga correspondiente para el solicitante. Se perderían sustancialmente todas las eficiencias derivadas del Formulario 1023-EZ y aumentaría la carga general de los contribuyentes. Un formulario del IRS se convierte en "EZ" precisamente al eliminar narraciones, declarar impuestos adjuntos o material que requiere procesamiento manual; a modo de comparación, el Formulario 1040-EZ ampliamente utilizado no incluye anexos. El IRS continúa confiando en las revisiones previas y posteriores a la determinación para identificar posibles problemas de cumplimiento asociados con el formulario.

ACCIÓN CORRECTIVA: N/A

RESPUESTA TAS: TE/GE ha aclarado en una conversación por separado con TAS que su referencia anterior a haber “contribuido históricamente poco a los esfuerzos generales de cumplimiento” se relaciona con organizaciones pequeñas en lugar de descripciones de actividades e información financiera; TE/GE no expresa ninguna posición sobre el efecto de requerir descripciones de actividades e información financiera sobre el cumplimiento. De hecho, TE/GE nunca ha medido si requerir esta información adicional impulsa un mejor cumplimiento. El Defensor Nacional del Contribuyente puede atestiguar por experiencia personal, por otro lado, que exigir que un solicitante identifique y describa por escrito sus actividades previstas es un primer paso indispensable para que la organización comprenda si califica para el IRC § 501(c)(3). ) estado. De lo contrario, la organización puede revisar sus actividades planificadas para cumplir con los requisitos legales, o decidir no solicitar el estado de exención en absoluto; cualquiera de los resultados ahorra recursos de cumplimiento del IRS. La afirmación de que se perderían eficiencias si los solicitantes tuvieran que proporcionar, y el IRS evaluar, una declaración de propósito es desconcertante. TAS descubrió que se necesita muy poco tiempo para revisar una declaración de propósito y que la mayoría de las declaraciones de propósito son aceptables. El formulario 1023-EZ ya está simplificado; presumiblemente, solicitar y considerar información fundamental sobre el solicitante seguiría siendo eficiente, en comparación con el procesamiento del formulario 1023, pero con menos incidencia de determinaciones erróneas. Finalmente, TE/GE no cuantifica el costo de las revisiones previas a la determinación o las auditorías posteriores a la determinación. Su base para concluir que su enfoque es un mejor uso de los recursos no está clara.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerrado

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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RECOMENDACIÓN TAS # 3-3

Tome una determinación solo después de revisar la solicitud del Formulario 1023-EZ, los documentos de organización del solicitante, su descripción de las actividades reales o planificadas y su información financiera.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: La recomendación de la NTA no se adoptó tal como está escrita, pero se tomaron medidas del IRS para abordar los problemas planteados por la NTA. El IRS toma una determinación solo después de revisar la solicitud del Formulario 1023-EZ. Históricamente, el IRS negó la exención a menos del 1 % de todas las solicitudes de exención, incluso después de la presentación y revisión de documentos organizacionales, descripciones de actividades y datos financieros.

ACCIÓN CORRECTIVA: Para mejorar la precisión en el proceso del Formulario 1023-EZ, el IRS, por ejemplo, modificó el envío en línea para solicitar la verificación del Número de identificación del empleador (EIN). Preocupado por la precisión en el proceso de determinación, el IRS ha instituido una revisión previa y posterior a la determinación de muestras estadísticamente válidas de las solicitudes del Formulario 1023-EZ.

RESPUESTA TAS: El hecho de que TE/GE revise el Formulario 1023-EZ en su forma actual no constituye una acción tomada para abordar nuestras preocupaciones, y consideramos que esta respuesta se niega a adoptar nuestra recomendación. Es cierto que TE/GE ha instituido revisiones de predeterminación, pero ignora los datos que proporcionan estas revisiones. TE/GE parece no estar impresionado al saber que existe una diferencia significativa en el resultado dependiendo de si una solicitud está sujeta a una revisión de predeterminación o no (77 por ciento frente a 95 por ciento). Parece igualmente indiferente que la muestra de TAS encontró deficiencias en las cláusulas de disolución y propósito de los documentos de organización disponibles públicamente de los solicitantes. No está claro si TE/GE revisó todas las organizaciones en la muestra de TAS, pero TE/GE señala que de las organizaciones en la muestra de TAS cuyos artículos revisó, hasta la mitad tenían cláusulas inadecuadas. Es admirable que TE/GE haya tratado de garantizar que se utilice el EIN adecuado, pero mientras se niegue a tomar en consideración sus propios datos, su "preocupación por la precisión" parece exagerada. Los resultados de las auditorías posteriores a la determinación aún están por verse.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: No adoptado

ABIERTO o CERRADO: Cerrado

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A

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4.

RECOMENDACIÓN TAS # 3-4

Cuando exista una deficiencia en un documento organizativo, solicitar al solicitante que presente una copia de una enmienda a su documento organizativo que corrija la deficiencia y haya sido aprobada por el estado, incluso cuando los documentos estén disponibles en línea sin costo alguno, antes de otorgar la exención. estado.

RESPUESTA DEL IRS A LA RECOMENDACIÓN: La recomendación de la NTA no se adoptó tal como está escrita, pero se tomaron medidas del IRS para abordar los problemas planteados por la NTA. Hay poco riesgo asociado con las certificaciones en cuanto a los documentos organizacionales. Históricamente, el fracaso de la prueba organizacional rara vez ha sido la base para la negación. En examen, un defecto en los documentos de la organización rara vez ha dado lugar a la revocación o se ha relacionado directamente con una actividad de incumplimiento. En el pasado, el IRS perseguía la perfección mediante la organización de defectos en sus documentos de organización.

Actualización: se redactó una guía provisional (IG) que se encuentra actualmente en el proceso de autorización, lo que probablemente llevará algunas semanas. Este Memorándum de IG se emitirá inmediatamente después de la autorización. El IG describe los procedimientos para la revocación debido a la falla de la prueba organizacional cuando un solicitante atestiguó durante el proceso de determinación que enmendaría un documento organizacional pero no lo hizo.

IG-04-0117-0007 fue emitida el 1/30/2017

IG-04-0117-0007 fue revisada el 2/18/2017

ACCIÓN CORRECTIVA: El IRS planea especificar procedimientos para la revocación debido a la falla de la prueba organizacional cuando un solicitante atestiguó durante el proceso de determinación que enmendaría un documento organizacional pero finalmente no hizo ningún esfuerzo de buena fe para hacerlo.

RESPUESTA TAS: Históricamente, el IRS requería que las organizaciones ajustaran sus documentos de organización para cumplir con los requisitos legales, lo que, como señala el IRS, evitó las denegaciones y revocaciones. Con el Formulario 1023-EZ, esa protección ya no existe. Todos los solicitantes del Formulario 1023-EZ certifican que sus documentos organizativos se ajustan a los requisitos legales, pero muchos de ellos en realidad no se ajustan, como lo demuestran las propias revisiones de predeterminación de TE/GE y el estudio de TAS. Estas organizaciones no están obligadas a demostrar que se ha corregido cualquier deficiencia, incluso si se descubre en una revisión de predeterminación. Las organizaciones no deberían tener que esperar a una auditoría para enterarse de un defecto en su documento de organización, ya sea que el defecto resulte en una revocación o no.

ADOPTADO, PARCIALMENTE ADOPTADO o NO ADOPTADO: Adoptado parcialmente

ABIERTO o CERRADO: Cerrado

FECHA DE VENCIMIENTO PARA LA ACCIÓN (si se deja abierta): N/A